Oakland v Wellswood (Yorkshire) Ltd es uncaso de derecho laboral del Reino Unido relativo a transferencias de empresas y losderechos de seguridad laboral de los empleados.
Oakland contra Wellswood (Yorkshire) Ltd | |
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Tribunal | Tribunal de Apelación |
Cita (s) | [2009] IRLR 250, [2009] EWCA Civ 1094, [2010] IRLR 82 |
Palabras clave | |
Transmisión de empresas |
Hechos
El señor Oakland, director general, afirmó que Wellswood (Yorkshire) Ltd lo despidió injustamente de su puesto de director general, que recientemente había comprado los activos del negocio de frutas y hortalizas a Wellswood Ltd. Esta empresa se declaró en quiebra después de tres años. años de cotización. La insolvencia fue una administración preempaquetada. A algunos empleados, incluido el Sr. Oakland, se les dijo que serían contratados por la nueva empresa. Pero luego el Sr. Oakland fue despedido. Afirmó que era injusto.
El Tribunal sostuvo que el Sr. Oakland no había trabajado para el nuevo Wellswood durante el tiempo suficiente para calificar para un despido improcedente. Esto dependía de la regulación 8 (7) de TUPER 2006 .
Juicio
Tribunal de Apelación Laboral
Peter Clark J sostuvo que se activó la regulación 8 (7) y que las regulaciones 4 y 7 de TUPER 2006 no se aplicaron ya que la intención de la administración era devolver valor a los acreedores. De hecho, el Tribunal tenía la posibilidad de que la administración del preenvasado se hubiera iniciado con miras a la liquidación de activos. Añadió que se trataba de un hallazgo coherente con la política de promover una "cultura de rescate" para garantizar que los compradores potenciales de una empresa en quiebra "no se desanimen por los efectos de la protección TUPE". [1]
El Sr. Oakland argumentó que la sección 218 de ERA 1996 (que el abogado acaba de encontrar) debería aplicarse para que la transferencia de la empresa de Wellswood Ltd a Wellswood (Yorkshire) Ltd no rompiera la continuidad del empleo.
Tribunal de Apelación
Moses LJ sostuvo que claramente hubo una transferencia y, por lo tanto, según la sección 218 (2) (b) de ERA 1996, no había habido interrupción en la continuidad del empleo. Entonces el EAT estaba mal.
Rix LJ y Smith LJ estuvieron de acuerdo.
Ver también
Notas
- ^ [2009] IRLR 250 (EAT), [20]