El Tratado de Amistad, Comercio y Relaciones Consulares entre Alemania y los Estados Unidos de América fue un acuerdo para la mejora de las relaciones entre los gobiernos de Estados Unidos y Alemania, firmado en Washington, DC el 8 de diciembre de 1923. El Senado de los Estados Unidos asesoró y consintió en ratificar el 10 de febrero de 1925. Las ratificaciones se canjearon en Washington el 14 de octubre de 1925 y el tratado entró en vigor el mismo día. Fue registrado en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones el 3 de agosto de 1926. [1]
Fondo
Dado que el Senado de los EE. UU. Se negó a ratificar el Tratado de Versalles después de la Primera Guerra Mundial , el gobierno de los EE. UU. Se encontró fuera de los acuerdos entre los Aliados hechos con el gobierno alemán. Como resultado, el gobierno de Estados Unidos inició su propio proceso de acercamiento con Berlín. Como parte de ese proceso, en 1921 se concluyó un tratado de paz independiente entre Estados Unidos y Alemania. Tras la conclusión del tratado de paz, se restablecieron las relaciones diplomáticas entre los dos gobiernos y, el 10 de diciembre de 1921, el nuevo embajador de Estados Unidos, Ellis Loring Dresel , presentó sus cartas credenciales en Berlín. [2]
A fines de 1923, la economía alemana colapsó bajo el peso de las reparaciones, y el gobierno de Estados Unidos vio esto como una nueva oportunidad para mejorar las relaciones a fin de fortalecer la posición alemana. Como resultado, se concluyó el tratado de amistad.
Términos del Tratado
El artículo 1 permitía los viajes gratuitos y las actividades económicas y culturales de ciudadanos estadounidenses en Alemania y de ciudadanos alemanes en Estados Unidos. El artículo 2 permitía a los nacionales de cada parte en el otro país demandar por los daños causados. El artículo 3 garantiza instalaciones comerciales de búsqueda ilegal en cada uno de los dos países propiedad de nacionales del otro. El artículo 4 garantizaba el derecho de herencia a los nacionales de cada país de propiedad ubicada en el otro. El artículo 5 garantiza la libertad de religión para los nacionales de cada país que residen en el otro. El artículo 6 permitía a cada una de las partes reclutar a sus militares nacionales del otro país en tiempos de guerra. El artículo 7 garantizaba condiciones comerciales favorables para los nacionales de cada una de las partes en el otro país. El artículo 8 prevé la igualdad en la tributación de los nacionales de la otra parte. Los artículos 9 a 11 preveían la igualdad de trato para los buques de la otra parte. Los artículos 12 a 15 tratan de las disposiciones comerciales. El artículo 16 preveía el derecho de tránsito de los nacionales de cada una de las partes en los territorios de la otra parte. Los artículos 17 a 28 regulaban el trabajo de los cónsules. El artículo 29 incluía el Canal de Panamá dentro de los territorios estadounidenses abiertos a ciudadanos alemanes. El artículo 30 estipula que nada en el tratado puede contradecir las disposiciones del tratado de paz entre Estados Unidos y Alemania celebrado en 1921. El artículo 31 dispone que el tratado permanecerá en vigor durante diez años y se prorrogará por un año más cada vez, a menos que sea denunciado por cualquiera de los dos. las fiestas. El artículo 32 prevé la ratificación del tratado y su entrada en vigor tras el canje de ratificaciones.
Secuelas
El tratado estuvo en vigor entre los gobiernos de Estados Unidos y Alemania hasta después de la llegada al poder de Hitler. El 11 de julio de 1928, el gobierno de los Estados Unidos entregó una nota de continuación con respecto al tratado a la Secretaría de la Sociedad de Naciones. Tras el ascenso al poder de Hitler, las relaciones empeoraron, y el 3 de junio de 1935 se firmó un nuevo acuerdo entre los gobiernos de Estados Unidos y Alemania, que limitaba la aplicación del artículo 7 del tratado, que trata de la libertad de actividades comerciales de los nacionales de ambos. países. [3]
El 11 de diciembre de 1941, Hitler declaró la guerra a los Estados Unidos y todos los tratados entre los dos países quedaron inoperantes.
