Elecciones generales de España de 1899


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Las elecciones generales españolas de 1899 se celebraron el domingo 16 de abril y el domingo 30 de abril de 1899, para elegir las IX Cortes Restauradoras del Reino de España . Los 402 escaños del Congreso de los Diputados estaban a elección, así como 180 de los 360 escaños del Senado . [1]

Visión general

Fondo

La Constitución española de 1876 consagró a España como una monarquía constitucional , otorgando al Rey el poder de nombrar senadores y derogar leyes, así como el título de comandante en jefe del ejército. El Rey también jugaría un papel clave en el sistema de El Turno Pacífico al nombrar y derrocar gobiernos y permitir que la oposición tomara el poder. Bajo este sistema, los partidos Conservador y Liberal alternaron en el poder mediante la manipulación electoral , que lograron a través del encasillado , utilizando los vínculos entre el Ministerio de Gobernación., los gobernadores civiles provinciales y los caciques locales para asegurar la victoria y excluir a los partidos menores del reparto del poder. [2]

Sistema electoral

Las Cortes españolas se concibieron como "órganos colegisladores", basados ​​en un bicameralismo casi perfecto . Tanto el Congreso de los Diputados como el Senado tenían funciones legislativas, de control y presupuestarias, compartiendo iguales poderes excepto en las leyes sobre contribuciones o crédito público, donde el Congreso tenía preeminencia. [3] [4] La votación a las Cortes se hizo por sufragio universal masculino , que comprendía a todos los varones nacionales mayores de veinticinco años, que tuvieran al menos dos años de residencia en un municipio y en pleno goce de sus derechos civiles. [5]

Para el Congreso de los Diputados, se eligieron 91 escaños mediante una votación en bloque parcial en 26 distritos electorales de varios miembros, y los 311 restantes se eligieron mediante un sistema de primera ronda en los distritos uninominales. Candidatos ganando pluralidaden cada circunscripción fueron elegidos. En los distritos electorales que eligen ocho escaños o más, los electores pueden votar por no más de tres candidatos menos que el número de escaños asignados; en los de más de cuatro asientos y hasta ocho, por no más de dos menos; en aquellos con más de un asiento y hasta cuatro, por no más de uno menos; y para un candidato en distritos uninominales. El Congreso tenía derecho a un diputado por cada 50.000 habitantes, asignándose a cada circunscripción plurinominal un número fijo de escaños: 8 para Madrid , 7 para Barcelona , 5 para Palma y Sevilla y 3 para Alicante , Almería , Badajoz , Burgos ,Cádiz , Cartagena , Córdoba , Granada , Jaén , Jerez de la Frontera , La Coruña , Lugo , Málaga , Murcia , Oviedo , Pamplona , Santa Cruz de Tenerife , Santander , Tarragona , Valencia , Valladolid y Zaragoza . La ley también preveía elecciones parciales para llenar los escaños que quedaron vacantes en la legislatura. [3] [6] [7] [8]

Para el Senado, se eligieron 180 escaños indirectamente , y los electores votaron por delegados en lugar de senadores. Delegados elegidos equivalente en número a una sexta parte de los concejales municipales en cada corporación sería entonces votar por senadores utilizando una escritura en , de dos rondas de votación por mayoría sistema. A las provincias de Barcelona , Madrid y Valencia se les asignaron cuatro escaños cada una, mientras que a cada una de las provincias restantes se les asignaron tres escaños, para un total de 150. [b] Los 30 restantes se asignaron a varias instituciones, eligiendo un escaño cada una— la Archidiócesis de Burgos , Granada ,Santiago de Compostela , Sevilla , Tarragona , Toledo , Valencia , Valladolid y Zaragoza ; la Real Academia Española ; las Reales Academias de Historia , Bellas Artes , Ciencias , Ciencias Morales y Políticas y Medicina ; las Universidades de Madrid , Barcelona , Granada , Oviedo , Salamanca , Santiago , Sevilla , Valencia ,Valladolid y Zaragoza ; y las Sociedades Económicas de Amigos del País de Madrid, Barcelona, León , Sevilla y Valencia. Otros 180 escaños comprendían senadores por derecho propio: la descendencia del Monarca y el heredero aparente una vez que llegaba a la mayoría de edad ; Grandes de España de primera clase; Capitanes Generales del Ejército y Almirante de la Armada ; el Patriarca de Indias y arzobispos ; así como otras figuras estatales de alto rango y senadores vitalicios (que fueron nombrados por el Monarca). [9] [1]

