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La Directiva sobre Sustancias Peligrosas [1] (en su versión modificada) fue una de las principales leyes de la Unión Europea en materia de seguridad química, hasta su total sustitución por el nuevo Reglamento CLP Reglamento (2008), a partir de 2016. Se hizo de conformidad con el artículo 100 (Art. 94 en versión consolidada) [2] del Tratado de Roma . Por acuerdo, también es aplicable en el EEE , [3] y el cumplimiento de la directiva garantizará el cumplimiento de las leyes suizas pertinentes. [4]La Directiva dejó de estar en vigor el 31 de mayo de 2015 y fue derogada por el Reglamento (CE) no 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, que modifica y deroga las Directivas. 67/548 / CEE y 1999/45 / CE, y modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006 (Texto pertinente a efectos del EEE). [5]

Alcance [ editar ]

La directiva se aplica a los productos químicos puros y a las mezclas de productos químicos ( preparados ) que se comercializan en la Unión Europea , por lo que no se aplica directamente a las sustancias creadas únicamente con fines de investigación. En la Directiva sobre preparados peligrosos (1999/45 / CE) se incluyen normas adicionales relativas a los preparados : [6] son muy similares a las normas contenidas en la Directiva sobre sustancias peligrosas 67/548 / CEE. [7] La directiva no se aplica a los siguientes grupos de sustancias y preparados (artículo 1):

La directiva no se aplica al transporte de sustancias o preparados peligrosos.

Clasificación de sustancias peligrosas [ editar ]

El artículo 2 de la directiva enumera las clases de sustancias o preparados que se consideran peligrosos. Algunas de estas clases, pero no todas, están asociadas con un símbolo de peligro químico y / o un código.

  • Explosivos ( E )
  • Agentes oxidantes ( O )
  • Sustancias o preparaciones inflamables , clasificadas como extremadamente inflamables ( F + ), fácilmente inflamables ( F )
  • Sustancias o preparados tóxicos , clasificados como muy tóxicos ( T + ) o tóxicos ( T )
  • Sustancias o preparaciones nocivas ( Xn )
  • Sustancias o preparados corrosivos ( C )
  • Irritantes ( Xi )
  • Sensibilizadores
  • Carcinógenos ( Carc. ), Clasificados en tres categorías
  • Mutágenos ( Mut. ), Clasificados en tres categorías
  • Sustancias o preparados tóxicos para la reproducción ( Repr. ), Clasificados en tres categorías
  • Sustancias o preparados peligrosos para el medio ambiente ( N )

Las sustancias o preparados que pertenecen a una o más de estas clases se enumeran en el anexo I de la directiva, que se actualiza periódicamente. Una base de datos pública de las sustancias enumeradas en el anexo I es mantenido por el Instituto de Salud y Protección al Consumidor .

Símbolos de peligro [ editar ]

Los símbolos de peligro se definen en el anexo II de la directiva. En la Directiva 2001/59 / CE se puede encontrar una lista consolidada con traducciones a otros idiomas de la UE. [8] [9]

Frases estándar de riesgo y seguridad [ editar ]

Las frases estándar se definen en los anexos III y IV de la directiva. Anexo III define los frases relacionadas con la naturaleza de los riesgos atribuidos a sustancias y preparados peligrosos , a menudo referido como frases-R . Anexo define IV frases relacionadas con recomendaciones de seguridad sobre sustancias y preparados peligrosos , a menudo referidos como frases S .

Las frases estándar apropiadas deben aparecer en el empaque y la etiqueta del producto y en su MSDS. El anexo I especifica las frases estándar que se utilizarán para las sustancias que se enumeran allí: son obligatorias.

Las listas de frases estándar se actualizaron en 2001 y la Directiva 2001/59 / CE proporciona una lista consolidada en todos los idiomas de la UE. [8]

La última actualización es el Reglamento Europeo (CE) N ° 1272/2008, que establece el nuevo Reglamento CLP que implementa el sistema GHS ). Consulte los símbolos europeos actuales de peligro químico (CLP / GHS_hazard_statements).

