Los préstamos de asistencia para la comercialización son préstamos sin recurso que se ponen a disposición de los productores de productos básicos de préstamo (trigo, maíz, sorgo en grano, cebada, avena, algodón de secano y básico extralargo (ELS), arroz, soja, otras semillas oleaginosas, miel, lana, mohair, guisantes secos , lentejas y garbanzos pequeños) bajo la ley agrícola de 2002 (PL 101-171, Sec. 1201-1205). La nueva ley continuó en gran medida los programas de préstamos para productos básicos como lo estaban con la ley anterior. Los topes de las tasas de préstamos se especifican en la ley. Las disposiciones sobre reembolso de préstamos para la comercialización se aplican cuando los precios de mercado caen por debajo de las tasas de los préstamos. En el caso de los agricultores que renuncian al uso de préstamos de asistencia para la comercialización, se aplican las normas sobre pagos complementarios de préstamos (LDP) (pero no para el algodón ELS).
Referencias
- Este artículo incorpora material de dominio público del documento del Servicio de Investigación del Congreso : Jasper Womach. "Informe para el Congreso: Agricultura: un glosario de términos, programas y leyes, edición de 2005" (PDF) .