La validez del tratado en vista de la rendición del gobierno alemán en 1945 fue cuestionada en la Corte Suprema de los Estados Unidos en Clark v. Allen . El caso era sobre una mujer llamada Alvina Wagner, que murió en California en 1942 y legó su patrimonio a sus parientes que eran ciudadanos alemanes en ese momento. La propiedad fue incautada por el Custodio de la Propiedad Enemiga, pero algunos de sus familiares en California presentaron una solicitud ante el tribunal alegando que eran los herederos legítimos, alegando que el estallido de la guerra anuló las estipulaciones del acuerdo sobre el derecho de herencia entre nacionales. de los dos países contenidos en el artículo 4. La Corte Suprema, en sentencia dictada en 1947, finalmente otorgó a los peticionarios parte de la propiedad, dejando parte de ella al Custodio. En su fallo final, el tribunal declaró: "el estallido de la guerra no necesariamente suspende o deroga las disposiciones del tratado. (- - -) No creemos que la política nacional expresada en la Ley de Comercio con el Enemigo, en su forma enmendada, sea incompatible con el derecho de herencia concedido a los extranjeros alemanes en virtud del artículo IV del tratado ". Sin embargo, la Corte demostró cierta cautela al afirmar: "No les corresponde a ellos (los tribunales de los EE. UU.) Denunciar los tratados en general, en bloque. Su parte es, ya que una disposición u otra está involucrada en alguna controversia real ante ellos, para determinar si, por sí sola o por la fuerza de la conexión con un esquema inseparable, la disposición es incompatible con la política o la seguridad de la nación en caso de emergencia de guerra y, por lo tanto, presumiblemente tiene la intención de limitarse a tiempos de paz ". También reconoció en parte las facultades del Custodio de la Propiedad Enemiga para representar los intereses de los herederos y así disponer de la herencia. Sobre este tema, el tribunal declaró: "El poder de conferir (es decir, confiscar la propiedad del enemigo) es discrecional, no obligatorio". Finalmente, el tribunal se negó a dictaminar en general si la validez del tratado sobrevivió al estallido de la guerra y declaró: "No tenemos pruebas fiables de la intención de las altas partes contratantes fuera de las palabras del presente tratado. Actitud y conducta en virtud de tratados anteriores , reflejando como lo hicieron numerosas contingencias y condiciones, no dejan una guía segura para la construcción del presente tratado. Donde la fuente histórica relevante y el instrumento en sí no dan una indicación clara de que se volverá inoperante en todo o en parte al estallar el guerra, nos corresponde determinar, como Techt v. Hughes , supra, si la disposición bajo la cual se hacen valer los derechos es incompatible con la política nacional en tiempo de guerra. El presente tratado se refiere, no encontramos incompatibilidad con la política nacional, por las razones ya expuestas ". El tribunal también se refirió a la cuestión de si la rendición del Tercer Reich en 1945 y la partición de Alemania en zonas de ocupación anularon el funcionamiento del tratado, al afirmar: "No encontramos evidencia de que los departamentos políticos hayan considerado el colapso y la rendición de Alemania puso fin a las disposiciones del tratado que sobrevivieron al estallido de la guerra o la obligación de cualquiera de las partes con respecto a ellas. El Consejo de Control Aliado ha asumido, de hecho, el control de las relaciones exteriores de Alemania y las obligaciones del tratado, una política y curso de conducta de los departamentos políticos totalmente compatible con el mantenimiento y la aplicación, más que con el repudio, de los tratados preexistentes ".
El 29 de octubre de 1954, se firmó un nuevo Tratado de Amistad entre los gobiernos de Estados Unidos y Alemania Occidental. El artículo XXVIII del nuevo tratado establece lo siguiente: "El presente Tratado reemplazará y terminará las disposiciones vigentes en los artículos I al V, VII al XVI y XXIX al XXXII del tratado de amistad, comercio y derechos consulares entre los Estados Unidos. de América y Alemania, firmado en Washington el 8 de diciembre de 1923 ".
Ver también
Referencias
- ^ Serie de tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 52, págs. 134-170.
- ^ Página web sobre las relaciones entre Estados Unidos y Alemania
- ^ Texto en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 163, págs. 416-418.
enlaces externos
- Texto del tratado de 1923 de la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones .
- Texto del tratado de 1923 de un sitio del gobierno de EE. UU.
- Texto del nuevo tratado de amistad de 1954
- Texto del fallo de la Corte Suprema en Clark v. Allen