servicio móvil terrestre


El servicio móvil terrestre [1] (abreviado: LMS ) es, de acuerdo con el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT , un servicio móvil entre estaciones base y estaciones móviles terrestres, o entre estaciones móviles terrestres.

De acuerdo con el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT (artículo 1), las variaciones de este servicio de radiocomunicaciones se clasifican de la siguiente manera:
Servicio móvil (artículo 1.24)

La asignación de radiofrecuencias se proporciona de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT (edición de 2012). [2]

Para mejorar la armonización en la utilización del espectro, la mayoría de las atribuciones de servicios estipuladas en este documento se incorporaron en las Tablas nacionales de atribución y utilización de frecuencias, lo cual es responsabilidad de la administración nacional correspondiente. La asignación puede ser primaria, secundaria, exclusiva y compartida.

Sin embargo, el uso militar, en las bandas donde haya uso civil, estará de acuerdo con el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. En los países de la OTAN, las utilizaciones móviles terrestres militares se realizarán de acuerdo con el Acuerdo Conjunto de Frecuencia Civil/Militar de la OTAN (NJFA).

LMR Narrowbanding es el resultado de una orden de la FCC emitida en diciembre de 2004 [3] que exige que todas las VHF (150-174 MHz) y UHF ( 421-470 MHz) Licenciatarios de Private Land Mobile Radio (PLMR) que operen sistemas heredados de banda ancha (ancho de banda de 25 kHz) de voz o datos/ SCADA para migrar a sistemas de banda estrecha (ancho de banda de 12,5 kHz o equivalente) antes del 1 de enero de 2013.


Estación móvil terrestre con antena de techo NVIS de la Reichswehr , 1928.