La finca de Re Hallett


El Sr. Hallett, un abogado, mantuvo bonos para la Sra. Cotterill por valor de £ 2145 hasta que los vendió injustamente y puso el producto en su cuenta bancaria actual, con Winning's Bank, mezclado con su propio dinero. Cuando murió, la cuenta tenía £ 3000.

A Fry J le preocupaba si el Sr. Hallett tenía una relación fiduciaria, dado que se desempeñaba como depositario y no como fideicomiso, estrictamente hablando. Sostuvo que se aplicó la regla de primero en entrar, primero en salir, después de Pennell v Deffell (1853) 4 De GM&G 372, de modo que una gran proporción del dinero de la Sra. Cotterrill de hecho ya estaba pagada.

Lord Jessel MR sostuvo que existía una relación fiduciaria y que se podía rastrear el producto de la venta de los bonos. Luego regresó para determinar cuánto se podía rastrear. Un fideicomisario no puede decir que el dinero fiduciario simplemente se pierde. Revocó Fry J y sostuvo que los demandantes tenían derecho a un cargo equitativo de £ 2,145 sobre el fondo. Existía la presunción de que un fiduciario está actuando con honestidad y, por lo tanto, no tiene la intención de disipar el dinero del beneficiario en lugar del suyo.

Ahora bien, en primer lugar sobre el principio, nada puede establecerse mejor, ni en nuestra propia ley, ni, supongo, en la ley de todos los países civilizados, que esto, que cuando un hombre realiza un acto que puede realizarse legítimamente, no puede decir que el acto fue intencional y de hecho cometido incorrectamente ... ... no se le puede escuchar decir que se llevó el dinero del fideicomiso cuando tenía derecho a quitarle su propio dinero. El caso más simple es mezclar el dinero fiduciario en una bolsa con dinero del fideicomisario. Supongamos que tiene cien soberanos en una bolsa, y les agrega otros cien soberanos propios ... y al día siguiente saca para sus propios fines £ 100, ¿es tolerable que alguien alegue que lo que extrajo fue el primeras £ 100, el dinero del fideicomiso, y que se apropió indebidamente y dejó sus propias £ 100 en la bolsa?

El Tribunal también sostuvo que en el caso de una combinación de fondos fiduciarios con el propio dinero del fideicomisario, solo un gravamen equitativo estaría disponible como remedio. Desde entonces, esto ha sido invalidado por Foskett v McKeown [2001] 1 AC 102, donde la Cámara de los Lores sostuvo que el beneficiario tiene la opción de elegir un gravamen equitativo o un fideicomiso constructivo en el caso de un fondo mixto. [1] Un fideicomiso constructivo permitiría reclamar el nuevo activo en proporción a la contribución del fondo fiduciario del beneficiario.