La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de Nepal es un órgano constitucional independiente y autónomo. Fue establecido en el año 2000 como un organismo estatutario bajo la Ley de la Comisión de Derechos Humanos de 1997 (2053 BS). La Constitución Provisional de Nepal de 2007 (2063 BS) convirtió a la NHRC en un organismo constitucional. Tiene una esfera separada de responsabilidades en el sistema legal constitucional del país. Estas responsabilidades complementan las responsabilidades del mecanismo normal de la administración de justicia, el Tribunal Supremo, la Fiscalía General, la Comisión de Investigación del Abuso de Autoridad y otros órganos ejecutivos, cuasijudiciales o judiciales existentes en Nepal.
Formación | 2000 |
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Tipo | Organización gubernamental |
Sitio web | www |
La Comisión fue creada en respuesta a una reunión de representantes de instituciones nacionales patrocinada por las Naciones Unidas celebrada en París en 1991, que estableció un conjunto detallado de principios sobre el estado de las instituciones nacionales comúnmente conocidas como los Principios de París . Estos principios, posteriormente respaldados por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU (Resolución 1992/54 de 3 de marzo de 1992) y la Asamblea General de la ONU (Resolución 48/134 de 20 de diciembre de 1993, anexo) se han convertido en la base y punto de referencia para el establecimiento y también el funcionamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Nepal.
El establecimiento y la constitución de la Comisión cumplen las normas mínimas establecidas en los "Principios de París". Por nombrar algunos, son independencia garantizada por estatuto o constitución; autonomía del ejecutivo, pluralismo, incluso en la membresía; un mandato amplio basado en estándares universales de derechos humanos; y poderes de investigación adecuados. El artículo 132 de la Constitución provisional de Nepal confiere a la Comisión la responsabilidad principal de proteger y promover los derechos humanos del pueblo nepalés. Para el cumplimiento de esta responsabilidad, la Comisión puede realizar indagaciones e investigaciones, por cuenta propia o ante un expediente de petición o denuncia, sobre violación de derechos humanos y su complicidad, descuido y negligencia en la prevención de violaciones de derechos humanos por parte de cualquier persona, organización o autoridad interesada. También puede investigar un asunto con el permiso del tribunal con respecto a cualquier reclamo sobre violaciones de los derechos humanos, que es sub-judicial en el tribunal. La Comisión puede visitar y observar cualquier autoridad, cárcel o cualquier organización dependiente del Gobierno de Nepal y presentarle las recomendaciones necesarias sobre la reforma que debe realizarse sobre las funciones, procedimientos e instalaciones físicas que puedan ser necesarias para tal organización para el protección de los derechos humanos.
Aparte de estas facultades, la Constitución sostiene que la Comisión puede revisar las disposiciones sobre salvaguardias previstas por la Constitución y otras leyes vigentes para la observancia de los derechos humanos y presentar las recomendaciones necesarias para la aplicación efectiva de tales disposiciones. El poder abarca el estudio de los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos y presenta al Gobierno las recomendaciones necesarias y apropiadas para la implementación efectiva de las disposiciones relacionadas. Como tal, también puede hacer las recomendaciones necesarias al Gobierno de Nepal con respecto a los informes que debe presentar Nepal de conformidad con las disposiciones de los tratados internacionales de derechos humanos. En lo que respecta a la obligación de Nepal de presentar informes en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos, el gobierno está obligado a presentar informes al recibir la opinión de la Comisión al respecto.
La Comisión también es responsable de emprender o hacer que se realicen investigaciones en el campo de los derechos humanos y evaluar la situación actual de los derechos humanos en el país. Puede difundir y difundir la educación en derechos humanos entre los diversos sectores de la sociedad a través de diversos seminarios, simposios y conferencias y también crear conciencia y conciencia sobre las garantías que otorga la ley para la protección de los derechos humanos. Otro poder de la Comisión es fomentar el funcionamiento y los esfuerzos de las instituciones que trabajan en el sector no gubernamental. Además, existe un poder general para llevar a cabo las actividades que la Comisión considere necesarias y apropiadas para la aplicación, promoción y protección de los derechos humanos.
La Comisión tiene un presidente y otros cuatro miembros; todos ellos son designados a tiempo completo, que son designados por el primer ministro por recomendación del Consejo Constitucional. El secretario de la Comisión es el punto focal de la administración. También es designado por el primer ministro por recomendación de la Comisión. La Comisión está facultada para nombrar a los empleados que sean necesarios para el desempeño de sus funciones. En caso de que la Comisión solicite asistencia a alguna oficina gubernamental en el desempeño de sus funciones, la oficina solicitada deberá brindar la asistencia requerida.
El presupuesto de la Comisión proviene del Gobierno de Nepal, pero también puede obtener los medios y recursos de diferentes organismos a través de subvenciones que sean necesarios para el desempeño de sus funciones. La cuenta de la Comisión será auditada por el auditor general de Nepal .