La Ley de Conciliación Industrial de 1956 (Ley Nº 28 de 1956; posteriormente rebautizada como Ley de Relaciones Laborales de 1956 ) formaba parte del sistema de segregación racial del apartheid en Sudáfrica . Prohibió el registro de cualquier nuevo sindicato "mixto" e impuso ramas separadas racialmente y comités ejecutivos de blancos en los sindicatos "mixtos" existentes. Prohibió las huelgas en "industrias esenciales" para los trabajadores blancos y negros y prohibió las afiliaciones políticas a los sindicatos. La cláusula 77 legalizó la reserva de trabajos calificados a los trabajadores blancos, como la Ley de Trabajadores de la Construcción Bantú de 1951 en el sector de la construcción, "para asegurar que no sean explotados por el nivel de vida más bajo de ninguna otra raza".
Ley de conciliación industrial de 1956 | |
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Parlamento de Sudáfrica | |
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Citación | Ley Núm. 28 de 1956 |
Promulgado por | Parlamento de Sudáfrica |
Asentimiento real | 7 de mayo de 1956 |
Comenzó | 1 de enero de 1957 |
Derogado | 11 de noviembre de 1996 |
Administrado por | Ministro de trabajo |
Derogado por | |
Ley de relaciones laborales de 1995 | |
Estado: derogado |
El objetivo principal de la Ley de Conciliación Industrial era separar los movimientos sindicales por líneas raciales, con el fin de debilitarlos. La ley puso fin al reconocimiento de los sindicatos con miembros blancos, mestizos e indios. Esto especificaba que los sindicatos con miembros mixtos tenían que atender exclusivamente a un grupo racial o dividirse en secciones raciales exclusivas, cada una bajo la dirección de un ejecutivo controlado por los blancos. En ese momento, a los africanos aún no se les había otorgado permiso para pertenecer a un sindicato registrado. La ley también otorgó poderes adicionales al ministro para anunciar huelgas ilegales en industrias esenciales. Se cree que los blancos se han beneficiado de esta ley porque la ley dio fuerza legal a las prácticas de reserva de empleo de los blancos.
Las enmiendas introducidas por la Ley de Enmienda de Conciliación Industrial de 1979 intentaron controlar los sindicatos africanos incorporándolos al mecanismo de relaciones laborales. Podrían solicitar el registro y luego, si los empleadores los reconocen, podrían establecer un sistema de verificación para recolectar suscripciones y negociar acuerdos salariales. Los empleados del gobierno fueron excluidos del ámbito de aplicación de la ley y no se permitió a los sindicatos tener ninguna conexión con un partido político. [1]
Revocar
La ley fue derogada por la Ley de Relaciones Laborales No 66 de 1995 .