Poder judicial de las Bahamas


La base de la ley y el sistema legal de las Bahamas se encuentra dentro de la tradición del derecho consuetudinario inglés . Los jueces del Tribunal Supremo , registradores y Magistrados están todos designados por el Gobernador General con el asesoramiento de la Comisión del Servicio Judicial y Legal, que se compone de cinco personas que están encabezadas por el Presidente del Tribunal Supremo como su presidente . El presidente del Tribunal Supremo y los magistrados del Tribunal de Apelación, incluido el presidente , son nombrados por el gobernador general por recomendación del primer ministro tras consultar con el líder de la oposición.. Una vez nombrados, los sueldos y otros términos de nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo, los jueces de apelación y los jueces de la Corte Suprema no pueden modificarse en su desventaja. Los magistrados de la Corte Suprema pueden desempeñarse hasta la edad de 65 años y, cuando así lo acuerden el juez , el primer ministro y el líder de la oposición, pueden desempeñarse hasta la edad de 67 años. Los magistrados de apelación pueden desempeñarse hasta la edad de 68 años y, cuando así lo acuerden el juez, el Primer Ministro y el Líder de la Oposición, podrá ejercer hasta los 70 años. La ley de las Bahamasestablece disposiciones para el nombramiento de 12 magistrados para el tribunal de la Corte Suprema, incluido el Presidente del Tribunal Supremo, y de cinco magistrados de la Corte de Apelaciones, incluido el presidente. El Presidente del Tribunal Supremo, como Jefe del Poder Judicial, es miembro ex officio del Tribunal de Apelación, pero solo se sienta por invitación del Presidente. [1]

Todos los procedimientos se inician en nombre de la Reina en el Tribunal Supremo y en nombre del Comisionado de Policía en el Tribunal de Magistrados. El Tribunal de Primera Instancia conoce de asuntos sumarios o procesables, que pueden ser tratados sumariamente. Los Magistrados Estipendiarios y de Circuito tienen jurisdicción para imponer una sentencia máxima de cinco años. También llevan a cabo investigaciones preliminares en asuntos procesables para determinar si se ha presentado un caso prima facie contra una persona acusada. Si se establece un caso prima facie , el acusado es enviado a la Corte Suprema para ser juzgado.. Si la persona es juzgada y condenada en el Tribunal de Primera Instancia, se puede apelar ante el Tribunal Supremo o el Tribunal de Apelación, según la naturaleza del delito. El Tribunal de Apelación puede presentar una apelación ante el Comité Judicial del Consejo Privado de Su Majestad , que es el Tribunal de Apelación más alto de las Bahamas. [2]

La mayoría de los casos civiles son atendidos únicamente por un juez. Las apelaciones de las sentencias definitivas de la Corte Suprema en casos civiles son de derecho a la Corte de Apelaciones y con la autorización de la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema en algunas cuestiones interlocutorias o nuevas apelaciones de los Tribunales . Los Magistrados de Estipendiarios y de Circuito también pueden escuchar y determinar casos civiles si la cantidad reclamada no excede BS $ 5,000.00 ... [2]

El Tribunal de Apelación está integrado por un Presidente, el Presidente del Tribunal Supremo que, como jefe del poder judicial, es miembro ex officio del Tribunal y se sienta por invitación del Presidente, y no menos de dos y no más de cuatro Magistrados. de Apelación. La Corte tiene jurisdicción para conocer y resolver apelaciones de sentencias, órdenes y sentencias dictadas por la Corte Suprema. El Tribunal de Apelación también tiene jurisdicción para conocer y resolver apelaciones de asuntos en un tribunal de justicia con respecto a delitos procesables que se juzgan sumariamente sobre la base de que: (i) el tribunal no tenía jurisdicción o se excedía de su jurisdicción en el asunto; (ii) la decisión fue irrazonable, no pudo ser respaldada por pruebas o fue errónea de derecho; (iii) la decisión del magistrado o la sentencia dictada se basó en un principio erróneo;(iv) se produjo alguna ilegalidad material que afectó el fondo del caso; o (v) la sentencia fue demasiado severa o indulgente.