El Aes uxorium era un impuesto romano pagado por aquellos que llegaban a la edad adulta sin casarse, [1] con la excepción de las Vírgenes Vestales . [2]
Historia
Fue impuesto por primera vez por los censores en el 403 a. C. bajo la Lex Papia Poppaea . [1] Fue una de las muchas medidas contra los caelibes (célibes), a menos que se casaran dentro de los 100 días. No solo debían pagar el impuesto, sino que tampoco podían tener una hereditas o un legado ( legatum ) [2] Un hombre, cuando cumplió los sesenta años, y una mujer, cuando cumplió los cincuenta, no se incluyeron dentro de ciertas penas de la ley. [3] Si no habían obedecido la ley antes de alcanzar esas edades respectivas, estaban perpetuamente sujetos a sus penas por un Senatus-consultum Pernicianum . Un Senatus-consultum Claudianum modificó hasta el momento el rigor de la nueva regla para dar a un hombre que se casara por encima de los sesenta años la misma ventaja que habría tenido si se hubiera casado antes de los sesenta, siempre que se casara con una mujer menor de cincuenta; cuya base se basaba en la noción jurídica de que una mujer menor de cincuenta años todavía podía tener hijos. [3] [4] Si la mujer tenía más de cincuenta años y el hombre menos de sesenta, esto se llamaba Impar Matrimonium , y el Senatus-consultum Calvitianum no tenía ningún efecto en cuanto a la liberación de la incapacidad de tomar legata y dotes . Por lo tanto, a la muerte de la mujer, el dos se convirtió en caduca .
Ver también
Referencias
Atribución
Este artículo incorpora texto de un trabajo de contenido gratuito . Con licencia bajo la declaración / permiso de licencia de dominio público en Wikimedia Commons . Texto tomado de Aes Equestre , William Smith, DCL, LL.D.:, Bill Thayer. Diccionario de antigüedades griegas y romanas, John Murray, Londres, 1875.