Tercer Tratado de Buffalo Creek


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El Tercer Tratado de Buffalo Creek o Tratado con Séneca de 1842 firmado por los Estados Unidos y la Nación Séneca modificó el Segundo Tratado de Buffalo Creek . [1] Esto reflejaba que la Compañía Ogden había comprado solo dos de las cuatro reservas de Séneca, las reservas de Buffalo Creek y Tonawanda, que los senecas habían acordado vender en el Segundo Tratado; así restauró el título nativo de las reservas de Allegany, Cattaraugus y Oil Springs.

Una declaración en el artículo noveno del tratado prohíbe la evaluación del impuesto a la propiedad en tierras nativas hasta que se vendan a propietarios no nativos. Dicho artículo dice:

Las partes de este pacto acuerdan mutuamente solicitar la influencia del Gobierno de los Estados Unidos para proteger las tierras de los indios Séneca, dentro del Estado de Nueva York, que de vez en cuando permanezcan en su poder de todos los impuestos, y gravámenes para caminos, carreteras o cualquier otro propósito hasta que dichas tierras sean vendidas y transferidas por dichos indios, y la posesión de las mismas haya sido renunciada por ellos.

De este tratado han surgido dos resultados. La primera es que la nación Séneca se ha negado a vender tierras a no indígenas dentro de su territorio. Un efecto secundario de esto es que la ciudad de Salamanca , que se encuentra principalmente en la Reserva Allegany pero ocupada por un gran número de residentes no nativos, opera en un sistema de arrendamiento en el que cualquier propietario no nativo debe firmar un contrato de arrendamiento con el nación reconociendo la propiedad de la tierra por parte de la tribu y, desde la década de 1990, también cualquier mejora construida en esa tierra. La segunda es que la Nación Séneca afirma que esta cláusula del tratado no se limita a los impuestos sobre la tierra (impuestos a la propiedad), sino a todos y cada uno de los impuestos, incluidos los impuestos especiales y los impuestos sobre las ventas., de cualquier actividad en las reservas; esta interpretación forma la base de la industria de tiendas de conveniencia de Senecas , que tiene una ventaja de precio incorporada sobre los competidores no nativos debido a la afirmación de la tribu de que no tienen que pagar impuestos especiales. (Los senecas no extienden estas ventajas a las empresas o residentes no nativos; cualquier espacio de arrendamiento no nativo en la reserva debe pagar impuestos especiales, sobre ventas y sobre la propiedad a las autoridades estatales, del condado, de la ciudad y de la escuela).

Notas

  1. ^ "Tratado con Séneca de 1842" , Biblioteca del Estado de Oklahoma, consultado el 22 de marzo de 2010

Referencias

  • Laurence M. Hauptman, Conspiración de intereses: despojo iroqués y el surgimiento del estado de Nueva York (2001).

Ver también

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