Comisión de Comercio Interestatal contra Cincinnati, Nueva Orleans y Texas Pacific Railway Co.


La Comisión de Comercio Interestatal contra Cincinnati, Nueva Orleans y Texas Pacific Railway Co. , 167 US 479 (1897), fue uno de los primeroscasosimportantes de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el desarrollo del derecho administrativo estadounidense . [1]

El poder de una agencia administrativa es ejecutivo y administrativo , pero no legislativo . El alcance de la autoridad que tiene una agencia está determinado por el estatuto orgánico de la agencia . Cuando una agencia administrativa desea asumir el poder tradicionalmente legislativo para hacer políticas, el poder debe ser otorgado expresamente por el estatuto orgánico de la agencia, y no implícito en otros términos del estatuto. Este principio se aplica especialmente cuando la política involucra cuestiones de gran trascendencia.

Nota: Este principio fue calificado más tarde por casos como NBC v. US, que proporcionó poderes más amplios para las agencias administrativas.

La ICC estableció tarifas para el transporte ferroviario y emitió una orden que exigía a todas las compañías ferroviarias que cobraron más de las tarifas establecidas que cesen sus operaciones. Luego, la CPI acudió al Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito para solicitar una orden judicial que requiera que Cincinnati, Nueva Orleans y Texas Pacific Railway cumplan con la orden. El sexto circuito envió una pregunta certificada a la Corte Suprema de EE. UU., Preguntando:

Tuvo el poder jurisdiccional de la comisión de comercio interestatal para dictar la orden aquí establecida; ¿Son debidos y regulares todos los trámites que preceden a dicha orden, en lo que se refiere al trámite?

La autoridad de la ICC se derivó de la Ley de Comercio Interestatal , el estatuto orgánico que dio vida a la ICC y determinó el alcance de sus poderes. La Corte consideró dos posibles formas en que el Congreso podría conferir el poder de fijar tarifas en la CPI: expresamente en el estatuto o implícitamente en los términos del estatuto.