La moneda en Colombia se ha utilizado desde 1622. Fue en ese año, bajo una licencia comprada al rey Felipe III de España , que Turrillo de Yebra estableció una ceca en Santa Fe de Bogotá y una sucursal en Cartagena de las Indias , donde el oro Las mazorcas se produjeron como parte de la primera moneda de Colombia . Las monedas de plata molidas datan de 1627. En 1831, Gran Colombia se disolvió en Venezuela y Nueva Granada.. En 1836, en Nueva Granada, se aprobaron nuevas leyes monetarias, para estandarizar el dinero producido en el país. De 1861 a 1862, debido a la inestabilidad financiera, los Estados Unidos de Nueva Granada aceptó la moneda británica, el nombre del país pasó a ser Estados Unidos de Colombia en 1862. En 1880, Colombia fijó el peso al patrón oro debido a la caída del precio. de plata. En 1886, se introdujo el peso de papel. En 1931, Colombia abandonó el patrón oro y cambió a la forma actual del peso.
Acuñación colonial española
Peso = 8 Reales
Escudo = 2 Pesos (después de 1686)
Durante el período colonial español, la actual Colombia fue parte del Nuevo Reino de Granada ( Nuevo Reino de la Granada , o más simplemente Nueva Granada ).
1622-1756 Acuñación de la mazorca (macuquina)
En 1620, Felipe III vendió una licencia a Alonso Turrillo de Yebra para establecer una ceca en Santa Fe de Bogotá y una sucursal en Cartagena de las Indias . Estas dos casas de moneda comenzaron la producción de mazorcas de oro en 1622, las primeras monedas de oro acuñadas en América. La ceca de Cartagena operó esporádicamente, cerrando finalmente en 1655. La ceca de Bogotá (a veces llamada ceca de Santa Fé o Nuevo Reino) continuó produciendo mazorcas de oro hasta 1756. Su producción de mazorcas de plata era muy limitada. La primera pieza conocida de ocho de Bogotá data de 1627. Las mazorcas eran un problema especial porque su forma irregular invitaba al recorte , por lo que la mayoría de las mazorcas estaban (eventualmente) por debajo del peso legal (aunque de la finura adecuada ).
1756-1822 Moneda molida
La ceca de Bogotá comenzó a producir monedas molidas en 1756. Una segunda ceca abrió en Popayán en 1758. Ambas cecas produjeron escudos de oro del tipo busto molido y un número muy limitado de monedas de plata molidas. La mayor parte de la moneda de plata que circulaba en Nueva Granada procedía de las cecas españolas de la Ciudad de México y Potosí .
Durante el siglo XVIII, los estándares oficiales de las monedas hispanoamericanas cambiaron más de una vez. Las monedas más antiguas permanecieron en circulación, por lo que a principios del siglo XIX circulaban tres tipos de moneda de oro molido y dos tipos de moneda de plata. Además, las macuquinas de plata vieja también permanecieron en circulación.
1813-1820 Moneda de necesidad
Los realistas contribuyeron al caos monetario durante las guerras por la independencia haciendo varias emisiones de necesidad de monedas con un contenido reducido de plata. Después de la restauración del Virreinato de Nueva Granada en 1816, las autoridades españolas intentaron limitar la circulación de monedas de mala calidad, incluido el dinero de necesidad emitido por sus propias tropas, pero hicieron esfuerzos especiales para retirar las monedas de cabeza de indio emitidas por los republicanos que simboliza la independencia de España.
Popayán
Los realistas produjeron monedas de cobre en Popayán durante la guerra de independencia:
- 1/2 real
- 2 reales
- 8 reales
Santa marta
Los españoles ocuparon Santa Marta en mayo de 1812 (hasta 1818). Tanto en Santa Marta como en Cartagena, las monedas acuñadas en España no tenían ni peso ni finura uniformes (lo que las hacía relativamente fáciles de falsificar). El ejército del general Morillo hizo circular este "dinero de Santa Marta" o caraqueña en las áreas que ocupaba.
En 1813 los realistas acuñaron monedas de cobre crudo a imitación de macuquinas en Santa Marta con las iniciales "SM" y "F.VII". Estos fueron retirados y efectivamente retirados en 1814. Los cobres retirados se volvieron a poner en circulación en 1817 debido a una escasez causada por un retraso en la entrega de monedas desde Bogotá. En 1820 se acuñaron un cuartillo de cobre y una peseta de plata.
Moneda de cobre de 1813:
- cuartillo (1/4 real)
- medio (1/2 real)
Moneda de cobre de 1820:
- medio
Moneda de plata de 1820:
- peseta (R.2)
1811-1820 Provincias Unidas de Nueva Granada
Las Provincias Unidas de la Nueva Granada ( Provincias Unidas de la Nueva Granada ) fue proclamada el 11 de noviembre de 1811. Los republicanos monedas de baja calidad acuñadas durante la guerra de independencia con el fin de pagar a las tropas y cubrir los gastos militares. También intentaron utilizar papel moneda.
1811-1815 dinero de Cartagena
En 1811 la Junta Patriótica de Cartagena autorizó monedas de 1/2 y 2 reales, y por falta de plata se acuñaron en cobre. Una ley del 23 de marzo de 1812 autorizaba al gobierno de Cartagena a emitir hasta 300.000 pesos fuertes en billetes de un real, y esta emisión estaba garantizada por la Constitución del Estado de Cartagena de Indias, aprobada el 14 de junio.
El público en general, acostumbrado a la moneda metálica, evitaba el papel moneda. Para empeorar las cosas, los billetes se falsificaron fácilmente. Cayeron rápidamente de valor hasta que 100 pesos en papel valían sólo 16 pesos en oro. Los billetes se utilizaron para pagar a las tropas, pero esto se detuvo cuando los soldados comenzaron a desertar. Finalmente, el gobierno acordó (2 de abril de 1813) canjear los pagarés por certificados de tesorería con un pago del 5% y renovables cada cuatro meses. Las monedas de cobre, por otro lado, fueron bien recibidas y se siguieron produciendo hasta 1815.
