Resolución 1630 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas


La resolución 1630 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 14 de octubre de 2005, tras recordar resoluciones anteriores sobre la situación en Somalia , en particular las resoluciones 733 (1992), 1519 (2003), 1558 (2004) y 1587 (2005), el consejo re- estableció un grupo para monitorear el embargo de armas contra el país por otros seis meses y condenó el aumento en el flujo de armas al país en violación del embargo. [1]

Menos de un día después de la condena del consejo de seguridad, las armas ilícitas continuaron llegando a Somalia. [2]

El Consejo de Seguridad ofreció su apoyo al proceso de reconciliación de Somalia, incluida la Conferencia de Reconciliación Nacional de Somalia en curso. Condenó el flujo ilegal de armas hacia y a través de Somalia en violación del embargo de armas, pidió que se hicieran mejoras en el monitoreo del embargo e instó a los estados a hacer cumplir las restricciones.

Actuando bajo el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el consejo enfatizó que todos los países deben cumplir con el embargo. Se solicitó al Secretario General Kofi Annan que restableciera un grupo de monitoreo para monitorear la implementación del embargo de armas contra Somalia, actualizar las listas de quienes violan las sanciones, cooperar con un Comité establecido en la Resolución 751 (1992) y hacer recomendaciones También se pidió al comité que hiciera recomendaciones sobre formas de mejorar la eficacia del embargo. [3]

Finalmente, se solicitó al comité que considerara una visita a Somalia para demostrar la determinación del consejo de hacer cumplir el embargo de armas.