Clandestinity (derecho canónico católico)


La clandestinidad es un impedimento dirimente en el derecho canónico de la Iglesia Católica Romana . Invalida un matrimonio celebrado sin la presencia de tres testigos, uno de los cuales debe ser sacerdote o diácono .

Fue promulgado en el siglo XVI por el Concilio de Trento en el decreto llamado Tametsi . Antes de ese momento, un intercambio de votos matrimoniales sin testigos era deplorable pero válido. El decreto se hizo cumplir solo en aquellas regiones donde se podía proclamar en lengua vernácula. [1]

Los testigos deberán ser el párroco u otro párroco, con autorización del párroco o del Ordinario del lugar, y los otros dos testigos deberán ser capaces de dar testimonio de los votos matrimoniales. [1]

Posteriormente fue modificado por el decreto Ne Temere , para requerir sacerdotes específicos, como el pastor local de la residencia de la pareja. Declaró además que los matrimonios deberían celebrarse en la parroquia de la novia. [1]

Otras modificaciones establecían que el sacerdote no era necesario si una de las partes contrayentes estaba en peligro de muerte o si los votos no podían intercambiarse ante un sacerdote en un período de tiempo razonable. [2]