La Declaración del Clero de Francia fue un documento de cuatro artículos de la asamblea de 1681 del clero francés . Promulgado en 1682, codificó los principios del galicanismo en un sistema por primera vez en una fórmula oficial y definitiva.
Declaración del clero de Francia | |
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Creado | 19 de marzo de 1682 |
Autor (es) | Charles Maurice Le Tellier , arzobispo de Reims ; Gilbert de Choiseul Duplessis Praslin , obispo de Tournai ; y Jacques-Bénigne Bossuet , obispo de Meaux |
Signatarios | 1681 Asamblea del clero francés |
Fondo
El Concordato de Bolonia de 1516 entre la Santa Sede y el Reino de Francia derogó y reemplazó explícitamente la Pragmática Sanción de Bourges de 1438 y fue confirmado por el contemporáneo V Concilio de Letrán . [1] El concordato fue registrado por los Parlements en 1518 [2] y definido, según Roger Aubenas, en The New Cambridge Modern History , "una división lógica de prerrogativas, pero que implicaba la interrupción de las elecciones". [3] Según los términos del concordato, se suspendió la elección de obispos por canónigos y de abades por monjes; el derecho de presentación de un candidato para el nombramiento como obispo, abad o prior fue concedido al rey y el derecho de confirmación de un candidato, el derecho de devolución , [a] y el derecho de reserva fueron concedidos al Papa. [4] Dado que tenía que presentar un candidato adecuado y calificado, "la elección del rey no debía ser puramente arbitraria". [3] El concordato también estipulaba anatos y otros asuntos. [4]
En 1663, el Colegio de la Sorbona declaró solemnemente que no admitía ninguna autoridad del papa sobre el dominio temporal del rey, su superioridad sobre un concilio general o su infalibilidad aparte del consentimiento de la Iglesia. [5]
En 1673, el rey Luis XIV de Francia , un monarca absoluto , extendió el droit de régale por todo el Reino de Francia. [6] Había dos tipos de régale : régale temporelle y régale spirituelle . [7] Los reyes anteriores de Francia habían afirmado el droit de régale como su derecho en virtud de la supremacía de la Corona sobre todas las sedes episcopales , incluso aquellas que habían estado exentas de la afirmación de ese derecho. [b] Bajo Luis XIV, las pretensiones de apropiarse de los ingresos de las sedes episcopales vacantes y de hacer nombramientos para los beneficios se hicieron cumplir vigorosamente. [8] Los parlamentos estaban complacidos y la mayoría de los obispos cedieron sin protestas serias. Sólo dos prelados , Nicolas Pavillon , obispo de Alet , y François de Caulet , obispo de Pamiers , ambos jansenistas , resistieron la invasión real. [9] Ambos apelaron sin éxito a su arzobispo metropolitano, que se puso del lado de Luis XIV, y apelaron al Papa Inocencio XI en 1677. [6] [c]
En tres sucesivos escritos papales, Inocencio XI instó a Luis XIV a no extender el derecho a las diócesis que habían estado exentas anteriormente, [6] sosteniéndolas con toda su autoridad. [8]
Luis XIV convocó la Asamblea de 1681 en París para considerar el droit de régale . Fue presidido por François de Harlay de Champvallon , arzobispo de París , y Charles Maurice Le Tellier , arzobispo de Reims . La cuestión del droit de régale se decidió rápidamente a favor del rey. Luis XIV luego les pidió que se pronunciaran sobre la autoridad del Papa y la Asamblea nuevamente se puso del lado del rey. [9]
Cuatro articulos
Los cuatro artículos fueron redactados por Charles Maurice Le Tellier , arzobispo de Reims ; Gilbert de Choiseul Duplessis Praslin , obispo de Tournai ; y Jacques-Bénigne Bossuet , obispo de Meaux . [11] Según Antoine Dégert, en Catholic Encyclopedia , las doctrinas de los cuatro artículos son las siguientes:
- San Pedro y los papas , sus sucesores y la Iglesia misma han recibido dominio [puissance] de Dios sólo sobre lo espiritual y lo que concierne a la salvación y no sobre lo temporal y civil. Por tanto, los reyes y soberanos no están sujetos por mandato de Dios a ningún dominio eclesiástico en las cosas temporales; no pueden ser depuestos, ya sea directa o indirectamente, por la autoridad de los gobernantes de la Iglesia, sus súbditos no pueden ser dispensados de la sumisión y obediencia que deben, ni exentos del juramento de lealtad. [12] [d]Dégert comentó que el artículo 1 trata sobre la independencia absoluta del poder civil. Sicard comentó que el artículo 1 afirmaba que el Papa no tiene ningún derecho, directo o indirecto, sobre el poder temporal de los reyes. [8]
- La plenitud de autoridad en lo espiritual, que pertenece a la Santa Sede y a los sucesores de San Pedro, no afecta en modo alguno la permanencia y la fuerza inamovible de los decretos del Concilio de Constanza contenidos en las sesiones cuarta y quinta de ese concilio, [e] aprobado por la Santa Sede, confirmado por la práctica de toda la Iglesia y del Pontífice Romano, y observado en todas las épocas por la Iglesia Galicana. Esa Iglesia no tolera la opinión de aquellos que difaman esos decretos, o que disminuyen su fuerza diciendo que su autoridad no está bien establecida, que no están aprobados o que se aplican solo al período del cisma. [15] [d]Dégert comentó que el artículo 2 trata sobre la superioridad de los consejos sobre los papas. Sicard comentó que el artículo 2 afirma que el Papa es inferior al Concilio General y que los decretos del Concilio de Constanza siguen siendo vinculantes. [8]
- El ejercicio de esta autoridad apostólica [puissance] debe regularse también de acuerdo con los cánones hechos por el Espíritu de Dios y consagrados por el respeto del mundo entero. Las reglas, costumbres y constituciones recibidas dentro del reino y la Iglesia Galicana deben tener su fuerza y su efecto, y los usos de nuestros padres permanecen inviolables ya que la dignidad de la propia Sede Apostólica exige que las leyes y costumbres establecidas por consentimiento de ese augusto ver y de las Iglesias se mantenga constantemente. [16] [d]Dégert comentó que el artículo 3 trata sobre el respeto de los cánones, una propiedad, sobre una obligación para con la Santa Sede. Sicard comentó que el artículo 3 afirma que el ejercicio de la autoridad pontificia debe estar regulado por los cánones eclesiásticos. [8]
- Aunque el Papa tiene la parte principal en las cuestiones de fe, y sus decretos se aplican a todas las Iglesias, y a cada Iglesia en particular, su juicio no es irreformable, al menos en espera del consentimiento de la Iglesia. [17] [d]Dégert comentó que el artículo 4 trata sobre una negación implícita de la infalibilidad papal . Sicard comentó que el artículo 4 afirmaba que las decisiones dogmáticas del Papa no son irrevocables hasta que hayan sido confirmadas por el juicio de toda la Iglesia. [8] [f]
De acuerdo con la teoría galicana, entonces, la primacía papal estaba limitada por:
- el poder temporal de los príncipes, que, por voluntad divina, era inviolable [5]
- la autoridad del concilio general y la de los obispos, que son los únicos que pueden, con su consentimiento, dar a sus decretos esa autoridad infalible que, por sí mismos, les faltaba [5]
- los cánones y costumbres de las Iglesias particulares, que el Papa estaba obligado a tener en cuenta cuando ejercía su autoridad [5]
Había dos tipos de galicanismo:
- El galicanismo episcopal y político que rebajó la autoridad doctrinal del Papa en favor de la de los obispos, en la medida marcada por la Declaración del clero de Francia . [5]
- El galicanismo parlamentario y judicial que acrecentó los derechos del Estado en perjuicio de los de la Iglesia, sobre la base de lo que se llamó "las libertades de la Iglesia galicana" que afectaban las relaciones de los poderes temporales y espirituales. Los cuatro artículos de la Declaración del clero de Francia se incorporaron a esta colección más amplia previamente compilada. [5]
El galicanismo parlamentario tenía un alcance mucho más amplio que el episcopal y, a menudo, los obispos de Francia lo desautorizaban. [5] W. Henley Jervis escribió, en The Gallican Church , que el galicanismo precedió a Luis XIV y no se originó con la Declaración del clero de Francia , ni fue creado por el Concordato de Bolonia o la Pragmática Sanción de Bourges. [20] Dos de las libertades más importantes defendidas por el galicanismo parlamentario fueron que los reyes de Francia tenían el derecho de reunir consejos eclesiásticos en sus dominios y de hacer leyes y reglamentos relacionados con asuntos eclesiásticos. [21]
