Estación de las embarcaciones de supervivencia (también: embarcaciones de supervivencia estación de radio ) es - de acuerdo con el artículo 1.65 del Union's Internacional de Telecomunicaciones (UIT) Reglamento de Radiocomunicaciones [1] - definida como una estación móvil en el servicio móvil marítimo o del servicio móvil aeronáutico, destinadas únicamente para fines de supervivencia y ubicado en cualquier bote salvavidas, embarcación salvavidas u otro equipo de supervivencia .
Cada estación se clasificará por el servicio en el que opere de forma permanente o temporal.
Ver también
Referencias / fuentes
- ^ Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, Sección IV. Estaciones y sistemas de radio: artículo 1.65, definición: estación de radio para embarcaciones de supervivencia / estación de radio para embarcaciones de supervivencia