El servicio móvil aeronáutico (abreviado: AMS ; también: servicio de radiocomunicación móvil aeronáutica ) se define , según el artículo 1.32 del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) [1] de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), como "Un servicio móvil entre estaciones aeronáuticas y aeronaves estaciones , o entre estaciones de aeronaves, en las que puedan participar estaciones de embarcaciones de supervivencia ; las estaciones de radiobalizas de localización de siniestros también podrán participar en este servicio en las frecuencias designadas de socorro y emergencia ".
Clasificación
Las variaciones de este servicio de radiocomunicaciones de conformidad con el artículo 1 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT son las siguientes:
Servicio móvil (artículo 1.24)
- Servicio móvil aeronáutico (artículo 1.32)
- Servicio móvil aeronáutico (R) ° (artículo 1.33)
- Servicio móvil aeronáutico (OR) °° (artículo 1.33)
- Servicio móvil aeronáutico por satélite (artículo 1.35)
- Servicio móvil aeronáutico por satélite (R) ° (artículo 1.36)
- Servicio móvil aeronáutico por satélite (OR) °° (artículo 1.37)
(R) ° = abreviatura de vuelos de ruta (ruta)
(OR) °° = abreviatura de vuelos que no sean de ruta (fuera de ruta)
Asignación de frecuencia
La asignación de radiofrecuencias se realiza de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT (edición de 2012). [2]
Con el fin de mejorar la armonización en la utilización del espectro, la mayoría de las asignaciones de servicios estipuladas en este documento se incorporaron en los cuadros nacionales de asignaciones y utilizaciones de frecuencias, que es responsabilidad de la administración nacional correspondiente. La asignación puede ser primaria, secundaria, exclusiva y compartida.
- asignación principal: se indica escribiendo en mayúsculas (ver ejemplo a continuación)
- asignación secundaria: se indica con letras minúsculas
- utilización exclusiva o compartida: es responsabilidad de las administraciones
Sin embargo, el uso militar, en bandas donde hay uso civil, estará de acuerdo con el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. En los países de la OTAN, las utilizaciones militares estarán de acuerdo con el Acuerdo Conjunto de Frecuencia Civil / Militar de la OTAN (NJFA).
- Ejemplo de asignación de frecuencia
Asignación a servicios | ||
Región 1 | Región 2 | Región 3 |
2 850-3 155 MHz
| ||
3025–3 025
|
En ruta (R) | Fuera de ruta (OR) | |||||
---|---|---|---|---|---|---|
2850 | - | 3025 kHz | 3025 | - | 3155 kHz | |
3400 | - | 3500 kHz | 3500 | - | 3950 kHz | |
4650 | - | 4700 kHz | 4700 | - | 4850 kHz | |
5450 | - | 5480 kHz | 5450 | - | 5480 kHz | |
5480 | - | 5680 kHz | 5480 | - | 5730 kHz | |
6525 | - | 6685 kHz | 6685 | - | 6765 kHz | |
8815 | - | 8965 kHz | 8965 | - | 9040 kHz | |
10005 | - | 10100 kHz | 11175 | - | 11275 kHz | |
11275 | - | 11400 kHz | 13200 | - | 13260 kHz | |
13260 | - | 13360 kHz | 15010 | - | 15100 kHz | |
17900 | - | 17970 kHz | 17970 | - | 18030 kHz | |
21924 | - | 22000 kHz | 23200 | - | 23350 kHz |
Ver también
Fuentes
- ^ Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, Sección IV. Estaciones y sistemas de radio - Artículo 1.32, definición: servicio móvil aeronáutico / servicio de radiocomunicación móvil aeronáutico
- ^ Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, CAPÍTULO II - Frecuencias, ARTÍCULO 5 Atribuciones de frecuencias, Sección IV - Cuadro de atribuciones de frecuencias