Moneda
Moneda de cobre, acuñada entre 1811 y 1815:
- medio (R.1 / 2)
- peseta (R.2)
Papel
Una cantidad desconocida de billetes de 1 real, impresos en negro sobre papel ordinario, firmados por Germán Gutiérrez de Piñeres, presidente de la Junta Patriótica, se puso en circulación en la segunda mitad de 1812 y principios de 1813.
1813–1816 Cundinamarca
Cundinamarca elaboró tres emisiones de moneda provincial con un contenido reducido de plata. El tipo era la cabeza emplumada de una mujer india, conocida localmente como china (doncella joven), pero los numismáticos de habla hispana la suelen llamar india (india). La primera emisión fue autorizada por el presidente Antonio Nariño para financiar la Campaña del Sur contra los españoles, que habían ocupado Popayán, y su circulación fue aprobada por el Estado de Cundinamarca el 27 de septiembre de 1814.
Las monedas fueron acuñadas entre 1814 y 1816 por un monto de 72,675 pesos. Fueron sólo 7 dineros finos (.583 milésimas de finura ). Hubo una variación considerable en peso y diámetro; a continuación se indican el nombre de cada moneda, el valor en reales (R), el diámetro teórico y el peso.
Anverso: Figura: la cabeza de un indio, coronada de plumas. Leyenda: LIBERTAD AMERICANA. Pero el anverso del diminuto 1/4 real tiene un gorro frigio , sin leyenda. Todas las monedas tienen la fecha en el anverso.
Reverso: Figura: una granada, centrada (del nombre del Virreinato, "Granada" que significa "granada"). Leyenda: NUEVA GRANADA y CUNDINAMARCA (pero no en el 1/4 real).
- cuartillo (R.1 / 4), 11,5 mm, 0,846 g
- medio (R.1 / 2), 16,5 mm, 1,692 g
- real (R.1), 19,5 mm, 3,383 g
- peseta (R.2), 24,5 mm, 6,766 g
[1] : páginas 2 a 4
1819 Golpes de emergencia
Poco después de la Batalla de Boyacá (7 de agosto de 1819), el general Simón Bolívar autorizó una emisión de emergencia, que se produjo al sobrepasar unos 112 kg de macuquinas realistas. Se pusieron en circulación por primera vez el 12 de noviembre de 1819. La mayor parte de esta moneda se envió a Venezuela. [1] : página 5
1819 Nueva Granada
La segunda emisión de cabezas de indios ( india ) fue autorizada por el general Bolívar antes de conocer la proclamación de la República de Colombia. El anverso es el mismo que el de la edición de 1814-1816, pero NUEVA GRANADA, solo, apareció en el reverso. Estas monedas están fechadas en 1819 (el diámetro y el peso son aproximados):
- reales, 19,5 mm, 2,65 g
- 2 reales, 24,5 mm, 5,00 g
- 4 reales, 34 mm, 12,00 g
- peso (R.8), 37 mm, 24,00 g
[1] : páginas 5 a 7
1821-1830 Gran Colombia
Peso = 8 Reales (plata)
Escudo = 2 Pesos (oro)
La República de Colombia (República de Colombia), conocida como Gran Colombia , fue sucesora del Virreinato de Nueva Granada . Abarcaba la actual Colombia, Venezuela y Ecuador, y conservaba el sistema monetario colonial español, basado en el peso de plata y el escudo de oro.
Simón Bolívar prohibió (20 de junio de 1821) la circulación de todas las monedas de cobre y todas las monedas realistas posteriores a 1810 que no hubieran sido contrastadas en Bogotá. Sólo se permitía circular la moneda molida, vieja y nueva, y la vieja macuquina española. Así lo confirmó el Congreso de Cúcuta , que adoptó el patrón monetario de 1786 para el oro y de 1772 para la plata. Mientras que un peso "fuerte" en una buena moneda colonial española ascendía a más de 24 g de plata fina, un peso en macuquina variaba entre .908 y .916 fina con un peso promedio de unos 25 g, dando 22,75-23,00 g de plata fina. Se ordenó la retirada de monedas de cobre acuñadas en Cartagena y Santa Marta y plata de calidad inferior (29 de septiembre de 1821), pero el gobierno carecía de los recursos necesarios para ello.
Se propuso una emisión de billetes para financiar el ejército de Bolívar, y Peter Maverick de Nueva York imprimió una cantidad de billetes denominados en pesos. Esta medida fue apoyada por Antonio Nariño pero rechazada por el vicepresidente Francisco de Paula Santander . Al final, los billetes nunca se emitieron.
Gran Colombia introdujo una moneda nacional con la inscripción "República de Colombia", acuñando plata y oro en Bogotá y Popayán, y cuartillos de cobre en Caracas. Se hizo moneda de cobre de curso legal a un peso fuerte. La ley monetaria del 31 de mayo de 1823, confirmó la de 1821, pero permitió la acuñación (temporal) de monedas de plata de solo .666 de multa. La moneda de Colombia estaba compuesta por una variedad de monedas, pesos anteriores a 1772, pesos de los estándares de 1772 y 1786, macuquinas (mazorcas) de diversos tipos y varias monedas acuñadas por republicanos y realistas durante las guerras de independencia. Esta situación continuaría durante décadas a pesar de varios intentos por unificar la moneda.
1820–1826 Cundinamarca
La proclamación de la Gran Colombia llevó a un tercer tipo de moneda india , fechada en 1820, con REPUBLICA DE COLOMBIA reemplazando a LIBERTAD AMERICANA y CUNDINAMARCA reemplazando a NUEVA GRANADA. Por orden discreta del General Santander este tipo se emitió entre 1823 y 1826 con la fecha congelada en 1821, porque el Congreso de Cúcuta había fijado legalmente la finura de toda la plata acuñada después de 1821 al antiguo patrón español de .903 multa, mientras que estos las monedas eran solo .666 de multa.
