Una convención aplicable , como se presenta en 26 USC § 168 (d) del Código de Rentas Internas de los Estados Unidos , es una suposición sobre cuándo la propiedad se pone en servicio. Se utiliza para determinar cuándo comienza la depreciación de la propiedad. El propósito de las convenciones aplicables es simplificar la depreciación porque no requieren que un contribuyente demuestre al IRS cuándo se puso en servicio cada propiedad depreciable.
Hay tres tipos de convenciones. La primera, la “ convención de medio año ”, asume que toda propiedad puesta en servicio, o enajenada, durante un año contributivo fue puesta en servicio, o eliminada, a la mitad de ese año. (§ 168 (d) (4) (A)) La sección 168 (d) (1) establece que todos los contribuyentes deben usar la convención de medio año a menos que se requiera específicamente una convención diferente por § 168 (d) (2) o § 168 (d) (3).
La segunda, la “convención de mitad de mes”, asume que toda propiedad puesta en servicio o eliminada durante cualquier mes fue puesta en servicio o eliminada a mediados de ese mes. (§ 168 (d) (4) (B)) La sección 168 (d) (2) le dice al contribuyente cuándo es apropiado utilizar la convención de mitad de mes.
La tercera, la “convención de mitad de trimestre”, asume que toda propiedad puesta en servicio o eliminada durante cualquier trimestre de un año contributivo fue puesta en servicio o eliminada a mitad de ese trimestre. (§ 168 (d) (4) (C)) La sección 168 (d) (3) le dice al contribuyente cuándo es apropiado utilizar la convención de mitad de trimestre. Específicamente, si un contribuyente compra una gran cantidad de activos depreciables en los últimos tres meses del año contributivo, en algunos casos el contribuyente se verá obligado a utilizar la convención de mitad de trimestre, lo que resultará en una deducción por depreciación aún menor en el primer año en comparación con a la convención de medio año.
Convención de medio año
Esta convención se aplica a todos los bienes muebles tangibles depreciables.
Las exenciones incluyen:
- Alquiler residencial y bienes inmuebles no residenciales
- Propiedad sujeta a la convención de mitad de trimestre
Convención de mitad de trimestre
Si más del 40% de la base total de la propiedad se pone en servicio durante los últimos tres meses del año fiscal, se aplica la convención de mitad de trimestre.
Las exenciones incluyen:
- Propiedad que está siendo depreciada bajo un método diferente al MACRS.
- Cualquier propiedad de alquiler residencial, propiedad inmueble no residencial o explanaciones de vías férreas y perforaciones de túneles.
- Propiedad que se pone en servicio y se dispone dentro del mismo año fiscal.
Convención de mitad de mes
La convención de mitad de mes se aplica solo a los bienes inmuebles. Según la convención de mitad de mes, se permite medio mes de depreciación por el mes en que el activo se pone en servicio o se elimina y se permite un mes completo de depreciación por cada mes adicional del año en que el activo está en servicio.