El Departamento de Asistencia Familiar del Estado de Nueva York ( DFA ), también conocido como Departamento de Servicios Familiares , es un departamento del gobierno del estado de Nueva York . [1] Sus regulaciones están compiladas en el título 18 de los Códigos, Reglas y Regulaciones de Nueva York .
Descripción general del departamento | |
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Jurisdicción | Nueva York |
Documentos clave |
Está compuesto por dos oficinas autónomas: [2] [3]
- la Oficina de Asistencia Temporal y por Discapacidad del Estado de Nueva York (OTDA)
- la Oficina de Servicios para Niños y Familias (OCFS)
Audiencias justas
Las revisiones administrativas ("Audiencias imparciales") de las decisiones de una agencia local de servicios sociales son manejadas por la Oficina de Audiencias Administrativas de OTDA. [4]
Una solicitud de Rivera , también conocida como solicitud de paquete de evidencia, es el documento (etiquetado W-186A) que se utiliza para solicitar evidencia relacionada con una audiencia imparcial de la Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York de conformidad con la estipulación y el acuerdo en Rivera v. Bane .
Historia
El 20 de agosto de 1997, el gobernador Pataki firmó la Ley de Reforma del Bienestar de 1997 que, en la parte pertinente, cambió el nombre del Departamento de Servicios Sociales (DSS) como Departamento de Asistencia Familiar, y también dividió el departamento en Oficina de Asistencia Temporal y Asistencia por Discapacidad ( OTDA) y la Oficina Estatal de Servicios para Niños y Familias (OCFS). [3] [5] [6] [7] [8] Estas dos oficinas asumieron muchas de las funciones del DSS. Otras funciones del antiguo DSS se transfirieron al Departamento de Trabajo y al Departamento de Salud . Además, como parte de la reorganización del gobierno estatal, la OCFS asumió todas las funciones de la División para la Juventud (DFY). [9] También fue anteriormente el Departamento de Bienestar Social . [1]
Ver también
Referencias
- ^ a b Ley de servicios sociales § 5; "El departamento estatal de bienestar social, previsto en la constitución, por la presente continúa". Ley de Servicios Sociales § 2 (1); "Departamento significa el departamento estatal de servicios sociales [...]" Cap. 436 de las Leyes de 1997 , § 122; "[...] el departamento de servicios sociales [...] pasa a llamarse departamento de asistencia familiar [...]".
- ^ Ley Ejecutiva § 500. "Por la presente se continúa en el departamento de asistencia a la familia una oficina autónoma de servicios para la niñez y la familia. [...]"
- ^ a b La Ley de reforma de la asistencia social de 1997, cap. 436 de las Leyes de 1997 , § 122. "(a) Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en contrario, a partir del 1 de abril de 1997, el departamento de servicios sociales, según lo establecido por el capítulo 55 de las leyes consolidadas del estado de Nueva York, por la presente pasa a llamarse departamento de asistencia familiar. Dentro del departamento habrá las siguientes oficinas autónomas: (1) la oficina de servicios para niños y familias; y (2) la oficina de asistencia temporal y por discapacidad. (B) El jefe de la oficina de servicios para niños y familias será el comisionado de servicios para niños y familias y el jefe de la oficina de asistencia temporal y por discapacidad será el comisionado de asistencia temporal y para discapacidad. [...] "
- ^ "Audiencias imparciales" . Oficina de Asistencia Temporal y para Discapacitados del Estado de Nueva York . Consultado el 7 de septiembre de 2015 .
- ^ "Análisis de la Ley de reforma de la asistencia social del Estado de Nueva York de 1997" . Centro de Leyes del Oeste de Nueva York . § 122.
- ^ Pecorella, Robert F .; Stonecash, Jeffrey M. (2006). Gobierno del estado de Nueva York (5ª ed.). Prensa SUNY . pag. 358. ISBN 0-7914-6692-2.
- ^ La enciclopedia del estado de Nueva York . 2005. p. 544.
- ^ Benjamín, Gerald (2012). El Manual de Oxford del Gobierno y la Política del Estado de Nueva York . pag. 396. doi : 10.1093 / oxfordhb / 9780195387230.001.0001 . ISBN 978-0-19-538723-0.
- ^ "Opinión Consultiva de la Comisión de Ética del Estado de Nueva York No. 98-06" . Comisión de Ética del Estado de Nueva York . Archivado desde el original el 27 de abril de 2010.
- Infausto, Felix; Hipple Jr., Byron T. (otoño de 1946). "Reorganización de los servicios de bienestar público en el estado de Nueva York". Revista de la Administración Pública . 6 (4): 315–324. doi : 10.2307 / 972725 . JSTOR 972725 .
enlaces externos
- Departamento de Servicios para la Familia del Estado de Nueva York
- Oficina de Asistencia Temporal y por Discapacidad del Estado de Nueva York
- Oficina de Servicios para Niños y Familias del Estado de Nueva York
- Departamento de Servicios Sociales en los códigos, reglas y regulaciones de Nueva York