- cuartillo (R.1 / 4)
- medio (R.1 / 2)
- real (R.1)
- peseta (R.2)
- peso (R.8)
Ley monetaria de 1826
La ley monetaria del 14 de marzo de 1826 estableció el peso, dividido en 8 reales, como base del sistema monetario, tanto en plata como en oro, y lo denominó colombiano . Se preveía una moneda de oro de una onza (28,76 g) y su mitad (media onza), cuarto (doblón), octavo (escudo) y decimosexto (el colombiano de oro o peso de oro, 1,797238 g), una moneda de plata de un peso o colombiano de plata y su mitad, cuarto (peseta), octavo (real), decimosexto (medio real) y trigésimo segundo (cuartillo), y un cobre de 1/8 de real (7,19 g). Ordenó la retirada de macuquinas de finura por debajo de la norma. Una ley complementaria del 17 de mayo de 1826 preveía la acuñación de platino.
Macuquina
A pesar de las normas establecidas por la ley monetaria de 1826, cuando la macuquina fue retirada de circulación, se recordó con una fineza de solo .666. Las cecas de Bogotá y Popayán fueron incapaces de hacer frente al gran volumen de macuquinas, por lo que se fue reinventando poco a poco. Como la macuquina era moneda de curso legal en su valor nominal, entró en vigencia la ley de Gresham : una buena moneda recordada huyó a Venezuela y Ecuador, mientras que nuevos suministros de macuquinas ingresaron a Colombia, especialmente desde las Antillas. La circulación irrestricta de las macuquinas fue confirmada el 6 de noviembre de 1828, y su aceptación obligatoria a la par fue confirmada por otra ley del 14 de octubre de 1831. Desapareció la nueva moneda molida, reemplazada por la macuquina.
Moneda molida
Plata fina .666, con fecha de 1827–1836:
- 1/4 real, 11,5 mm
- 1/2 real, 14,5 mm
- reales, 20 mm
Plata fina .833, con fecha de 1834–1836
- colombiano (R.8), 36,5 mm
Oro fino de .875, fechado entre 1822 y 1838:
Anverso: centro de la cabeza de la libertad; llanta REPUBLICA DE COLOMBIA · [fecha] ·
Reverso: fasces con arco cruzado superpuesto y flechas dentro de dos cornucopias formando una corona
- colombiano (peso; E.1 / 2), 15 mm
- escudo (E.1), 20 mm
- doblón (E.2), 22 mm
- media onza (E.4), 31 mm
- onza de oro (E.8), 37 mm
1831-1858 Nueva Granada
El 21 de noviembre de 1831, Gran Colombia se disolvió en Quito (Ecuador), Venezuela y Nueva Granada (actual Colombia), Nueva Granada usó "estado" en su nombre formal ( Estado de la Nueva Granada ), anticipando la posibilidad de que los tres los estados todavía podrían formar una confederación. La "República" no se adoptó hasta el 20 de abril de 1843 (y la "Nueva Granada" no dio paso a "Colombia" hasta 1858).
Ley monetaria de 1836
La ley monetaria del 4 de abril de 1836 intentó estandarizar la moneda estableciendo finura, peso, valor, tipo y denominaciones uniformes. Confirmó el estándar de plata con una multa de .903. El nombre colombiano se cambió a granadino tanto para el oro como para la plata. El oro, sin embargo, no circuló en Colombia durante la década de 1830; se utilizó como depósito de valor (atesorado) o se exportó. El granadino de plata de .903 de fina nunca fue acuñado. En cambio, un decreto del 5 de abril de 1839 autorizó monedas de 2 y 8 reales sólo .666 multa.
notas de tesoría
El 6 de junio de 1838, el presidente José Ignacio de Márquez autorizó a la Tesorería General de la República a emitir billetes redimibles al portador a la vista. Debían ser aceptados por todas las oficinas de impuestos. Los pagarés debían emitirse por 5, 10, 20, 25, 50, 75, 80 y 100 pesos, pero este decreto fue revocado el 4 de noviembre de 1846 por el presidente Mosquera y no se emitieron pagarés.
Moneda
Plata fina .666, con fecha de 1839–1846
- peseta (R.2)
- peso (R.8), 27.020 g
Reforma monetaria de 1846-1847
La década de 1840 encontró la moneda todavía en un estado caótico. La legislación monetaria perpetuó el problema al equiparar el valor nominal con el valor intrínseco y tratar una multa de .666 de pesos como una multa de .903 de pesos. Esto garantizó que la ley de Gresham entraría en juego, a pesar de una ley (1844) que prohibía la exportación de monedas de oro y plata. Las aduanas aceptaban 16 pesos en plata como igual a una onza de oro, ya fueran monedas de .666 finas (= 245 g de plata fina) o .903 de finas (= 382 g de plata fina). Para 1846 la moneda recién acuñada prácticamente había desaparecido de la provincia de Bogotá.
La reforma monetaria contó con el respaldo del presidente Tomás Cipriano de Mosquera . El primer paso (23 de mayo de 1846) fue permitir la exportación de polvo de oro y lingotes de oro, sujeta solo a un arancel del 6%. El segundo paso (2 de junio de 1846) fue establecer el real de plata como unidad monetaria y adoptar una finura uniforme de .900. El paso final fue adoptar el sistema decimal francés (27 de abril de 1847) y permitir la circulación de las monedas francesa y belga. Esta reforma rechazó el bimetalismo a favor de un patrón de plata, pero el período siguiente (1847-1861) vio un debate continuo sobre si la plata o el oro era preferible como patrón monetario.
Ley monetaria de 1846
Real = 10 décimos
La ley monetaria del 2 de junio de 1846 nombró al real de plata como unidad monetaria. Todas las monedas de plata y oro debían tener una multa de .900. Las monedas de plata serían el peso, la peseta, el real y el medio. Las monedas de oro serían la onza, cóndor, doblón y escudo. La peseta equivalía al franco de plata, el escudo al napoleón de oro (pieza de 20 francos). Habría dos monedas de cobre puro: un décimo de real y su mitad, de curso legal a 2 reales. El décimo equivalía a los 5 céntimos (céntimos) franceses y belgas y al centavo (centavo) de los Estados Unidos. La ley de 1846 dispuso que las monedas de plata en circulación, colombianas y granadinas, continúen siendo aceptadas por todas las oficinas de impuestos a su valor nominal.
