La Resolución 1803 del Consejo de Seguridad de la ONU fue adoptada el 3 de marzo de 2008, con una votación de 14-0-1, con Indonesia como la única abstención. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , actuando de conformidad con el Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de la ONU , exigió a Irán que cesara y desistiera de todo enriquecimiento de uranio . También requirió que Irán detuviera cualquier investigación y desarrollo asociados con centrifugadoras y enriquecimiento de uranio.
Resolución 1803 del Consejo de Seguridad de la ONU | |
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Fecha | 3 de marzo de 2008 |
Código | S / RES / 1803 ( Documento ) |
Sujeto |
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Resumen de votaciones |
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Resultado | Adoptado |
Composición del Consejo de Seguridad | |
Miembros permanentes | |
Miembros no permanentes |
Terminación
Las disposiciones de la Resolución 1803 fueron terminadas por la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, efectiva el día de implementación del Plan de Acción Integral Conjunto , el 16 de enero de 2016.
Ver también
Referencias
- EL CONSEJO DE SEGURIDAD REFUERZA LAS RESTRICCIONES AL sitio web NUCLEAR SENSIBLE A LA PROLIFERACIÓN DE IRÁN Departamento de Información Pública Consejo de Seguridad de la ONU
- Resolución 1803 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre el Programa Nuclear de Irán - Departamento de Estado de EE. UU.