Requisitos de empaque [ editar ]

(Artículo 22)

Requisitos de etiquetado [ editar ]

(Artículos 23 a 25) En general, la etiqueta del embalaje de una sustancia o preparación peligrosa debe indicar claramente los siguientes elementos:

  • El nombre de la sustancia; (para las sustancias enumeradas en el anexo I, el nombre indicado debe ser uno de los enumerados en el anexo (muchas sustancias aparecen en el anexo con diferentes sinónimos); de lo contrario, el nombre debe ser " reconocido internacionalmente ")
  • El nombre, la dirección completa y el número de teléfono de la persona o empresa que ha comercializado la sustancia (fabricante, importador o distribuidor);
  • Los símbolos de peligro , si los hay;
  • Las frases estándar , si las hay; (se permiten ciertas exenciones)
  • El número EINECS o equivalente;
  • Para las sustancias enumeradas en el anexo I, las palabras etiqueta CEE .

Hoja de datos de seguridad de materiales [ editar ]

El artículo 27 de la directiva impone a los proveedores la obligación de proporcionar una ficha de datos de seguridad de los materiales , en papel o en formato electrónico, en la primera entrega de una sustancia o preparación peligrosa o antes. El proveedor también está obligado a informar a los usuarios de cualquier nueva información relevante que se conozca. La Directiva 2001/58 / CE proporciona una guía detallada para la preparación de fichas de datos de seguridad de materiales. [8]

Ver también [ editar ]

  • Mercancías peligrosas
  • Regulación ecológica de la UE
  • Registro, evaluación y autorización de productos químicos
  • Declaraciones de riesgo y seguridad
  • Ley de control de sustancias tóxicas (TSCA, regulaciones de EE. UU.)

Referencias [ editar ]

  1. ^ Título completo : Directiva del Consejo 67/548 / CEE del 27 de junio de 1967 sobre la aproximación de leyes, reglamentos y disposiciones administrativas relativas a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
  2. ^ Comisión Europea (29 de diciembre de 2006). "Unión Europea - Versiones consolidadas del Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea" (pdf) . Diario Oficial de las Comunidades Europeas (C 321E): 1–331 . Consultado el 23 de febrero de 2009 .
  3. ^ Arte. 23 y Capítulo XV del Anexo II , Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo firmado en Oporto el 2 de mayo de 1992; entró en vigor 1994-01-01.
  4. ^ Arte. 2.1 del Reglamento de 28 de junio de 2005 del Ministerio del Interior Federal sobre la clasificación oficial y el etiquetado de sustancias (SR / RS 813.112.12, texto en francés Archivado el 1 de enero de 2007 en Wayback Machine , en alemán Archivado el 6 de junio de 2011 en Wayback Machine , Italiano archivado el 6 de junio de 2011 en la Wayback Machine ). Véanse también la Ley federal suiza sobre productos químicos (SR / RS 813.1, texto en francés , alemán , italiano ) y el Reglamento federal suizo sobre productos químicos (SR / RS 813.11, texto en francés , alemán, Italiano ).
  5. ^ "Directiva del Consejo 67/548 / CEE del 27 de junio de 1967 sobre la aproximación de leyes, reglamentos y disposiciones administrativas relativas a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas" . Europa (portal web). 16 de agosto de 1967 . Consultado el 18 de marzo de 2018 .
  6. ^ Directiva 1999/45 / CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de mayo de 1999 relativa a la aproximación de las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas de los Estados miembros relativas a la clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos. OJEC L200, 30 de julio de 1999, págs. 1-68.
  7. ^ El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó en 1985 que la Directiva 67/548 / CEE se aplica únicamente a las sustancias puras, no a los preparados: en relación con el proceso penal contra Giacomo Caldana (Caso 187/84 - Remisión del artículo 177 (CEE) del Pretore di Torino) . Sentencia de 26 de septiembre de 1985. Informes de la Corte Europea [1985] 3013.
  8. ^ a b c Directiva 2001/59 / CE de la Comisión de 6 de agosto de 2001 por la que se adapta al progreso técnico por 28a vez Directiva 67/548 / CEE del Consejo sobre la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. DOCE L225, 21 de Agosto de 2001, pp. 1-333.
  9. ^ La directiva sobre sustancias peligrosas incluye símbolos de peligro

Enlaces externos [ editar ]

  • Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. (Incluye (Anexo 1) requisitos de clasificación y etiquetado para sustancias y mezclas peligrosas).