1973 Tratado de Límites entre Uruguay y Argentina


El Tratado entre Uruguay y Argentina sobre el Río de la Plata y el Límite Marítimo Correspondiente fue firmado en Montevideo el 19 de noviembre de 1973 por el Dr. Juan Carlos Blanco Estradé , Ministro de Relaciones Exteriores de Uruguay y el Sr. Alberto J. Vignes, Ministro de Relaciones Exteriores Asuntos y Cultos de la Argentina.

El tratado establece las coordenadas geográficas de los puntos fronterizos en el Río de la Plata , otorga el estatus de la Isla Martín García y otras islas en el Río de la Plata, designa a la Isla Martín García como sede de una Comisión Administradora del Río de la Plata Plata ( español : Comisión Administradora del Río de la Plata , CARP), y regula el frente marítimo adyacente.

Hay dos tipos de zonas en el Río de la Plata: las zonas de jurisdicción exclusiva y la zona de jurisdicción común. En las zonas consideradas de jurisdicción exclusiva, cada Parte podrá ejercer su autoridad sin interferencia de la otra. En las zonas comunes estas jurisdicciones podrán ser ejercidas concurrentemente y por la CARP. Las aguas interiores de ambos países se dibujan intencionalmente para permitir que las vías navegables se encuentren dentro de las zonas comunes.

Esta definición combinada del límite condujo a la disputa por el canal Martín García y la disputa por la planta de celulosa del río Uruguay .

Este artículo artículo sobre la historia de Argentina es un trozo . Puedes ayudar a Wikipedia expandiéndola .


río de la Plata