Raihman c. Letonia (Comunicación núm. 1621/2007) fue un caso decidido por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidasen 2010 (documento de las Naciones Unidas CCPR / C / 100 / D / 1621/2007).
Hechos y procedimientos
El Sr. Raihman, ciudadano letón y miembro de las minorías judía y de habla rusa, nació en 1959. Las autoridades de la URSS registraron su nombre y apellido como "Леонид Райхман" y se utilizaron hasta 1998, cuando recibió a un no ciudadano letón Pasaporte con el nombre y apellido modificado a "Leonīds Raihmans", con la terminación - s requerida para la mayoría de los nombres masculinos en letón.
En 2004, solicitó al Centro Estatal de Idiomas que escribieran su nombre y apellido como Leonid Raihman. Las solicitudes fueron rechazadas, al igual que las apelaciones ante los tribunales de Letonia.
En 2007, Raihman presentó una denuncia ante HRC, siendo representado por el copresidente del Comité de Derechos Humanos de Letonia , A. Dimitrovs.
Vistas de HRC
El Comité encontró que
la injerencia que supone para el autor presenta grandes inconvenientes, que no son razonables, dado que no guardan proporción con el objetivo perseguido. Si bien es mejor dejar la cuestión de la política legislativa y las modalidades para proteger y promover los idiomas oficiales a la apreciación de los Estados partes [...] la enérgica adición de una terminación declinable a un apellido, que se ha utilizado en su forma original para décadas, y que modifica su pronunciación fónica, es una medida intrusiva, que no guarda proporción con el objetivo de proteger la lengua oficial del Estado. Basándose en la jurisprudencia anterior, donde sostuvo que la protección ofrecida por el artículo 17 abarcaba el derecho a elegir y cambiar el propio nombre, el Comité considera que esta protección protege a fortiori a las personas de que el Estado parte imponga pasivamente un cambio de nombre. Por lo tanto, el Comité considera que la modificación unilateral por el Estado parte del nombre del autor en documentos oficiales no es razonable y, por lo tanto, equivalía a una injerencia arbitraria en su vida privada, en violación del artículo 17 del Pacto.
- Comité de Derechos Humanos, doc. CCPR / C / 100 / D / 1621/2007 (párr. 8.3)
Por lo tanto, el Comité no consideró necesario evaluar el caso en virtud de los artículos 26 (no discriminación), 27 (derechos de las minorías) y 2 junto con el 17, a los que se había referido Raihman (párr. 8.4.).
Dos miembros del CDH, Krister Thelin y Rafael Rivas Posada, presentaron un disenso, al no ver violación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el caso.
Secuelas
El Sr. Raihman había solicitado que el tribunal revisara su caso debido a las opiniones del HRC. La Corte Suprema de Letonia decidió que las opiniones son un motivo para revisar el caso en el ejecutivo, en el caso específico, en el Centro Estatal de Idiomas . [1] El Sr. Raihman ha pasado por procedimientos judiciales nuevamente; en 2017, la Corte Suprema se negó a registrar su nombre en documentos sin terminación letona. [2]
En 2012, el gobierno de Letonia respondió al Comité que "no ve la necesidad de una acción inmediata para enmendar la reglamentación nacional existente sobre la escritura de nombres personales en documentos oficiales. Al mismo tiempo, el gobierno tendrá en cuenta la opinión de el Comité en los posibles debates ulteriores sobre esa cuestión a nivel nacional ". [3]
Las opiniones en el caso Raihman v. Letonia han sido referenciadas por el Comité de Derechos Humanos de la ONU en un caso posterior de Bulgakov v. Ucrania . [4]
Referencias
- ^ El Senado: las violaciones establecidas por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en el caso Raihman contra Letonia serán eliminadas en el comunicado de prensa de la Corte Suprema del Centro Estatal de Idiomas , 16.06.2011
- ^ Personvārda atveide atbilstoši latviešu valodas prasībām nav tiesību uz privāto dzīvi aizskārums Archivado el 5 de octubre de 2017 en la Wayback Machine (en letón)
- ^ Ministru kabineta pārstāvja starptautiskajās cilvēktiesību institūcijās dienesta informācija Nr.03 / 149-1513 Latvijas Vēstnesis (en letón)
- ^ Opiniones aprobadas por el Comité en su 106º período de sesiones (15 de octubre a 2 de noviembre de 2012) - Comunicación Nº 1803/2008 párr. 7.3
enlaces externos
- Vistas de HRC (si no están disponibles, también se puede acceder en el sitio web de LHRC )