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Estados partes y signatarios del tratado:
  Firmado y ratificado
  Accedido o sucedido
  Solo firmado

La Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares es un tratado multilateral de las Naciones Unidas que rige la protección de los trabajadores migratorios y sus familias. Firmado el 18 de diciembre de 1990, entró en vigor el 1 de julio de 2003 después de que se alcanzara el umbral de 20 Estados ratificantes en marzo de 2003. El Comité de Trabajadores Migrantes (CMW) supervisa la implementación de la convención y es uno de los siete vinculados a la ONU órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos .

Contexto [ editar ]

"Es hora de analizar de manera más integral las diversas dimensiones del problema de la migración, que ahora involucra a cientos de millones de personas y afecta a los países de origen, tránsito y destino. Necesitamos comprender mejor las causas de los flujos internacionales de personas y su compleja interrelación con el desarrollo ". El Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan , de su informe sobre el fortalecimiento de la Organización, 9 de noviembre de 2002. [1]

Resumen [ editar ]

La Convención de las Naciones Unidas constituye un tratado internacional integral sobre la protección de los derechos de los trabajadores migrantes. Enfatiza la conexión entre la migración y los derechos humanos, que se está convirtiendo cada vez más en un tema de política crucial en todo el mundo. La Convención tiene como objetivo proteger a los trabajadores migratorios y sus familiares; su existencia establece un estándar moral y sirve de guía y estímulo para la promoción de los derechos de los migrantes en cada país.

En el Preámbulo , el Convenio recuerda los convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre trabajadores migrantes : Convenio sobre migración para el empleo (revisado), 1949 , Convenio sobre trabajadores migrantes (disposiciones complementarias), 1975 , y sobre trabajo forzoso ; Convenio sobre el trabajo forzoso y el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, así como los tratados internacionales de derechos humanos, incluido el Convenio contra la discriminación en la educación .

El objetivo principal de la Convención es fomentar el respeto de los derechos humanos de los migrantes. Los migrantes no son solo trabajadores, también son seres humanos. La Convención no crea nuevos derechos para los migrantes, pero tiene como objetivo garantizar la igualdad de trato y las mismas condiciones de trabajo , incluso en caso de trabajo temporal , para los migrantes y los nacionales. La Convención innova porque se basa en la noción fundamental de que todos los migrantes deben tener acceso a un grado mínimo de protección. La Convención reconoce que los migrantes regulares tienen legitimidad para reclamar más derechos que los inmigrantes irregulares , pero enfatiza que los migrantes irregulares deben ver respetados sus derechos humanos fundamentales, como todos los seres humanos.

Mientras tanto, la Convención propone que se tomen medidas para erradicar los movimientos clandestinos, en particular mediante la lucha contra la información engañosa que incite a las personas a migrar de manera irregular y mediante sanciones contra los traficantes y empleadores de migrantes indocumentados.

El artículo 7 de esta Convención protege los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias independientemente de "sexo, raza, color, idioma, religión o convicciones, opinión política o de otro tipo, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, posición económica, propiedad, estado civil, nacimiento u otro estado ". [2] Y el artículo 29 protege los derechos de los hijos de trabajadores migratorios a nombrar, a registrar su nacimiento ya una nacionalidad .

Esta Convención también se recuerda en el Preámbulo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad . [3]

Estado de ratificaciones y firmas [ editar ]

La Convención requería un mínimo de 20 ratificaciones antes de que pudiera entrar en vigor. Cuando El Salvador y Guatemala lo ratificaron el 14 de marzo de 2003, se alcanzó este umbral.

A diciembre de 2019, los siguientes 55 estados han ratificado la Convención: Albania, Argentina, Argelia, Azerbaiyán, Bangladesh, Belice, Bolivia, Benin, Bosnia y Herzegovina, Burkina Faso, Cabo Verde, Chile, Colombia, Congo-Brazzaville, Timor Oriental , Ecuador, Egipto, El Salvador, Fiji, Gambia, Ghana, Guatemala, Guyana, Guinea, Guinea-Bissau, Honduras, Indonesia, Jamaica, Kirguistán, Lesotho, Libia, Madagascar, Malí, Mauritania, México, Marruecos, Mozambique, Nicaragua, Níger, Nigeria, Paraguay, Perú, Filipinas, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sri Lanka, San Vicente y las Granadinas, Siria, Tayikistán, Turquía, Uganda, Uruguay y Venezuela.

Además, varios países han firmado la Convención pero aún no la han ratificado. Esto significa que su gobierno ha expresado la intención de adherirse a la Convención, pero aún no está obligado a hacerlo por el derecho internacional. Estos países son: Armenia, Benin, Camboya, Camerún, Chad, Comoras, Gabón, Haití, Liberia, Palau, Serbia y Montenegro (ahora se aplica por separado a Serbia y Montenegro ), Sierra Leona y Togo.

Hasta ahora, los países que han ratificado la Convención son principalmente países de origen de migrantes (como México, Marruecos y Filipinas). Para estos países, la Convención es un vehículo importante para proteger a sus ciudadanos que viven en el extranjero. En Filipinas, por ejemplo, la ratificación del Convenio tuvo lugar en un contexto caracterizado por varios casos de trabajadores filipinos maltratados en el extranjero: estos casos perjudican a la población filipina y motivaron la ratificación del Convenio. Sin embargo, estos países también son países de tránsito y de destino, y la Convención define su responsabilidad de proteger los derechos de los migrantes en su territorio, y han hecho poco para proteger a los que están en casa. [4] [5]

Ningún estado receptor de migrantes en Europa Occidental o América del Norte ha ratificado la Convención. Otros países receptores importantes, como Australia, los estados árabes del Golfo Pérsico , India y Sudáfrica no han ratificado la Convención.

Ver también [ editar ]

  • Inmigración
  • Los trabajadores migrantes
  • Organización Internacional del Trabajo
  • Día Internacional del Migrante
  • Organización internacional de migración
  • Convenio sobre migración para el empleo (revisado), 1949
  • Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias), 1975
  • Convenio sobre trabajadores domésticos

Referencias [ editar ]

  1. ^ "Página de mantenimiento de las Naciones Unidas" . www.un.org . Consultado el 2 de enero de 2020 .
  2. ^ Kinnear, Karen L. (2011). Mujeres en los países en desarrollo: un manual de referencia . ABC-CLIO. pag. 184. ISBN 9781598844252.
  3. ^ Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad: Preámbulo, (d)
  4. ^ Palmer, Wayne; Missbach, Antje (4 de mayo de 2019). "Hacer cumplir los derechos laborales de los migrantes irregulares en Indonesia" . Third World Quarterly . 40 (5): 908–925. doi : 10.1080 / 01436597.2018.1522586 . ISSN 0143-6597 . 
  5. Palmer, Wayne (2018). "Pago retroactivo de los trabajadores migrantes objeto de trata: un estudio de caso de Indonesia". Migración internacional . 56 (2): 56–67. doi : 10.1111 / imig.12376 .

Enlaces externos [ editar ]

  • Texto completo de la Convención (inglés)
  • Texto completo de la Convención (español)
  • Firmas y ratificaciones
  • El Comité de Trabajadores Migrantes (que supervisa la implementación de la convención)
  • Informe sobre migración internacional de 2002 publicado por la División de Población del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas
  • Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes
  • Programa de la UNESCO sobre migración internacional y políticas multiculturales: Proyecto sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de los migrantes
  • Organización Internacional del Trabajo
  • Organización internacional de migración
  • Internacional de los derechos de los migrantes
  • Foro de migrantes en Asia
  • Declaración sobre los derechos de las personas expulsadas y deportadas