Ley de servicios de embarcaciones de pasajeros de 1886


La Ley de Servicios de Buques de Pasajeros de 1886 (a veces abreviada como PVSA, Ley de Servicios de Pasajeros o PSA) es una pieza proteccionista de la legislación de los Estados Unidos que entró en vigor en 1886 en relación con el cabotaje . Esencialmente, dice: [ cita requerida ]

Ninguna embarcación extranjera transportará pasajeros entre puertos o lugares de los Estados Unidos, ya sea directamente o a través de un puerto extranjero, bajo una multa de $200 por cada pasajero así transportado y desembarcado.

Como resultado, todas las embarcaciones que se han involucrado en el comercio de cabotaje deben estar calificadas para cabotaje (es decir, construidas, de propiedad y documentadas en los EE. UU.). Bajo la Ley de Servicios de Embarcaciones de Pasajeros de 1886 (46 USC§ 55103), las embarcaciones que no califican para la navegación costera no pueden transportar pasajeros directamente entre puertos de EE. UU. En general, un pasajero es cualquier persona transportada en una embarcación que no está directa y sustancialmente relacionada con la operación de dicha embarcación, su navegación, propiedad o negocio. La definición precisa de lo que constituye un puerto de EE. UU. ("punto costero") incluye islas artificiales y estructuras similares, así como plataformas móviles de perforación petrolera, plataformas de perforación y otros dispositivos adheridos al lecho marino de la plataforma continental exterior con el fin de operaciones de exploración de recursos, y los buques de almacenamiento anclados que abastecen a las plataformas de perforación. [1]

El puñado de cruceros con bandera de los EE. UU. en operación está registrado en los EE. UU. para permitir cruceros entre las islas de Hawái o desde los EE. UU. continentales a Hawái .

De acuerdo con esta ley, las líneas de cruceros que operan embarcaciones con bandera extranjera reciben una multa de $798 por cada pasajero que abordó dicha embarcación en un puerto de EE. UU. y la dejó en otro puerto. [3] Las líneas de cruceros normalmente pasan este costo a los pasajeros que "saltan del barco". Las exenciones están disponibles en el caso de emergencias familiares, etc. [4]

Se han hecho algunas excepciones a los requisitos de la Ley de servicios de pasajeros. Por ejemplo, los buques canadienses pueden transportar pasajeros entre Rochester, Nueva York y Alexandria Bay, Nueva York hasta el momento en que un transportista estadounidense ingrese al mercado (46 USC § 55121(a)), y entre puertos en el sureste de Alaska (46 USC § 55121 (B)).


MS Pride of America , uno de los barcos con bandera estadounidense de NCL America, no está obligado a hacer escala en puertos extranjeros.