Bryan v. Kennett , 113 US 179 (1885), fue uncaso de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el que la Corte sostuvo que, según el tratado que estipulaba la Compra de Luisiana , los Estados Unidos reconocerían los intereses de propiedad otorgados por los gobiernos soberanos anteriores antes de la Compra, incluso si la subvención había sido incipiente o incompleta.
Bryan contra Kennett | |
---|---|
![]() Tribunal Supremo de los Estados Unidos | |
Discutido el 12 de diciembre de 1884 Decidido el 5 de enero de 1885 | |
Nombre completo del caso | Bryan y otros contra Kennett y otros |
Citas | 113 US 179 ( más ) 5 S. Ct. 407; 28 L. Ed. 908 |
Membresía de la corte | |
| |
Opinión de caso | |
Mayoria | Harlan, unido por unanimidad |
El caso involucraba un título en disputa sobre la tierra en el estado estadounidense de Missouri , que anteriormente había estado bajo el control de España y Francia antes de ser adquirido por Estados Unidos. A fines de la década de 1700, el gobierno de España había otorgado una concesión posiblemente incompleta de la tierra a un ciudadano estadounidense, Moses Austin . España luego perdió el control de la tierra a Francia en 1800, quien a su vez la vendió a los Estados Unidos . Más tarde surgió una pregunta sobre si Austin había recibido suficientes derechos de propiedad de España para permitirle hipotecar su tierra en 1818, o si los derechos necesarios habían pasado de alguna manera al gobierno de los Estados Unidos, invalidando la hipoteca y anulando las transferencias de tierras posteriores que ocurrieron. de conformidad con el incumplimiento de Austin de la hipoteca. Según la opinión del Tribunal, la concesión incompleta a Austin era válida y suficiente para permitir la hipoteca. [1]
A veces se hace referencia a Bryan v. Kennett como la "ratificación" de la Compra de Luisiana por parte de la Corte Suprema. [2] Sin embargo, el Tribunal ya había discutido y confirmado la legalidad de la Compra de Luisiana mucho antes en American Insurance Co. v. Canter , 1 Peters (26 US) 511 (1828). [3]
Fondo
Durante la década de 1790, Moses Austin, un ex comerciante de productos secos que se había casado con una rica familia minera de hierro, había sido uno de los operadores de una mina de plomo en el suroeste de Virginia y llegó a ser conocido como el "Rey del plomo". Sin embargo, el negocio fracasó y Austin decidió salir de Estados Unidos para evitar el encarcelamiento por deudas. Se trasladó a la parte superior de Luisiana española , un área entonces controlada por España (que luego se convirtió en el estado estadounidense de Missouri), debido a los ricos depósitos de plomo en la región. Austin hizo arreglos con el gobierno español para recibir una gran extensión de tierra a cambio de jurar lealtad a la Corona española y acordar establecer algunas familias en la zona. [4]
En 1797, el gobernador español ordenó que Austin se colocara en posesión de un terreno de "una legua cuadrada" (aproximadamente 4.428 acres). Posteriormente Austin tomó posesión de la tierra, trasladó a su familia a ella y construyó una casa, una herrería y otras mejoras. En 1799, los funcionarios españoles llevaron a cabo un estudio de la tierra y, en 1802, el gobernador español de Nueva Orleans otorgó a Austin la tierra estudiada. Sin embargo, mientras tanto España había devuelto Luisiana a Francia mediante la operación del Tercer Tratado de San Ildefonso en 1800, aunque Luisiana permaneció nominalmente bajo control español hasta 1803, justo antes de que Francia la vendiera a los Estados Unidos en la Compra de Luisiana . Por lo tanto, la tierra otorgada a Austin por el gobernador español era propiedad de Francia en el momento de la concesión de 1802 y quedó bajo la jurisdicción de los Estados Unidos en 1803. [1]
Austin fundó el Bank of St. Louis y fue su principal accionista. En 1818, hipotecó su tierra al banco por $ 15,000, pero el banco quebró en el Pánico de 1819 , causando que Austin perdiera toda su fortuna y resultando en juicios en su contra por aproximadamente $ 14,500. Posteriormente, la tierra de Austin fue confiscada y vendida a través de la venta del alguacil para pagar a sus acreedores. Después de la venta del alguacil, la tierra de Austin cambió de manos varias veces más y terminó en posesión de John Deane en 1835. Sin embargo, Austin, quizás en un esfuerzo por proteger algunos de sus activos, también había entregado la tierra él mismo en 1820 a su hijo. -in-law James Bryan y otros beneficiarios. Austin murió en 1821 y Bryan en 1822. [1] [5]
En 1835, Deane entabló una demanda silenciosa por el título de propiedad en Missouri contra los herederos de James Bryan, que para entonces vivían en Texas y no se presentaron. A Deane se le otorgó el derecho, el título y los intereses de la tierra. Deane y sus sucesores en el título continuaron ocupando la tierra. [1]
Casi 40 años después, el 14 de febrero de 1874, se aprobó una Ley del Congreso que establece que "los Estados Unidos ceden por la presente cualquier título que tengan" con respecto a la antigua tierra de Austin (ahora ubicada en el condado de Washington, Missouri ) "a los herederos, representantes legales. , o cesionarios de dicho Moses Austin, de acuerdo con sus respectivos intereses en el mismo, siempre que esta ley no afecte ni menoscabe el título que cualquier colono u otra persona pueda haber adquirido adversamente al título de dicho Moses Austin sobre cualquier porción de dicha tierra. . " Los herederos de Bryan ahora iniciaron una acción para la expulsión de los sucesores de Deane en el título, alegando (entre otras cosas) que Austin no había recibido el título completo de su tierra del gobierno español y, por lo tanto, no podría haber hipotecado la tierra, que volvió a la posesión de Estados Unidos y luego pasó a los herederos de Bryan por aplicación de la Ley del Congreso. [1]
