Benedetti contra Sawiris


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Benedetti v Sawiris [2013] UKSC 50 es uncaso de derecho de enriquecimiento injusto en inglés , relativo al método para determinar el monto de unademanda de mérito cuantitativo . Fue decidido por el Tribunal Supremo del Reino Unido .

Hechos

Benedetti ayudó a Naguib Sawiris , así como a su empresa Cylo Investments Ltd y su familia confía en April y OS Holding, a adquirir una empresa italiana de telecomunicaciones llamada Wind Telecommunicazioni SpA.. El 31 de enero de 2004 redactaron un 'Acuerdo de Adquisición', sin embargo, contemplaba una forma diferente de realizar la OPA. El Sr. Benedetti celebró un contrato de intermediación (a través de una empresa suya) mediante el cual se le pagó un 0,55%, finalmente 67 millones de euros. Pero esto fue simplemente para el trabajo de intermediación en la compra de acciones en sí, en lugar del trabajo más general de organizar la adquisición. Otra empresa propiedad en un 60% de Benedetti recibió un pago de 3,4 millones de euros en concepto de manutención y gastos. Por el trabajo restante, solicitó una tarifa en mayo de 2005. Benedetti deseaba recibir entre 200 y 300 millones de euros. El agente de Sawiris le dijo que nunca se había contemplado un acuerdo de ese tipo, pero que le ofrecerían 75,1 millones de euros. El Sr. Benedetti respondió que estaba sorprendido, y "que en nuestra empresa yo era un socio, no un intermediario de mierda" [sic]. [1]Tuvieron más reuniones pero no se acordó nada, y Benedetti demandó por un mérito cuántico por el valor justo de sus servicios.

Juicio

Suprema Corte

Patten J en el Tribunal Superior sostuvo [2] que Benedetti debería recibir 75,1 millones de euros en base a un mérito cuantitativo , teniendo en cuenta la oferta rechazada. El acuerdo de adquisición fue ignorado ya que fue abandonado, y se ordenó a Benedetti que pagara los costos de manera estándar y se declinaron los intereses. Benedetti apeló pidiendo que se tuviera en cuenta el Acuerdo de Adquisición, que la oferta no debería haber sido así, y preguntando si debería haber una deducción de la comisión de intermediación, la responsabilidad de OS Holding, los costes y las decisiones de intereses.

Tribunal de Apelación

El Tribunal de Apelación redujo el laudo del Tribunal Superior a 14,52 millones de euros. Arden LJ dio el primer juicio. Si bien un tribunal podría tener en cuenta acuerdos anteriores para determinar un mérito cuántico , el "Acuerdo de Adquisición" no debería hacerlo porque las propias partes lo hubieran ignorado y contemplara una adquisición diferente. Los servicios de Benedetti debían valorarse el día en que se prestaban, al precio de mercado. La tarifa de intermediación que había recibido debería deducirse, como había hecho el juez.

Etherton LJ emitió un juicio concurrente.

Rimer LJ emitió un fallo, coincidiendo con Arden LJ.

Corte Suprema

El Tribunal Supremo sostuvo que el Sr. Benedetti tenía derecho a que se le pagara al valor de mercado por sus servicios. No tenía derecho a una parte adicional de las ganancias del acuerdo de adquisición. Lord Clarke dijo lo siguiente.

21. Una vez que el demandante ha aportado pruebas del valor objetivo del beneficio que recibió el demandado, la carga de la prueba recae en el demandado para demostrar que no valoró subjetivamente el beneficio en absoluto, o que lo valoró en menos de la precio de mercado...

[...]

34. [...] en un caso de este tipo, (i) el punto de partida para identificar si se ha otorgado un beneficio a un demandado, y para valorar ese beneficio, es el precio de mercado de los servicios; (ii) el demandado tiene derecho a presentar pruebas con el fin de devaluar subjetivamente el beneficio, demostrando así que, de hecho, no recibió ningún beneficio o que valoró el beneficio por debajo del precio de mercado; pero (iii) salvo quizás en circunstancias excepcionales, el principio de revalorización subjetiva no debería reconocerse, ni con el propósito de identificar un beneficio ni para valorar un beneficio recibido.

Ver también

  • Ley inglesa de enriquecimiento injusto
  • Britton v. Turner , 6 NH 481 (1834) un empleado que dejó el trabajo en una granja después de seis meses, pero había contratado que le pagaran $ 120 al final de un año, tenía derecho a recibir algún pago ($ 95) a pesar de que el contrato no se completó.

Notas

Referencias