Las principales ventajas de la ley de 1846 fueron: (a) estableció por primera vez en la legislación colombiana la unidad monetaria ; b) preveía una finura uniforme; yc) preveía una estricta proporcionalidad entre las monedas. Sus defectos fueron: (a) introdujo un tercer peso, multa de .900, para circular junto al peso de 1836 (multa de .903) y el peso de 1839 (multa de .666); (b) hizo del real la unidad estándar en lugar del peso, a lo que la gente estaba acostumbrada; y (c) no ordenó la recuperación inmediata de oro, permitiendo la circulación de monedas de dos finuras: la vieja española, la colombiana y la granadina, todas de .875 de multa, con un peso de 27.058 gy la nueva onza, de .900 de multa, con un peso de. 25,806 g.
Ley de decimalización de 1847
Granadino = 10 Reales = 100 Centavos
La ley monetaria del 27 de abril de 1847 adoptó el sistema decimal y autorizó a las monedas de plata de Francia, Bélgica y Cerdeña a circular a dos reales por franco (la tasa a la que las oficinas de impuestos las recibirían). También preveía una moneda de plata de 10 reales, el granadino , y equivalente al écu francés (5 francos). La acuñación de plata fina .666 finalmente cesó en 1847, salvo el cuartillo (1/4 de real) autorizado el 30 de marzo de 1849. Además, los esfuerzos de Mosquera para retirar la macuquina tuvieron éxito, y para el 1 de enero de 1849 prácticamente todo había sido recuperado (un total de 380.620 pesos de macuquinas se habían retirado a un costo de 53.000 pesos).
Papel
El 16 de octubre de 1848, el presidente Mosquera autorizó el billete de tesorería . Los billetes serían de dos clases, billetes de plata por 40, 80, 160, 200, 400, 600 y 800 reales, y billetes de oro por 5, 10, 25 y 50 escudos. Eventualmente serían canjeados, los billetes de plata por su valor nominal en moneda de plata, los billetes de oro en escudos de oro o en su equivalente legal en oro o en moneda de plata al tipo de cambio actual. Los billetes nunca se emitieron (se conocen pruebas).
Moneda
Moneda de cobre con fecha de 1847-1848
- 1/2 décimo (R.1 / 20), 5.000 g
- décimo (R.1 / 10), 10.000 g
Las monedas de cobre fueron rechazadas por el público, quien inmediatamente las cambió por plata, por lo que fueron retiradas y fundidas.
Moneda de plata con fecha de 1847–1853
.666 de multa
- cuartillo (R.1 / 4), 0,813 g
.900 fina
- medio (R.1 / 2), 1.250 g
- reales (R.1), 2.500 g
- peseta (R.2), 5.000 g
- peso (R.8), 20.000 g (1847)
- granadino (R.10), 25.000 g (1847-1851)
Moneda de oro .900 fina con fecha de 1848–1853
- escudo (P.2), 3.2258 g
- onza (pág. 16), 25,8064 g
En 1848 llegó nueva maquinaria para las casas de moneda de Bogotá y Popoyán y el 14 de febrero de 1849 se pusieron en circulación las primeras monedas de oro conformes a la ley de 1846.
Ley monetaria de 1853
Peso (Granadino) = 10 Décimos = 100 Centavos (plata)
Cóndor = 10 Pesos (oro)
La ley monetaria del 30 de mayo de 1853 abolió el real rebautizándolo como décimo . Cambió el nombre de granadino a peso y lo convirtió en la unidad monetaria, por valor de 10 reales, los pesos más antiguos .666 multa convirtiéndose en piezas de 8 décimo. Las deudas contraídas antes de la aprobación de esta ley se reducirían en un 20% cuando se pagaran con pesos de 10 décimos (no 8). El cóndor se hizo igual a 10 pesos en plata. El antiguo décimo y medio décimo de real se convirtió en centavo y medio centavo.
La ley de 1846 había molestado a la gente al reemplazar el peso por el real como unidad monetaria; la ley de 1853 alteró la noción de lo que constituía un peso y violó el concepto público de "peso".
La ley de 1853 disponía un cóndor de oro de 16.400 gy su medio (medio cóndor) y quinto (escudo), valorados en 10, 5 y 2 pesos fuertes. Esto eliminó la onza y el doblón de la ley de 1846. (Entonces el cóndor contenía más oro que el napoleón de 50 francos, que era de 16.129 g, .900 de multa). Esta ley estableció una proporción de plata a oro de 15,244 a 1, mientras que en los mercados mundiales era de 15,5. Esta subvaloración del oro duró hasta que la proporción se cambió a 15,5 en 1857, momento en el que la mayoría de las monedas de oro se habían exportado.
Moneda de plata
Moneda de plata con fecha de 1853-1858
.666 de multa
- 1/4 real, 0,813 g
.900 fina
- 1/2 décimo, 1.250 g
- décimo, 2.500 g
- 2 décimos, 5.000 g
- peso, 25.000 g
Moneda de oro
Moneda de oro .900 fina con fecha de 1853–1857
- cóndor (P.10), 16.400 g
Ley monetaria de 1857
Peso = 10 Décimos = 100 Centavos
Una ley del 30 de junio de 1857 y un decreto del 23 de julio de 1857 adoptaron el peso de plata - 25.000 g, multa de .900 (idéntico al "granadino" en peso, tipo y forma) - como unidad monetaria. Los submúltiplos fueron el dos décimos (5.000 g) y el décimo (2.500 g), ambos .900 fino, y el cuarto de décimo, .666 fino. Las monedas de oro serían el peso, el escudo, el doblón, el cóndor y el doble cóndor (onza). Este era el patrón bimetálico francés, con una relación de 15,5, siendo el cóndor igual al napoleón de 50 francos. La ley otorgó curso legal a la moneda de oro francesa por su valor nominal.
Papel
El Congreso aprobó la primera ley bancaria de Colombia el 13 de junio de 1855 que regula los bancos de emisión, descuento y depósito. Los bancos estaban autorizados a emitir billetes canjeables en monedas de oro o plata legales. El primer papel moneda fue emitido en 1857 por el Estado de Cundinamarca, seguido en 1860 por la primera emisión nacional y en 1865 por los primeros billetes privados.
Moneda
Moneda de oro .900 fina con fecha de 1857-1858
- peso, 1,6875 g
- escudo (P.2), 3.2258 g
- doblón (P.5), 8.065 g
- cóndor (P.10), 16,129 g
1858-1861 Confederación Granadina
Peso = 10 Reales o Décimos = 100 Centavos
La Confederación Granadina ( Confederación Granadina ) fue proclamada el 1 de abril de 1858, adoptando una nueva constitución el 22 de mayo. Su breve vida bajo el presidente Mariano Ospina Rodríguez terminó en guerra civil (1860-1862). La Confederación emitió las primeras estampillas postales de Colombia en agosto de 1859 en denominaciones de 2½, 5, 10 y 20 centavos y 1 peso.
Plata de 1859-1862 (las monedas acuñadas en Bogotá están denominadas en décimos, las acuñadas en Popayán en reales)
.666 multa
- 1/4 décimo o real, 0,831 g
.900 fina
- 1/2 décimo o real, 1.250 g
- décimo, 2.500 g
- 2 reales, 5.000 g
- peso, 25.000 g
Oro fino de .900, fechado entre 1859 y 1862:
- peso de oro (1/10 cóndor), 1.6129 g
- escudo (P.2), 3.2258 g
- doblón (P.5), 8.064 g
- cóndor (P.10), 16,129 g
- onza (pág. 20), 32,258 g
1861–1862 Estados Unidos de Nueva Granada
Peso = 10 Décimos = 100 Centavos
El general Tomás Cipriano de Mosquera capturó Bogotá el 18 de junio de 1861 y se declaró presidente provisional de los Estados Unidos de Nueva Granada (Estados Unidos de Nueva Granada). La inestabilidad interna provocó que las aduanas aceptaran billetes del Banco de Inglaterra y el soberano británico por 5 pesos, entre 1861 y 1863. Como resultado de la guerra civil de 1860, el período 1861-1871, conocido como el primer período del papel moneda, vio que los billetes del tesoro se licitaron obligatoriamente a la par con la moneda. Los sellos postales aparecieron en 1861 en denominaciones de 2½, 5, 10 y 20 centavos y 1 peso.
Papel
El 24 de agosto de 1861, el General Mosquera autorizó a la Tesorería General de los Estados Unidos de Nueva Granada a emitir billetes de tesorería en denominaciones de 1, 2, 3, 10, 20, 50 y 100 pesos. Se emitieron poco más de un millón de pesos. Estos pagarés fueron aceptados a su valor nominal por el 50% de los impuestos de importación, el 100% de los impuestos de exportación o el 60% del valor de la sal producida por el monopolio estatal. Eran moneda de curso legal para todos los acreedores estatales y para las personas que habían declarado por escrito su voluntad de recibirlos. El público evitó las notas, por lo que su aceptación se hizo obligatoria (8 de octubre de 1861). Un decreto del 27 de enero de 1862 autorizó el canje de billetes del tesoro por moneda de plata, multa de .666, y garantizó su retiro en el plazo de un año. Cuando la Corte Suprema dictaminó que los pagarés no eran obligatorios para las personas físicas por deudas contraídas antes del 24 de agosto de 1861, el presidente Mosquera aprobó un decreto (11 de agosto de 1862) que establecía que los pagarés eran obligatorios para las personas, independientemente del origen y fecha de la deuda. [2]
Moneda
Plata fina .900, fechada en 1861, con la inscripción ESTADOS UNIDOS DE NUEVA GRANADA
- décimo, 2.500 g
- peso, 25.000 g
Leyes monetarias de 1863 a 1867 (Estados Unidos de Colombia)
Leyes monetarias de 1863-1864
El nombre del país cambió a Estados Unidos de Colombia (Estados Unidos de Colombia) en 1862, y se emitieron sellos postales por 5, 10, 20 y 50 centavos y por 1 peso. La Convención de Rionegro del 15 de abril de 1863 ordenó a las oficinas públicas continuar aceptando monedas de plata francesas, belgas e italianas del estándar colombiano a 20 centavos por franco, y prohibió la importación de monedas de menos de .900 de multa. Las oficinas públicas fueron autorizadas para aceptar monedas de plata .666 multa en pago de impuestos y tasas hasta el 1 de septiembre de 1864. Estas monedas dejaron de ser de curso legal entre particulares y no fueron aceptadas en el Estado de Panamá. Los estados de Boyacá y Santander prohibieron de inmediato la circulación de la moneda .666 multa, por lo que dicha moneda fluyó hacia Cundinamarca, donde aún era de curso legal para las deudas públicas. Hubo una considerable especulación con estas monedas en Bogotá, donde llegaron a formar el grueso de la circulación. En consecuencia, una ley del 7 de abril de 1864 restauró la condición de moneda de curso legal, en pago de deudas públicas, a todos los que acuñaran menos de .900 de multa (pero no en el Estado de Panamá) y presupuestó 80,000 pesos para volver a acuñar .666 de plata fina (por cuyo propósito abrió una tercera ceca en Medellín ).
En 1864, el gobierno planeó establecer un banco nacional, pero esto no funcionó. Por tanto, la Ley de Bancos del 6 de mayo de 1865 preveía una pluralidad de bancos emisores. Los primeros billetes privados fueron emitidos por Pérez y Planas en 1865. En 1866, sin embargo, ante la insistencia del general Mosquera, el Congreso abandonó la teoría de la pluralidad de emisión y nuevamente autorizó al gobierno a establecer un banco nacional. El general Mosquera sancionó (4 de julio de 1866) la emisión de notas del Tesoro, curso legal para todas las deudas públicas excepto los derechos de importación. Se autorizó al gobierno a canjear monedas antiguas granadinas y colombianas de multa de .666 por billetes del Tesoro. Se llevaron a cabo negociaciones con Robinson & Fleming de Londres para que "El Banco de los Estados Unidos de Colombia" emitiera notas de curso legal, con una denominación mínima de 5 pesos.
