En el derecho consuetudinario , un próximo amigo ( inglés legal prochein ami ) es una persona que representa a otra persona que tiene una discapacidad o que no puede mantener una demanda en su propio nombre y que no tiene un tutor legal . También se les conoce como amigos litigantes . Cuando un pariente que es un pariente más cercano actúa como el próximo amigo de una persona, a veces se describe a esa persona como el tutor natural de la persona. Un próximo amigo tiene pleno poder sobre los procedimientos en la acción como si fuera un demandante ordinario , hasta que un tutor o tutor ad litemes designado en el caso; pero el próximo amigo tiene derecho a presentar pruebas únicamente sobre la misma base que cualquier otro testigo.
Usos
Esta discapacidad a menudo surge de minorías , incapacidad mental o falta de acceso a un abogado. En consecuencia, toda solicitud al tribunal en nombre de un menor, una persona mentalmente incapacitada o una persona detenida sin acceso a un abogado, que no tenga un tutor legal o alguien autorizado para actuar en su nombre con un poder notarial. , debe hacerse a través de un amigo próximo ( prochein ami , prochein amy o proximus amicus ). Un menor con frecuencia defiende una demanda no por un amigo cercano sino por un tutor ad litem , a menudo designado por el tribunal con jurisdicción sobre el caso o por un tribunal con jurisdicción testamentaria.
Algunas jurisdicciones, como los tribunales civiles y de familia ingleses, han reconocido el derecho de los menores maduros de instruir a los abogados y presentar una solicitud ante el tribunal en su propio nombre desde la década de 1990.
Antes de la Ley de propiedad de mujeres casadas de 1882 en la ley inglesa y la ley irlandesa (y actos similares durante el mismo período en la ley estadounidense), era habitual que una mujer casada demandara a un amigo cercano, pero esa ley permitía a una mujer casada demandar en todos los respetos como una feme sole , ha hecho innecesario un próximo amigo en el caso de las mujeres casadas.
Históricamente, en el caso de un menor, el padre era prima facie la persona adecuada para actuar como próximo amigo; en ausencia del padre, el tutor testamentario, si lo había, era el próximo amigo; pero cualquier persona que no esté discapacitada puede actuar como próximo amigo siempre que no tenga interés en la acción adversa a la del menor. Históricamente, una mujer casada no podía actuar como próxima amiga ( feme encubierta ), pero esta práctica ya no es corriente, al menos en los Estados Unidos, donde uno o ambos padres de un menor pueden actuar como próximos amigos. (Una excepción son los casos de divorcio u otros casos que afecten la custodia de los hijos; en tales casos, los tribunales a menudo designan a un tutor o abogado (independiente de los padres) para representar los intereses del niño, que pueden no estar alineados con los intereses de ninguno de los padres).
En el caso de incapacidad mental, un curador, tutor o comité representa a la persona en la corte, pero si no tienen tal representante, o si el comité tiene algún interés adverso al reclamante, pueden demandar por un amigo cercano.
Uno de los usos del estatus de próximo amigo fue en relación con muchas demandas entabladas por detenidos en la Bahía de Guantánamo antes de la promulgación de la Ley de Comisiones Militares de 2006 . Otro caso surgió después del asunto del mono , cuando la organización de derechos de los animales People for Ethical Treatment of Animals demandó al fotógrafo David Slater, afirmando que es el próximo amigo de un macaco crestado de Célebes .
Ver también
Referencias
- Este artículo incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio público : Chisholm, Hugh, ed. (1911). " Próximo amigo ". Encyclopædia Britannica (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge.