Las Elecciones Generales de Puerto Rico de 2004 se llevaron a cabo el día de las elecciones , martes 2 de noviembre de 2004. Luego de un conteo por parte de la Comisión Estatal de Elecciones , el ganador asumió un mandato de cuatro años como Gobernador de Puerto Rico el 2 de enero de 2005. .
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Apagar | 81,22 % 1,00pp | |||||||||||||||||||
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Resultados por municipio Vilá : 40-50% 50-60% Rosselló : 40–50% 50–60% 60-70% | ||||||||||||||||||||
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El cargo de Gobernador de Puerto Rico y toda la Cámara de Representantes y todo el Senado , así como los Alcaldes de los municipios de Puerto Rico , y el Comisionado Residente también fueron electos por períodos de cuatro años.
Por primera vez en la historia de Puerto Rico , se visitó en sus propios domicilios y hospitales a ciudadanos incapaces de movilizarse a colegios electorales por razones médicas, pero capaces de ejercer su derecho al voto, para que pudieran ejercer su voto.
Candidatos a gobernador
Candidatos a Comisionado Residente
Resultados
Los resultados fueron anunciados por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE-PUR) del 2 al 3 de noviembre de 2004 después de que los colegios electorales cerraran el 2 de noviembre a las 3:00 pm AST .
El 3 de noviembre, luego de computados 1,970,759 votos (98.3% del total de votos), Aníbal Acevedo Vilá (PPD) fue certificado preliminarmente como ganador para Gobernador de Puerto Rico . Por otro lado, Luis Fortuño (PNP) fue certificado como Comisionado Residente , mientras que el Senado y la Cámara de Representantes también estuvieron dominados por el Partido Nuevo Progresista .
La certificación preliminar fue firmada por Gerardo Cruz , comisionado electoral del Partido Popular Democrático (PPD), Brunilda Ortiz , comisionada electoral suplente del Partido Nuevo Progresista (PNP), y Andrés Miranda Rosa , comisionado electoral suplente del Partido Independencia de Puerto Rico ( PEPITA). Los comisionados suplentes fueron autorizados por los comisionados electorales en propiedad de su partido, Thomas Rivera Schatz (PNP) y Juan Dalmau (PIP).
El margen de victoria de Acevedo Vilá sobre Pedro Rosselló fue de 3.566 (0,2%) votos, mientras que Luis Fortuño tuvo 11.137 (0,49%) votos de ventaja frente a Roberto Prats para Comisionado Residente . Debido al pequeño margen de victoria, las leyes electorales puertorriqueñas establecen que se debe realizar un recuento, y que una vez finalizado este recuento, el ganador oficial será certificado por el CEE-PUR. El recuento comenzó el lunes 9 de noviembre según lo establecido por la ley y debía finalizar el 31 de diciembre o antes.
Durante el período, Rosselló interpuso una demanda civil contra el propio Acevedo Vilá por una disputa de determinadas papeletas emitidas durante las elecciones. Esto condujo a una prolongada controversia que involucró apelaciones ante los tribunales federales de los Estados Unidos y la Corte Suprema de Puerto Rico . Las papeletas en cuestión se emitieron marcando el Partido de la Independencia de Puerto Rico o el Partido Nuevo Progresista (es decir, marcando una cruz bajo el emblema de uno de estos partidos) además de colocar marcas de candidatos individuales (cruces) a favor de Acevedo Vilá como candidato a gobernador del Partido Popular Democrático y Roberto Prats , candidato del Partido Popular Democrático a Comisionado Residente . La marca que indica la selección de un partido político selecciona la lista de candidatos de ese partido de forma predeterminada, pero el votante también puede seleccionar candidatos individuales de otros partidos para reemplazar a los candidatos de la lista predeterminada.
La controversia llegó a la Corte Suprema de Puerto Rico , que falló 4-3 que las papeletas en cuestión eran válidas. En su opinión inicial, la mayoría de la Corte Suprema interpretó las papeletas impugnadas como una indicación de que los votantes estaban votando por el PIP como partido a los efectos de indicar la afiliación partidaria (y por la lista predeterminada del PIP) pero habían decidido trasladar sus votos a candidatos individuales. de las pizarras de la otra parte. Este tipo de voto, descrito como "voto mixto", está permitido en la Regla 50 de las reglas de la Comisión Electoral del Estado, con base en la Ley Electoral del Commonwealth enmendada en 2004, Título 2, Sección 2.001, Subsección 3. [1] La práctica por lo tanto, se considera legal y ha sido publicado en las instrucciones oficiales del votante por la Comisión Estatal de Elecciones durante bastante tiempo. Esta opción de voto también se permitió y se vio en las elecciones de 1996 y 2000, y nunca antes se había impugnado, ni en la Legislatura ni por el Comisionado Electoral del PNP. Los votos individuales de los candidatos que no pertenecen al partido seleccionado por el votante se deducen de los votos dados a los candidatos predeterminados del partido del votante. El resultado final es un solo voto por candidato.
Al mismo tiempo, Rosselló impugnó las boletas en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, donde el Juez de Distrito Daniel Domínguez ordenó a la Comisión Electoral de Puerto Rico contar los votos en disputa pero no adjudicarlos a ningún candidato hasta que éste tomara una decisión. sobre el fondo del caso. Acevedo Vilá y su equipo impugnaron este fallo y el caso pasó a la Corte de Apelaciones del Primer Circuito de los Estados Unidos , donde tres jueces dictaminaron que la cuestión de si las papeletas se emitieron correctamente no era una cuestión constitucional federal en el caso Rosselló. -González v. Calderón-Serra y por lo tanto debe ser resuelto por la Corte Suprema de Puerto Rico a nivel del Estado Libre Asociado. [2] La Corte Suprema confirmó su anterior decisión 4-3. El 28 de diciembre de 2004 finalizó el recuento y Acevedo Vilá fue certificado como ganador y por lo tanto elegido gobernador. Una vez que se anunciaron los ganadores oficiales, fueron investidos por períodos de cuatro años el 2 de enero de 2005.
PIP pierde su franquicia
En una nota diferente, el Partido de la Independencia de Puerto Rico no pudo alcanzar el 3% del total de votos en los resultados preliminares, poniendo en riesgo su sufragio como principal partido político por las leyes electorales puertorriqueñas. Debido a esto, el partido no puede recibir fondos del gobierno de Puerto Rico (que consisten en $ 5 millones de dólares ) ni tener una columna separada en las papeletas de votación para las siguientes elecciones. Sin embargo, María de Lourdes Santiago se convirtió en la primera mujer de ese partido en ser elegida senadora en la historia de Puerto Rico .
Gobernador
Candidato | Partido político | Voto popular | Porcentaje | |
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Aníbal Acevedo Vilá | PPD | 963,303 | 48,4% | |
Pedro Rosselló | PNP | 959,737 | 48,2% | |
Rubén Berríos | PEPITA | 54.551 | 2,7% | |
Carlos Pesquera | PNP , escritura | 3,779 | 0,5% | |
Otros | 9,002 | 0,8% |
Comisionado residente
Candidato | Partido político | Voto popular | Porcentaje | |
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Luis Fortuño | PNP | 956,828 | 48,84% | |
Roberto Prats | PPD | 945,691 | 48,27% | |
Edwin Irizarry Mora | PEPITA | 56.589 | 2,89% | |
Total | 1,959,108 | 100% |
Senado
Categoría | PPD | PNP | PEPITA | Total parcial |
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Por distrito | 5 | 11 | 0 | dieciséis |
Por acumulación | 4 | 6 | 1 | 11 |
Total | 8 | 18 | 1 | 27 |
Porcentaje | 29,6% | 66,7% | 3,7% |
Cámara de los Representantes
Categoría | PPD | PNP | PEPITA | Total parcial |
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Por distrito | 14 | 26 | 0 | 40 |
Por acumulación | 4 | 6 | 1 | 11 |
Total | 18 | 32 | 1 | 51 |
Porcentaje | 35,29% | 62,75% | 1,96% |
Referencias
- ^ "Ley Electoral de Puerto Rico" (PDF) (en español). Comisión Estatal de Elecciones. Archivado desde el original (PDF) el 10 de octubre de 2004 . Consultado el 4 de diciembre de 2008 .
- ^ Dwyer Arce (15 de diciembre de 2010). “El Tribunal Federal del Primer Circuito celebrado carecía de jurisdicción para conocer la disputa electoral de Puerto Rico” . JURISTA - Este día en la ley.
- "Elecciones Generales de 2004". Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico . San Juan, Puerto Rico. 3 de noviembre de 2004.
- CEE certifica preliminarmente Acevedo Vilá y Fortuño . San Juan, Puerto Rico: El Nuevo Día . 3 de noviembre de 2004.
enlaces externos
- Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico - sitio oficial (en español)