Fecha de elección

El mandato de cada Cámara de Cortes —el Congreso y la mitad de la parte electiva del Senado— expiraba a los cinco años de la fecha de su elección anterior, a menos que fueran disueltas antes. El Monarca tenía la prerrogativa de disolver ambas Cámaras en cualquier momento, ya sea en conjunto o por separado, y convocar elecciones anticipadas . [3] [6] [9]

Resultados

Congreso de los diputados

Notas

  1. ^ a b Datos ajustados para tener en cuenta la alineación de la dinástica vasca con la coalición gobernante, alternando entre conservadores y liberales desde 1881 hasta 1914.
  2. Como resultado de la pérdida de las colonias de Cuba y Puerto Rico , los 19 senadores asignados a estas provincias fueron redistribuidos entre las provincias restantes.

Bibliografía

  • Carreras de Odriozola, Albert; Tafunell Sambola, Xavier (2005) [1989]. Estadísticas históricas de España, siglos XIX-XX (PDF ). Volumen 1 (II ed.). Bilbao: Fundación BBVA. págs. 1072–1097. ISBN 84-96515-00-1. Archivado desde el original (PDF) el 24 de septiembre de 2015. |volume=tiene texto extra ( ayuda )

Referencias

  1. ^ a b "Real Decreto por el que se declara disuelto el Congreso de los Diputados y la parte electiva del Senado". Real Decreto de 16 de marzo de 1899 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .  
  2. ^ Martorell Linares, Miguel Ángel (1997). "La crisis parlamentaria de 1913-1917. La quiebra del sistema de relaciones parlamentarias de la Restauración". Revista de Estudios Políticos . Madrid: Centro de Estudios Constitucionales (96): 139-143 (146).
  3. ^ a b c " Constitución española de 1876 ". Ley de 30 de junio de 1876 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .  
  4. ^ "El Senado en la historia constitucional española" . senado.es (en español). Senado de España . Consultado el 26 de diciembre de 2016 .
  5. ^ Carreras de Odriozola y Tafunell Sambola 2005 , págs.1077 .
  6. ^ a b "Ley electoral de diputados a Cortes de 1890". Ley electoral de 26 de junio de 1890 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .  
  7. ^ "Ley Electoral de Diputados a Cortes de 1878". Ley electoral de 28 de diciembre de 1878 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .  
  8. ^ "Leyes por las que se aprueban las divisiones electorales en las provincias de Sevilla y Barcelona". Ley de 5 de julio de 1898 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 25 de julio de 2018 .  
  9. ^ a b "Ley electoral para senadores de 1877". Ley electoral de 8 de febrero de 1877 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .  
  10. ^ "Elección de Cortes el 16 de abril de 1899" . historiaelectoral.com (en español). Historia electoral . Consultado el 24 de septiembre de 2017 .
  11. ^ "Gráficos y análisis: elecciones en el sexenio revolucionario y la Restauración 1869-1923" . historiaelectoral.com (en español). Historia electoral . Consultado el 24 de septiembre de 2017 .

enlaces externos

  • Archivo histórico de diputados (1810-1977) de www.congreso.es , el portal web oficial del Congreso de los Diputados (en español)
  • Elecciones en el Sexenio Revolucionario y la Restauración en www.historiaelectoral.com (en castellano / catalán)
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