Un concubinatus (latín para " concubinato " - ver también concubina , "concubina", considerado más suave que paelex , y concubinus , "novio") era una institución de cuasi-matrimonio entre ciudadanos romanos que por diversas razones no querían entrar en un matrimonio completo. La institución se encontraba a menudo en parejas desequilibradas, donde uno de los miembros pertenecía a una clase social superior o donde uno de los dos era liberado y el otro había nacido libre . [1] Sin embargo, difería de un contubernium , donde al menos uno de los socios era un esclavo. [2] [3]
En derecho romano
Lo que diferenciaba legalmente un concubinato de un matrimonio era la falta de impactio maritalis ("afecto conyugal"), que era el deseo de tener un cónyuge legal, elevar su rango, igualarlos, o la intención correspondiente de la otra parte involucrada. [4] [5] Una persona inscrita en una concubinatus no podía tener cónyuge al mismo tiempo. [2]
La Leges Juliae del emperador Augusto otorgó el primer reconocimiento legal al concubinato, definiéndolo como convivencia sin estado civil. Concubinatus llegó a definir muchas relaciones y matrimonios considerados inadecuados según las costumbres romanas, como el deseo de un senador de casarse con una liberta o su convivencia con una ex prostituta. [6] Una relación cuasi matrimonial entre un ciudadano romano y un extranjero no se consideraba un concubinato, sino que se equiparaba a un matrimonio entre no romanos ( matrimonium juris gentium ), [7] sin consecuencias legales excepto las derivadas del Jus gentium .
Si bien cualquier pareja podía vivir en un concubinato en lugar de contraer matrimonio, estaban obligados a avisar a las autoridades. [8] Este tipo de convivencia variaba poco del matrimonio real, excepto que los herederos de esta unión no se consideraban legítimos. A menudo, esta era la razón por la que los hombres de alto rango vivirían con una mujer en concubinato después de la muerte de su primera esposa, de modo que los reclamos de sus hijos de este primer matrimonio no fueran cuestionados por los hijos de esta unión posterior. [8]
Concubina
El título de concubina no se consideraba despectivo (como se puede considerar hoy) en la antigua Roma, y a menudo se inscribe en lápidas. [8] Con respecto a la diferencia entre una concubina y una esposa, el jurista Julius Paulus escribió en sus Dictámenes que "una concubina difiere de una esposa sólo en el aspecto en que se la tiene", lo que significa que una concubina no se considera un igual social. a su patrón, como lo era su esposa. [9]
Las concubinas recibieron mucha protección bajo la ley, además del reconocimiento legal de su estatura social. Ellos confiaban en gran medida en sus patrocinadores para mantenerlos. El derecho romano primitivo buscaba diferenciar entre el estado de concubinato y el matrimonio legal, como se demuestra en una ley atribuida a Numa Pompilio , el segundo rey de Roma, hacia 716-673 a. C.: "Una concubina no tocará el altar de Juno. si la toca, sacrificará, con los cabellos desatados, una oveja a Juno "; [10] este fragmento da evidencia de que las concubinas existieron temprano en la monarquía romana, pero también señala la prohibición de su participación en el culto de Juno, la diosa del matrimonio. Más tarde, el jurista Ulpian escribió en la Lex Julia et Papia : "Sólo aquellas mujeres con las que el coito no es ilegal pueden mantenerse en concubinato sin temor a cometer un delito". [11] También dijo que "cualquiera puede tener una concubina de cualquier edad a menos que sea menor de doce años". [11]
Concubinus
Un masculino de concubina, concubinus , "hombre en un concubinato", "amante masculino", [12] también se usaba regularmente en latín, aunque se atestigua con menos frecuencia que concubina . Véase, por ejemplo, Tac. A. 13, 21: " Nunc por concubinum Atimetum et histrionem Paridem fabulas cuasi frons Componit. " ( "Desde ahora hasta su amante, Atimetus, y el actor, de París, que es, por decirlo así, inventando un drama para la etapa") . [13]
Poligamia
A pesar de la tradicional aversión romana contra la poligamia y el hecho de que según la ley romana un hombre no podía tener una concubina mientras tuviera una esposa, hay varios casos notables de esto, incluidos los famosos casos de los emperadores Augusto , Marco Aurelio y Vespasiano. . Suetonio escribió que Augusto " apartó a Escribonia [su segunda esposa] porque era demasiado libre para quejarse de la influencia de su concubina". [14] A menudo, a cambio de un pago, las concubinas transmitían llamamientos a su emperador. Esta poligamia de facto , ya que los ciudadanos romanos no podían casarse legalmente ni convivir con una concubina y al mismo tiempo tener una esposa legal, se "toleraba en la medida en que no amenazaba la integridad religiosa y jurídica de la familia". [15]
Ver también
- Matrimonio en la antigua Roma
- Derecho romano
- Contubernium
- Concubinato
Notas
- ^ Rawson 1974 , p. 288: "El concubinato parece haber sido más frecuente entre las personas liberadas".
