Título largo | Una ley del Parlamento escocés para establecer disposiciones sobre los límites y la pertinencia de las propiedades comprendidas en viviendas y para la regulación de los derechos y deberes de los propietarios de propiedades comprendidas en viviendas; para hacer enmiendas menores a la Ley de Condiciones del Título (Escocia) de 2003 (asp 9); y para fines relacionados. |
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Citación | 2004 asp 11 |
Presentado por | Margaret Curran , Ministra de Comunidades [1] |
Extensión territorial | Escocia |
fechas | |
Asentimiento real | 22 de octubre de 2004 |
Comienzo | 28 de noviembre de 2004 |
Otra legislación | |
Se relaciona con | Ley de Abolición de la Tenencia Feudal Etc. (Escocia) de 2000 , Ley de Condiciones de Título (Escocia) de 2003 |
Estado: legislación vigente | |
Historia de paso por el Parlamento | |
Texto del estatuto como se promulgó originalmente | |
Texto revisado del estatuto enmendado |
La Ley de viviendas (Escocia) de 2004 es una ley del Parlamento escocés que es la principal fuente de la ley de viviendas , que regula los pisos de viviendas .
La Ley forma parte de un paquete de reformas agrarias junto con la Ley de Abolición de la Tenencia Feudal, etc. (Escocia) de 2000 y la Ley de Condiciones de Título (Escocia) de 2003 , todas las cuales comenzaron el 28 de noviembre de 2004. [2] [3]
El proyecto de ley fue presentado al Parlamento escocés el 30 de enero de 2004 por la entonces Ministra de Comunidades, Margaret Curran , y fue apoyado por la Ministra de Justicia, Cathy Jamieson, y la Viceministra de Comunidades, Mary Mulligan .
El artículo 26 de la Ley define una casa de vecindad como dos o más apartamentos relacionados pero separados divididos entre sí horizontalmente. La definición está enmarcada de manera amplia para incluir no solo las propiedades tradicionales de vecindad, sino también las casas de cuatro en una cuadra y las casas más grandes que se han subdividido.
La ley contiene una serie de disposiciones que afectan a la propiedad de varias partes de un edificio de viviendas:
La Ley reafirma en los estatutos el derecho común de interés común en su aplicación a las propiedades inmobiliarias. Los propietarios están obligados en virtud de la sección 8 a mantener cualquier parte de su propiedad que proporcione apoyo o refugio a otra parte del edificio, y en virtud de la sección 9 se les prohíbe hacer cualquier cosa en su propiedad que pueda perjudicar el apoyo o refugio proporcionado a, o la luz natural que disfruta, cualquier parte del edificio.
La ley contiene una serie de disposiciones para proteger los intereses de los propietarios en caso de demolición.