Ley Monetaria de 1867
Peso = 10 Décimos = 100 Centavos
Cóndor = 10 pesos (oro o plata)
Por decreto del 2 de mayo de 1867, el presidente Mosquera hizo una licitación forzosa de los pagarés del Tesoro, haciéndolos equivalentes a una unidad monetaria nacional. El 12 de junio decretó además la aceptación obligatoria en transacciones públicas y privadas de todas las monedas .900, .835 y .666 multa acuñadas por la ex República de Colombia y por Nueva Granada.
La ley monetaria del 24 de octubre de 1867 anuló toda la legislación monetaria anterior y definió la moneda nacional como plata, siendo la unidad monetaria el peso de 25.000 g. 900 multa. Otras monedas de plata serían el medio peso, dos décimos y décimo, todas con una multa de .835; y el medio décimo y cuarto de décimo, ambos .666 de multa. Las monedas de 2, 1 y 1/2 décimo eran moneda de curso legal solo a 10 pesos, pero la moneda de 1/2 peso, solo .835 multa, era de curso legal ilimitado. Esto se convertiría en un problema cuando el precio de la plata comenzara a caer en 1873. El cóndor de oro se definió igual a 10 pesos en oro o plata. El cobre se convirtió en moneda de curso legal a 2 décimos entre particulares, pero fue recibido sin límite por las oficinas públicas. La ley también hizo que las monedas colombianas antiguas fueran de curso legal a su valor nominal y prohibió la importación de cualquier moneda de plata con una multa menor a .835 o cualquier moneda de oro con una multa menor a .900. La moneda de oro y plata de Francia, Bélgica, Italia y Suiza fue aceptada por las oficinas públicas.
Papel
notas de tesoría
En 1863 el Tesoro emitió notas a 5, 10 y 20 centavos y 1, 2, 5, 10, 20 y 50 pesos, agregando un billete de 3 pesos en 1869.
Notas estatales
El Estado de Panamá emitió notas entre 1867 y 1880.
Billetes de banco
En 1864 se estableció una sucursal del London, México and South América Bank y se le otorgó el derecho de emisión en 1865.
Moneda
Moneda de plata del estándar de 1863
.666 de multa
- 1/4 décimo, 0,813 g (1863–1867)
.900 fina
- 1/2 décimo, 1.250 g (1863–1865)
- décimo, 2.500 g (1866–1867)
- 2 décimos, 5.000 g (1865)
- un peso, 25.000 g (1862-1871)
Moneda de plata del estándar modificado de 1867
.666 de multa
- 1/4 décimo, 0,625 g (1868-1888)
- 1/2 décimo, 1.250 g (1867–1878)
.835 multa
- décimo, 2.500 g (1866-1874)
- 2 décimos, 5.000 g (1866-1867)
- medio peso (5 décimos), 12.500 g (1868-1886)
Moneda de oro .900 fina con fecha de 1862–1878
- décimo de cóndor (peso), 1.6129 g
- quinto de cóndor (P.2), 3.2258 g
- medio cóndor (P.5), 8.064 g
- cóndor (P.10), 16,129 g
- doble cóndor (P.20), 32.258 g
1871-1880 Peso (patrón de plata)
Peso = 100 Centavos
La ley monetaria del 9 de junio de 1871 colocó la moneda en el patrón plata del sistema de la Unión Monetaria Latina , siendo el peso colombiano de 22.500 g de plata fina igual a 5 francos. Prohibió acuñar moneda .666 multa. Los medios y cuartillos se acuñaron con una multa de .835 y el medio peso con una multa de .900. El peso de oro se fijó en 1.612 g. 900 de multa (igual al décimo de cóndor de 1867 y al peso de 1857). El cobre se convirtió en moneda de curso legal a 50 centavos por transacción, alterado en 1872 a 50 centavos por cada 50 pesos en oro o plata (equivalente al 1% por transacción). Una ley del 5 de mayo de 1872 dividió el peso de oro en 100 centavos. La caída del precio mundial de la plata a partir de 1872 rompió la relación de 15,5. La moneda de oro estaba infravalorada en Colombia y tendía a desaparecer de la circulación.
Papel
Notas estatales
Los billetes fueron emitidos en las décadas de 1870 y 1880 por los estados de Cundinamarca, Bolívar y Cauca.
Billetes de banco
El primer banco privado colombiano, el Banco de Bogotá , se estableció el 15 de noviembre de 1870 y comenzó a operar en 1871 con un capital de 235.000 dólares. En 1875 tenía una circulación de billetes de $ 776,935 en denominaciones de 5, 10, 50 y 100 pesos. Le siguieron el Banco de Antioquia y el Banco Santander en 1872, el Banco de Barranquilla y el Banco del Cauca en 1873, el Banco de Bolívar y el Banco Mercantil en 1874 y el Banco de Colombia en 1875.
El Código Fiscal de 1873 resumió toda la legislación monetaria entonces vigente, y una modificación de la normativa bancaria dio lugar a numerosos bancos emisores. En 1886 se habían fundado unos 36 bancos privados de emisión, pero desempeñaban un pequeño papel en la circulación de billetes debido al enorme volumen de papel moneda del gobierno.
Moneda
Plata .666 fina, 1872–1885
- 2½c, 0,625 g (1872–1881)
- 5c, 1.230 g (1872-1885)
plata .835 fina, 1872–1886
- 10c, 2.500 g (1872–1885)
- 20c, 5.000 g (1874-1885)
- 50c, 12.500 g (1872-1886)
1880-1886 Peso (patrón oro)
Debido a la caída del precio de la plata, Colombia adoptó el patrón oro en 1880, con el peso igual a 1451.610 mg Au (= 5 francos). El gobierno de Núñez obtuvo un préstamo de 2.5 millones de pesos en Nueva York (garantizado por el Ferrocarril de Panamá) para establecer el Banco Nacional, que inició operaciones en enero de 1881.