Los sucesores en el título de Deane, que estaban actualmente en posesión de la tierra, sostuvieron que ellos y aquellos a quienes reclamaban la tierra habían estado en " posesión adversa abierta y continua " de la tierra en disputa durante más de treinta años antes del comienzo de la acción actual, y había pagado los impuestos adeudados sobre la tierra; los demandantes y aquellos de quienes alegaban no habían estado en posesión por un período de tiempo superior a treinta años o pagado impuestos. Afirmaron además que el título equitativo provenía de los Estados Unidos a partir de 1803, que Estados Unidos no había hecho ningún intento de reclamar la tierra en sí, y que la participación anterior en la demanda de equidad de 1836 de John Deane impedía a los demandantes intentar reclamar ahora la tierra. [1]
Opinión de la Corte
En una opinión del juez John M. Harlan , la Corte Suprema sostuvo que la concesión de España a Austin, incluso si estaba incompleta, fue reconocida por los Estados Unidos, apoyando así el reclamo de los sucesores en el título de Deane, quienes tomaron posesión de la tierra debido a que Austin hipoteca y posterior incumplimiento. Al sostenerlo, la Corte reafirmó su posición, según lo expuesto en casos anteriores, de que "en el tratado mediante el cual se adquirió Luisiana, los Estados Unidos estipulaban que los habitantes del territorio cedido debían estar protegidos en el libre goce de sus bienes; que el término 'propiedad', tal como se aplica a las tierras, comprende todas las especies de títulos, incipientes o completos, y abarca derechos que se encuentran en contrato, tanto ejecutorios como ejecutados, y que a este respecto la relación de los habitantes con su gobierno no era cambiado, el nuevo gobierno tomando el lugar del que había fallecido ".
El Tribunal aclaró además que el gobierno de los Estados Unidos tenía la intención de reconocer ampliamente los reclamos de los dueños de propiedades sobre las propiedades que les fueron otorgadas o que tenían un derecho presunto basado en las acciones de España o Francia antes de la Compra de Luisiana, sin requerir que el dueño de la propiedad también han realizado todas las gestiones necesarias para completar legalmente la subvención. El Tribunal señaló que en el momento de la Compra, existían muy pocas "subvenciones completas", que "diecinueve veinte" de las subvenciones estaban incompletas y que "[la mayoría de los habitantes eran demasiado pobres para sufragar los gastos de asistencia a la finalización de sus títulos, pero tenían fe en su gobierno "que el título sería reconocido. Al tomar esta decisión sobre la cuestión de la propiedad, la Corte citó sus opiniones anteriores en Strother v. Lucas , 31 US 763 (1832), Soulard v. Estados Unidos , 29 US 511 (1830), y Landes v. Brant , 51 US 348 (1850) en apoyo. El Tribunal también señaló que se estableció que la Ley del Congreso también se aplica a los "representantes legales o cesionarios" de Austin y no solo a sus herederos. [1]
El Tribunal también sostuvo que los demandantes no podían afirmar en el actual "procedimiento colateral" ningún interés en la propiedad por la decisión de 1836 sobre la carta de equidad de Deane, porque el tribunal que tomó esa decisión tenía jurisdicción, la decisión era concluyente y no había ha sido revocada o modificada en apelación, o de otra forma anulada o anulada. [1]
La Corte concluyó su dictamen afirmando que "el único objeto [de la Ley del Congreso] ... era asegurar a quienes así adquirieran la posesión, ya sea por contrato o por aplicación de la ley, que no serían perturbados por ninguna afirmación de reclamo por parte de los Estados Unidos. Se originó con los representantes en el Congreso de Missouri, cuyo propósito declarado era proteger los intereses de sus electores inmediatos. La necesidad de esta ley surgió de una opinión entonces reciente del Comisionado de las Tierras Generales Oficina de que el título legal de la tierra dentro del reclamo de Austin todavía estaba en los Estados Unidos. Para calmar los temores de aquellos 'que han estado en posesión durante medio siglo, reclamando la tierra de manera adversa contra todos, así como contra los Estados Unidos Estados, "la ley de 1874 fue aprobada. No tenía otro objeto". [1]
Ver también
- Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos, volumen 113
Referencias
- ^ a b c d e f g h i Bryan contra Kennett , 113 US 179 (1885). Consultado el 4 de enero de 2016 a través de Justia.com .
- ^ "Una guía de los documentos de James Bryan, 1799-1822" . www.lib.utexas.edu . Centro Dolph Briscoe de Historia Estadounidense . Consultado el 4 de enero de 2016 .
Bryan adquirió importancia cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos reconoció los detalles de una transferencia de tierras del suegro de Bryan, Moses Austin, a Bryan en Bryan v. Kennett, que fue la ratificación de la Corte de la Compra de Luisiana.
- ^ Rodríguez, Junius P. (2002). "American Insurance Co. v. Canter (1828)" . En Rodríguez, Junius P. (ed.). La compra de Luisiana: una enciclopedia histórica y geográfica . Santa Bárbara, California : ABC-CLIO . pag. 7. ISBN 1-57607-188-X.
- ^ Edmondson, JR (2000). La historia de Alamo: de la historia a los conflictos actuales . Plano, TX : Prensa de la República de Texas. pag. 56. ISBN 1-55622-678-0.
- ^ Gracy II, David B. "Moisés Austin" . Manual de Texas en línea . Asociación Histórica del Estado de Texas . Consultado el 13 de noviembre de 2013 .
enlaces externos
- El texto de Bryan v. Kennett , 113 U.S. 179 (1885) está disponible en: Justia Library of Congress