El Gran Maestre de la Orden de San Juan de Jerusalén debía rendir un tributo anual al emperador Carlos V y su madre, la reina Juana de Castilla, como monarcas de Sicilia , por la concesión de Trípoli , Malta y Gozo . También hubo otras condiciones. El tributo anual pagadero el día de Todos los Santos (1 de noviembre) era un halcón. La subvención se realizó en Castel Franco y está fechadael día 23 del mes de marzo, Tercera Indicación, en el Año de Nuestro Señor 1530; en el año 10 de nuestro reinado como Emperador, el 27 como Rey de Castilla, Granada, etc., el 16 de Navarra, el 15 de Aragón, las Dos Sicilias, Jerusalén y todos nuestros demás reinos . [1] [2] [3] [4] [5] [6] [7] [8]
Texto de la subvención
La subvención dice:
Otorgamos, y de nuestra generosidad otorgamos generosamente al mencionado Muy Reverendísimo Gran Maestre de la Religión y Orden de San Juan de Jerusalén, en perpetuidad feudal, noble, libre y sin trabas, nuestras ciudades, castillos, lugares e islas de Trípoli, Malta y Gozo, con todas sus ciudades, castillos, lugares y territorios insulares; con jurisdicción pura y mixta, derecho y propiedad de gobierno útil; con poder de vida o muerte sobre hombres y mujeres que residen dentro de sus límites, y con las leyes, constituciones y derechos que existen ahora entre los habitantes; junto con todas las demás leyes y derechos, exenciones, privilegios, rentas y demás inmunidades de cualquier índole; para que en lo sucesivo puedan tenerlos en posesión feudal de nosotros, como reyes de ambas Sicilias, y de nuestros sucesores en el mismo reino, reinante en ese momento, bajo el pago exclusivo de un halcón; que cada año, en la fiesta de Todos los Santos, será presentado por la persona o personas debidamente autorizadas para tal efecto, en manos del Virrey o Presidente, que en ese momento se encuentre administrando el gobierno, en signo y reconocimiento de feudal. tenencia; y habiendo hecho ese pago, quedarán exentos y libres de todo otro servicio exigible por la ley y por la costumbre de los vasallos feudales. [ cita requerida ]
Condiciones
La investidura debía renovarse en cada caso de una nueva sucesión y completarse de acuerdo con las disposiciones del derecho consuetudinario. Otras condiciones incluyeron:
- No agresión contra Sicilia ;
- Sin inmunidad a los prófugos de la justicia;
- Nombramiento de obispo de Malta ;
- Nombramiento de obispo como Gran Cruz y miembro del Consejo de la Orden;
- Preferencia por nombrar a un italiano como Almirante de la Orden;
- Prohibición de transferibilidad del feudo ;
- Arbitraje en caso de disputa;
- Cualesquiera que sean las leyes o condiciones que tengan a favor de las personas que ya residen allí;
La orden y el gran maestre pagaron el halcón anual hasta 1798 cuando la Orden fue expulsada de las islas maltesas por el Directorio francés .
En la cultura popular
El tributo de los Caballeros de Malta a un halcón se menciona en la novela de Dashiell Hammett de 1930 El halcón maltés , así como en la adaptación cinematográfica de 1941 .
Referencias
- ^ "La cesión de Malta a los Caballeros de San Juan a través de la cédula del 4 de marzo de 1530" (PDF) .
- ^ "La Soberana Orden de Malta a Través de Diez Siglos de Historia y Su Relación con la Acción Humanitaria" (PDF) .
- ^ "El halcón maltés regresará a España dos siglos después" .
- ^ Tributo del Halcón Maltés [se necesita mejor fuente ]
- ^ "La verdadera historia del halcón maltés" . Archivado desde el original el 30 de mayo de 2016.
- ^ "El halcón y el mar" . Archivado desde el original el 30 de mayo de 2016.
- ^ "El Rey volverá a tener otro halcón maltés en primavera" .
- ^ "Conferencia de Antonio de Castro García de Tejada, Halconero Mayor del Reino" . Archivado desde el original el 15 de abril de 2013.