Junta de Concejales de la Ciudad de Nueva York


La Junta de Concejales de la ciudad de Nueva York fue un cuerpo que fue la cámara alta del Consejo Común de la ciudad de Nueva York desde 1824 hasta 1875, la cámara baja de su Asamblea Municipal tras la consolidación en 1898 hasta que la carta fue enmendada en 1901 para abolir la Municipal Asamblea y su cámara alta, y su legislatura unicameral de 1875 a 1897 y de 1902 a 1937. La cámara baja correspondiente se conocía como la Junta de Ayudantes o Junta de Concejales Auxiliares de 1824 a 1875, mientras que la cámara alta se conocía como el Consejo [b] de 1898 a 1901. En 1938 entró en vigor un nuevo estatuto que reemplazó a la Junta de Concejales por laAyuntamiento de Nueva York .

Los legisladores municipales habían sido conocidos como "concejales" desde al menos abril de 1686, [1] e históricamente se habían sentado en el "Consejo Común" junto a los llamados "concejales auxiliares". En 1824, una Ley de la Legislatura del Estado de Nueva York hizo que el Consejo Común fuera bicameral dividiéndolo en una Junta de Concejales y una Junta de Asistentes. Según la ley, la ciudad se dividió en distritos, cada uno de los cuales eligió a un miembro para la Junta de Concejales y dos para la Junta de Asistentes. [2] Los concejales servían términos de dos años que se escalonaban de tal manera que la mitad de la Junta era elegida cada año, mientras que los asistentes eran elegidos anualmente. [2] Esto hizo que el Consejo Común fuera bicameral, ya que ambos Consejos eran órganos separados que tenían poder de veto el uno sobre el otro ».s procedimientos.[2] El alcalde fue nombrado oficial presidente de la Junta de Concejales y, en su ausencia, el Registrador de la Ciudad, cualquiera de las dos personas poseía solo un voto de calidad en la Junta. [2] En una retrospectiva de 1897, la Junta de Concejales Auxiliares sería conocida como la "rama inferior" del Consejo Común. [3]

La legislatura del estado de Nueva York aprobó un proyecto de ley en 1872 que abolía el bicameralismo como consecuencia de la corrupción de Boss Tweed , que prodigaba a los concejales asistentes. [3] En ese momento, quince regidores fueron elegidos en general y un asistente de regidor fue elegido por cada distrito de la Asamblea . [3] El Senado había introducido una enmienda a la nueva Carta que habría retenido la Junta de Concejales Auxiliares, pero la enmienda fue descartada. [4] Según el proyecto de ley, la Junta de Concejales habría estado compuesta por 45 miembros con 9 elegidos de cada distrito del Senado [5] mediante votación acumulativa . [6]La Junta habría elegido a su presidente entre sus propios miembros. [7] El alcalde habría tenido poder de veto sobre cada ordenanza, que la Junta podría anular con un voto de dos tercios. [8] El gobernador John T. Hoffman vetó el proyecto de ley, alegando que la ciudad de Nueva York era demasiado importante para la naturaleza experimental de las disposiciones del proyecto de ley. [9]

Se aprobó definitivamente una ley en 1873, que suprimió la Junta de Concejales Auxiliares a partir del primer lunes de enero de 1875 (4 de enero) y, por lo tanto, hizo que el Consejo Común fuera unicameral y colindante con la Junta de Concejales. [10] Esto no dejaba de ser controvertido, los partidarios del bicameralismo argumentaban que la Junta de Concejales Auxiliares representaba mejor los intereses locales y servía como control contra la Junta de Concejales en general. Un cuerpo que afirmaba ser la Junta de Concejales Auxiliares compuesto principalmente por ex miembros se reunió en enero de 1875 y argumentó que la Ley de 1873 era inconstitucional, aunque solo se eligieron dos nuevos miembros. Alcalde William H. Wickhamles prohibió reunirse y se negaron a reconocerlos, pero sin embargo mantuvieron una reunión el 20 de enero, ingresando clandestinamente a la sala para evitar ser detenidos. [11]

La Junta de Concejales bajo la ley de 1873 estaba compuesta por 27 miembros elegidos anualmente, 6 elegidos en general y 21 elegidos de los distritos del Senado con tres de cada distrito. [12] La votación acumulativa fue limitada, con un votante que tenía derecho a votar por hasta dos concejales en las elecciones de distrito y hasta cuatro concejales en las elecciones generales. [12] La Junta eligió a su presidente entre sus miembros. [13]