Un decreto del 24 de marzo de 1885 autorizó monedas de níquel y plata 0.500 y autorizó al Banco Nacional a emitir billetes por 10 y 20 centavos. El costo de la guerra civil de 1885 se cubrió con papel moneda, aumentando la circulación en un 89%. El Banco Nacional no pudo cubrir sus billetes en moneda de oro, pero el Gobierno se comprometió con la suspensión pagando billetes en plata con los fondos recibidos de la negociación del Canal de Panamá .
Papel
El Banco Nacional de los Estados Unidos de Colombia fue responsable de la emisión de billetes nacionales 1880-1885. En 1881 emitió billetes de 1, 5, 10, 20, 50 y 100 pesos pagaderos en moneda corriente. En 1882 aparecieron billetes por 20 y 50 centavos, y nuevos diseños por 10 y 20 centavos y 1, 50 y 100 pesos en 1885.
Moneda
Plata fina .500, 1885–1886
- 10c, 2.500 g
- 20c, 5.000 g
- 50c, 12.500 g
Oro .666 fino, 1885-1886
- escudo (P.2), 3.2258 g
- doblón (P.5), 8.0645 g
- cóndor (P.10), 16,129 g
1886-1905 Peso billete (papel peso) (República de Colombia)
El Decreto 104 del 19 de enero de 1886 adoptó como unidad monetaria el billete de un peso del Banco Nacional, efectivo a partir del 1 de mayo. El Decreto 448 del 2 de agosto de 1886 equiparó el billete de un peso del Banco Nacional a la moneda de plata .835 de multa. Los Estados Unidos de Colombia se convirtieron en la República de Colombia el 5 de agosto de 1886. El patrón oro se suspendió formalmente el 20 de diciembre de 1886.
En 1893 se supo que la emisión de billetes secretos había empujado la circulación a más de 12 millones de pesos en 1889, y el Congreso decidió liquidar el Banco Nacional. Pero la existencia del banco se extendió hasta el 1 de enero de 1896, mientras emitía otros 5 millones de pesos para cubrir los costos de la guerra civil de 1895. Sin embargo, el fin del banco no fue el fin del papel forzado. En 1898-1899, el Gobierno puso en circulación 22 millones de dólares en billetes del Banco Nacional (a pesar de que el banco ya no existía).
El período 1899-1903 fue testigo de la revolución, la guerra civil (la Guerra de los Mil Días de 1899-1902), la inflación y la depreciación. Hubo numerosas ediciones de notas de varios tipos. Luego, la calma regresó lentamente. Una ley del 25 de octubre de 1903 prohibió nuevas emisiones de papel moneda, permitió estipular el pago en oro en los contratos y reintrodujo el peso oro ( peso oro ), equivalente a 100 pesos papel, a partir del 1 de enero de 1904. Los billetes en circulación fueron absorbidos por las subastas. de oro.
Papel
El Banco Nacional de la República de Colombia emitió notas en 1886 por 50 centavos y 1, 5 y 10 pesos. Las notas de un nuevo diseño aparecieron en 1888 por 10 centavos y 1, 5, 10, 50 y 100 pesos, con 25 y 1000 añadidos en 1895.
Durante la guerra civil, el gobierno emitió 28 nuevos tipos de billetes del Banco Nacional y sobreimprimió unos 48 billetes privados diferentes para su circulación.
Moneda
Moneda de cobre y níquel con fecha de 1886-1902
- 2½c (1900, 1902)
- 5c (1886–1888)
Plata .666 fina con fecha de 1897 o 1902
- 5c, 1.250 g (1902)
- 10c, 2.500 g (1897)
- 20c, 5.000 gramos (1897)
Plata .500 fina con fecha de 1887–1888
- 50c
Plata fina de .835 con fecha de 1889-1908
- 50c
1905-1914 Peso oro (patrón oro)
Peso oro = 100 Centavos
Conversión: 1 peso oro = 100 pesos de papel
La conversión del papel en oro comenzó el 18 de mayo de 1905, a 100 pesos papel por un peso oro, pero avanzó muy lentamente. El retorno total al patrón oro finalmente se logró el 12 de junio de 1907. La libra de oro, por valor de 5 pesos, era idéntica a la soberana, siendo el peso de oro igual a 1464,480 mg de oro fino o 4 libras esterlinas. El oro a la par era de 5,00 por libra esterlina y 1,027 por dólar estadounidense. Una enmienda constitucional prohibió más emisiones gubernamentales de moneda fiduciaria después de 1909.
Papel
El gobierno emitió billetes en 1904 por 1, 2, 5, 10, 25, 50 y 100 pesos, con un billete de 1000 agregado en 1908.
Moneda
Monedas de níquel (pesos papel moneda):
- $ 1 por mes (1907, 1910, 1911, 1912, 1913, 1914, 1916)
- $ 2 por mes (1907, 1910, 1914)
- $ 5 por mes (1907, 1909, 1912, 1913, 1914)
Oro fino .916:
- medio libra (P. 2.50), 3.994 g (0.018 millones 1913)
- libra (P. 5), 7,988 g (0,017 millones 1913, 0,043 millones 1917, 0,423 millones 1918, 2,181 millones 1919)
- libra doble (pág.10), 15.976 g
1914-1923 Peso oro (papel inconvertible)
El patrón oro se suspendió en agosto de 1914. La Primera Guerra Mundial tuvo menos efecto en el peso colombiano que en la mayoría de las demás monedas sudamericanas. Una ligera depreciación duró hasta 1915, seguida de un retorno a la par en 1916. Las malas cosechas en 1917 provocaron una ligera caída en el tipo de cambio, pero a partir de 1918 la demanda de exportaciones colombianas combinada con una reducción forzada de las importaciones dio lugar a una apreciación del peso. En 1919 se podían comprar 100 dólares estadounidenses por 90,50 pesos (el valor nominal era 103). La situación cambió completamente en 1920 cuando la demanda y los precios de las exportaciones colombianas cayeron, mientras que las importaciones aumentaron. El cambio en Nueva York tocó fondo en octubre de 1920 a 122 pesos por 100 dólares. Siguió una mejora constante.
