La finca de Re Hallett


El Sr. Hallett, un abogado, tenía bonos para la Sra. Cotterill por valor de £ 2145 hasta que los vendió indebidamente y puso las ganancias en su cuenta bancaria actual, con Winning's Bank, mezcladas con su propio dinero. Cuando murió, la cuenta tenía £ 3000.

Fry J estaba preocupado por si el Sr. Hallett tenía una relación fiduciaria, dado que era depositario y no un fideicomiso, estrictamente hablando. Sostuvo que se aplicaba la regla de las primeras entradas, primeras salidas, siguiendo a Pennell v Deffell (1853) 4 De GM&G 372, de modo que una gran proporción del dinero de la Sra. Cotterrill ya se había pagado.

Lord Jessel MR sostuvo que había una relación fiduciaria y que se podía rastrear el producto de la venta de los bonos. Luego volvió para determinar cuánto se podía rastrear. Un fideicomisario no puede decir que el dinero del fideicomiso simplemente se pierde. Invirtió a Fry J y sostuvo que los reclamantes tenían derecho a un cargo equitativo de £2,145 sobre el fondo. Existía la presunción de que un fiduciario está actuando honestamente y, por lo tanto, tiene la intención de no disipar el dinero del beneficiario en lugar del suyo propio.

Ahora bien, primero por principio, nada puede establecerse mejor, ya sea en nuestra propia ley o, supongo, en la ley de todos los países civilizados, que esto, que cuando un hombre hace un acto que puede ser realizado legítimamente, no puede decir que el acto fue intencional y, de hecho, se hizo mal ... ... no se le puede oír decir que se llevó el dinero del fideicomiso cuando tenía derecho a quitarle su propio dinero. El caso más simple planteado es la mezcla de dinero del fideicomiso en una bolsa con dinero del propio fideicomisario. Supongamos que tiene cien soberanos en una bolsa, y les agrega otros cien soberanos propios... y al día siguiente saca para sus propios fines £ 100, ¿es tolerable que alguien alegue que lo que sacó fue el primeras 100 libras esterlinas, el dinero del fideicomiso, y que lo malversó y dejó sus propias 100 libras esterlinas en la bolsa?

El Tribunal también sostuvo que en el caso de una combinación de fondos fiduciarios con el propio dinero del fideicomisario, solo un gravamen equitativo estaría disponible como remedio. Desde entonces, esto ha sido anulado por Foskett v McKeown [2001] 1 AC 102, donde la Cámara de los Lores sostuvo que el beneficiario tiene la opción de elegir un gravamen equitativo o un fideicomiso constructivo en el caso de un fondo mixto. [1] Un fideicomiso constructivo permitiría reclamar el nuevo activo en proporción a la contribución del fondo fiduciario del beneficiario.