La distinción producto / proceso es la distinción entre la información del producto y la información del proceso de un bien de consumo. La información del producto es información que pertenece a un bien de consumo, a saber, su precio, calidad y seguridad (sus atributos próximos). La información de proceso es información relacionada con los medios por los que se fabrica el bien de consumo, es decir, las condiciones de trabajo en las que surge, así como el tratamiento de los animales involucrados en su cadena de producción (sus atributos periféricos).
La Organización Mundial del Comercio (OMC) utiliza la distinción producto / proceso como una forma de determinar si una queja presentada por una nación importadora es válida o no y justifica barreras comerciales contra la nación exportadora. Según las reglas de la OMC, una nación importadora puede presentar una queja ante la OMC de que la nación exportadora utiliza métodos para obtener o producir el bien en cuestión que la nación importadora considera inmorales o poco éticos. [ cita requerida ] Si la Junta Asesora independiente de la Organización Mundial del Comercio, compuesta por un panel de expertos en derecho y comercio internacional, determina que la nación importadora tiene una queja legítima, hace cumplir dichos estándares éticos para la producción nacional y no está tratando simplemente de eludir sus obligaciones de libre comercio, entonces la Junta decidirá que las barreras comerciales están justificadas. [ cita requerida ] A pesar de lo que han dicho los funcionarios de la Organización Mundial del Comercio, en la práctica, la Organización Mundial del Comercio considera que estas quejas son ilegítimas la gran mayoría de las veces. [ cita requerida ]
Por ejemplo, si la Unión Europea (UE) quiere prohibir las importaciones de cosméticos que fueron probados en animales de laboratorio con el argumento de que tales pruebas no son éticas, puede presentar una queja ante la Organización Mundial del Comercio y, en teoría, la OMC permitiría La UE promulgará barreras comerciales siempre que la UE prohíba a sus propios productores nacionales de cosméticos realizar pruebas en animales de laboratorio. En estos casos, sin embargo, la Organización Mundial del Comercio ha dictaminado sistemáticamente que tales barreras son ilegales porque solo el proceso es diferente, mientras que el producto final en sí no lo es. [1] Por lo tanto, la OMC ha hecho de la distinción producto / proceso un factor importante para determinar si las barreras comerciales están justificadas. [2]
La Organización Mundial del Comercio ha declarado que si las naciones pudieran promulgar barreras simplemente porque los estándares de la nación importadora difieren de los suyos, se podría perder el control y se podrían promulgar barreras en todo el mundo por razones frívolas. [ cita requerida ] Sin embargo, muchos se quejan de que estos fallos van en contra de las intenciones declaradas de la Organización Mundial del Comercio y demuestran que la organización a menudo pone los intereses comerciales por encima de las cuestiones ambientales, éticas y de derechos humanos. [ cita requerida ]
Referencias
- ^ KIRK, Lisbeth. "Los eurodiputados votan a favor de la prohibición de la UE de los cosméticos probados en animales" . euobserver . Consultado el 19 de abril de 2016 .
- ^ Howse / Regan. "La distinción producto / proceso: una base ilusoria para disciplinar el unilateralismo en la política comercial" . Documento de la OMC . Consultado el 19 de abril de 2016 .