- ↑ a b Stocquart , 1907 , pág. 305: "Del matrimonium , debemos distinguir; primero, concubinatus , una unión autorizada por Augusto de las leges Julia et Papia , entre personas de condición desigual, siempre que el hombre no tuviera uxor . La concubina no era ni uxor ni pellex , sino uxoris loco Los hijos, producto de tal unión, no son ni legitimi ni spurii , sino naturales (Cod. 5, 27.) En segundo lugar, el contubernium es la relación perfectamente regular y válida entre un hombre libre y un esclavo, o entre dos esclavos. A través del derecho civil, produjo todos los efectos derivados del derecho natural.
- ^ Treggiari 1981 , p. 53.
- ↑ Stocquart 1907 , p. 304.
- ^ Treggiari 1981 , p. 58, nota 42: "El matrimonio existía si existía la afectación maritalis de ambas partes. Para la dificultad de determinar si una relación era matrimonio, véase, por ejemplo, Cic. De Or. 1.183, Quint. Decl. 247 (Ritter 11.15) , Dig. 23.2.24, Mod. 24.1.32.13, Ulp .; 39.5.31 pr., Pap. "
- ^ Kiefer 2012 , p. 49.
- ↑ Stocquart 1907 , p. 316: "Un matrimonio legal no podía contraerse excepto entre ciudadanos romanos que disfrutaban de los derechos de connubio . Sin embargo, la relación inevitable y necesaria con los peregrinos obligó a los romanos a regular las uniones con algunas otras personas. Ese matrimonio no era un matrimonio justum , pero tampoco fue un concubinato. Lo llamaron matrimonium injustum , non legitimum o matrimonium juris gentium ".
- ↑ a b c Kiefer , 2012 , p. 50.
- ↑ Lefkowitz , 2005 , p. 115.
- ↑ Lefkowitz , 2005 , p. 95.
- ↑ a b Lefkowitz , 2005 , p. 110.
- ^ Ver Concŭbīnus . Charlton T. Lewis y Charles Short. Un diccionario latino sobre el proyecto Perseo .
- ^ Ver Proyecto Perseo Ann.13.21
- ^ Kiefer 2012 , p. 313.
- ^ Grimal 1986 , p. 111.
Bibliografía
- Stocquart, Emile (marzo de 1907). Sherman, Charles Phineas (ed.). Traducido por Bierkan, Andrew T. "El matrimonio en el derecho romano" . Revista de derecho de Yale . 16 (5): 303–327. doi : 10.2307 / 785389 . JSTOR 785389 . Consultado el 15 de septiembre de 2020 .CS1 maint: ref duplica el valor predeterminado ( enlace )
- Treggiari, Susan (1981). "Contubernales". Phoenix . CAC . 35 (1): 42–69. doi : 10.2307 / 1087137 . JSTOR 1087137 .CS1 maint: ref duplica el valor predeterminado ( enlace )
- Rawson, Beryl (1974). "El concubinato romano y otro de facto matrimonios". Transacciones de la Asociación Filológica Americana . JHUP . 104 : 279-305. doi : 10.2307 / 2936094 . JSTOR 2936094 .CS1 maint: ref duplica el valor predeterminado ( enlace )
- Kiefer, O. (12 de noviembre de 2012). La vida sexual en la antigua Roma . Routledge . ISBN 978-1-136-18198-6.
- Lefkowitz, Mary R .; Fant, Maureen B. (2005). La vida de las mujeres en Grecia y Roma . Baltimore: JHUP . ISBN 0-8018-4474-6.
- Grimal, Pierre (1986) [1967]. Amor en la antigua Roma . OU Press . ISBN 9780806120140.CS1 maint: ref duplica el valor predeterminado ( enlace )
Otras lecturas
- Edwards, Catharine (1993). La política de la inmoralidad en la antigua Roma . Prensa de la Universidad de Cambridge.
- Gardner, Jane F. (1991). La mujer en el derecho y la sociedad romanos . Prensa de la Universidad de Indiana. ISBN 0-253-20635-9.
- Nussbaum, Martha C. (2002). "El feminismo incompleto de Musonius Rufus, platónico, estoico y romano". El sueño de la razón: experiencia erótica y ética sexual en la antigua Grecia y Roma . Prensa de la Universidad de Chicago.
- Grubbs, Judith Evans (2002). Las mujeres y la ley en el Imperio Romano: un libro de consulta sobre el matrimonio, el divorcio y la viudez . Libros de consulta de Routledge para el mundo antiguo. Abingdon : Routledge . ISBN 9781134743926.
- Betzig, Laura (noviembre de 1992). "Monogamia romana". Etología y Sociobiología . 13 (5–6): 351–383. doi : 10.1016 / 0162-3095 (92) 90009-S . hdl : 2027,42 / 29876 .