Se ordenó a la Junta de Conversión (consejo cambiario) que cambiara todo el papel moneda en circulación por pesos oro. Esta operación se completó a fines de 1919, cuando solo quedaban pendientes 218.000 pesos en papel. La Junta de Conversión emitió pagarés a 1, 2, 5, 10, 50 y 100 pesos "pagaderos conforme a la legislación".
1923-1931 Peso oro (patrón de cambio de oro)
La reforma monetaria del 11 de julio de 1923 estableció un patrón de cambio de oro en la paridad anterior el 23 de julio de 1923. La reforma contó con el respaldo del destacado experto financiero Edwin W. Kemmerer , que había sido invitado a asesorar sobre la indemnización estadounidense de 25 millones de dólares por la pérdida de Panamá.
El Banco de la República también se estableció el 11 de julio de 1923. Inició operaciones mucho antes de lo previsto debido al pánico causado por la quiebra del Banco López, que sobreimprimió los billetes no emitidos de la Casa de Moneda de Medellín por 2½, 5, 10 y 20 pesos. Pronto emitió una serie regular por 1, 2, 5, 10, 50, 100 y 500 pesos.
Desde 1931 Peso (Peso oro)
El patrón de cambio oro fue abandonado de facto el 21 de septiembre de 1931, cuando se impusieron restricciones al tipo de cambio y de jure el 24 de noviembre de 1931. El peso estaba vinculado al dólar a 1,05 / US $ 1. Se hicieron varios ajustes tras la subida del dólar y en 1935 el tipo de cambio se situó en 1,75 pesos por dólar. Colombia abandonó un tipo de cambio fijo en 1937, pero el tipo de cambio libre se mantuvo cerca de 1,75 / US $ 1. [ cita requerida ]
La paridad del peso colombiano se registró en el Fondo Monetario Internacional el 18 de diciembre de 1946 a 1,75 pesos por dólar estadounidense, equivalente a 507,816 mg de oro fino. Esto se ajustó a 1,95 / US $ 1 el 17 de diciembre de 1948 y a 2,50 / US $ 1 el 20 de marzo de 1951. Colombia abandonó una paridad fija del FMI e introdujo una tasa de mercado libre fluctuante el 13 de mayo de 1955, fijada inicialmente en 4,17 por US dólar. Hubo un deterioro constante del tipo de cambio; un intento de mantenerlo en 13,50 por dólar estadounidense en 1966 fracasó. El promedio anual cayó a 31,20 por dólar en 1975, 47,28 por dólar en 1980, 142,31 por ciento en 1985, 502,26 por dólar en 1990 y 988 por ciento en 1995.
Citas
- ↑ a b c Barriga del Diestro, Fernando (diciembre de 2005). "La moneda que vio nacer, crecer y morir en Colombia 1813–1836" (PDF) . Boletín de Historia y Antigüedades (en español). XCII (831): 809–844. Archivado desde el original (PDF) el 23 de septiembre de 2015 . Consultado el 1 de julio de 2014 .
- ^ Meisel Roca, Adolfo; Banco de la República; et al. (1990). "Capítulo II: La emisión de billetes en el siglo XIX" [Capítulo II: La emisión de papel moneda en el siglo XIX]. El Banco de la República: Antecedentes, Evolución y Estructura [ El Banco de la República: historia, evolución y estructura ] (en español). Bogotá: Banco de la República. Departamento Editorial . Consultado el 25 de diciembre de 2015 .
Otras lecturas
- Almanzar, Alcedo; Seppa, Dale (1973). Monedas de Colombia . Monedas del Mundo de Almanzar. San Antonio. ISBN 0-882-42008-9.
- Banco de la República (1990). El Banco de la República: antecedentes, evolución y estructura . ISBN 978-9-589-02865-0. Consultado el 10 de julio de 2014 .
- Cribb, Joe; Cook, Barrie; Carradice, Ian (1990). El Atlas de monedas . Nueva York: hechos registrados. págs. 300-301 . ISBN 0-8160-2097-3.
- Dargent Chamot, Eduardo (diciembre de 2006). "Las Casas de Moneda Españolas en América del Sur" (en español). Archivado desde el original el 5 de abril de 2008 . Consultado el 1 de julio de 2014 . Libro en línea que detalla la historia de las casas de moneda española en América del Sur.
- Friedberg, Arthur L .; Friedberg, Ira S. (2003). Monedas de oro del mundo desde la antigüedad hasta el presente (7ª ed.). Clifton, Nueva Jersey: Coin and Currency Institute. págs. 152-155. ISBN 0-87184-307-2.
- Krause, Chester L .; Mishler, Clifford, eds. (2001). Catálogo estándar de monedas del mundo 1801-1900 (3ª ed.). Iola, WI: Krause. págs. 254-270. ISBN 0-87349-305-2.
- Peña, Paola; Ochoa, Antonio (2002). "Moneda y Banca en Colombia: Análisis Historiográfico 1863-1923" (en español) (7ª ed.). Bogotá, Colombia: Universidad Nacional de Colombia : 1–25. Cite journal requiere
|journal=
( ayuda ) Ponencia presentada en el XVIII Congreso Nacional de estudiantes de economía, Concurso Nacional de Ponencias "Jesús Antonio Bejarano". - Sédillot, René (1955). Toutes les Monnaies du Monde: Dictionnaire des Changes . París: Recueil Sirey. págs. 89–90, 390–391. OCLC 490679414 ..
- Shafer, Neil; Cuhaj, George S., eds. (2002). Catálogo estándar del papel moneda mundial: Ediciones especializadas . 1 (9ª ed.). Iola, WI: Krause. págs. 485–537. ISBN 0-87349-466-0.Basado en los escritos originales de Albert Pick; Randy Thern, supervisor de catalogación numismática; consultores especiales Colin R. Bruce ....
- Torres García, Guillermo (1945). Historia de la Moneda en Colombia (en español). Bogotá: Imprenta del Banco de la República . Consultado el 1 de julio de 2014 . Publicación digital de la Biblioteca Luis Ángel Arango, Banco de la República de Colombia.
enlaces externos
- Página de Actividades Culturales del Banco de Colombia, con acceso a la Biblioteca Arango y su red de materiales en línea, en español