Estado
Luis XIV ordenó la promulgación de la Declaración del Clero de Francia desde todos los púlpitos de Francia. [8] Ordenó el registro de los cuatro artículos en todas las escuelas y facultades de teología. Nadie podía ni siquiera ser admitido a grados en teología sin mantener la doctrina en una de sus tesis, y estaba prohibido escribir nada en contra de los cuatro artículos. [5]
Aunque inicialmente resistió, la Sorbona cedió a la ordenanza del registro. [5]
El jansenista Antoine Arnauld , que entonces era un refugiado en Bruselas , los Países Bajos españoles , estuvo de acuerdo con la doctrina de los cuatro artículos y escribió para disuadir a Inocencio XI de publicar cualquier censura formal de los cuatro artículos. Arnauld supuso que una denuncia papal de los cuatro artículos precipitaría una "inmensa ventaja en manos de los herejes, que volvería odiosa a la Iglesia romana, levantaría obstáculos a la conversión de los protestantes y provocaría una persecución aún más cruel de los pobres". Católicos en Inglaterra ". Sin embargo, Arnauld y la mayoría de los otros jansenistas se pusieron del lado de la Santa Sede sobre el caso del droit de régale . [22]
El Papa Inocencio XI dudó en censurar su publicación. El 11 de abril de 1682, protestó en un escrito papal en el que anuló y anuló todo lo que la Asamblea de 1681 había hecho con respecto al droit de régale , así como todas las consecuencias de esa acción, y obligado por el Concordato de Bolonia. rechazó las confirmaciones papales de nombramiento de los miembros de la Asamblea de 1681 que Luis XIV presentó como candidatos a las sedes vacantes. [23] La consecuencia fue que Inocencio XI aplicó una disposición del Concordato de Bolonia y se mantuvo así hasta la reconciliación entre la corte francesa y la Santa Sede en 1693. Mientras tanto, los candidatos nominados a las sedes episcopales por Luis XIV disfrutaban de sus ingresos y prerrogativas temporales pero eran incapaces, según los términos del Concordato de Bolonia y la doctrina católica, de ejecutar cualquier parte de las funciones espirituales del episcopado. Al menos 35 diócesis, casi un tercio de todas las diócesis del reino, no tenían obispos canónicamente instituidos. [24] [g]
La constitución apostólica Inter multiplices pastoralis officii promulgada por el Papa Alejandro VIII en 1690 y publicada en 1691, anuló todos los procedimientos de la Asamblea de 1681 y declaró que la Declaración del Clero de Francia era nula, sin valor y sin validez.
El 14 de septiembre de 1693, Luis XIV rescindió los cuatro artículos y "escribió una carta de retractación" al Papa Inocencio XII . [26]
Los miembros de la Asamblea de 1681 que se presentaron como candidatos a sedes vacantes y se les negó la confirmación papal de su nombramiento recibieron confirmación en 1693 solo después de haber desautorizado todo lo que la Asamblea de 1681 había decretado sobre el poder eclesiástico y la autoridad pontificia. [5]
Sin embargo, según Dégert, la Declaración del Clero de Francia seguía siendo "el símbolo vivo del galicanismo" que profesaba la mayoría del clero francés que defendía en las facultades de teología, escuelas y seminarios, y los parlamentos franceses suprimían obras que parecía ser hostil a los principios de los cuatro artículos. [5] Esas ideas se expresaron más tarde durante la Revolución Francesa en la Constitución Civil del Clero en 1790. [14]
Ver también
- Sínodo de Pistoia
- Auctorem fidei
Notas
- ^ El derecho a nombrar un candidato de su propia elección si el rey no presenta un candidato dentro del tiempo requerido. [4]
- ↑ Durante siglos, en la Edad Media , la incautación de los derechos eclesiásticos por parte del estado había dado lugar a innumerables abusos y depredaciones. [8]
- ↑ Caulet murió en 1680. El cabildo catedralicio de la diócesis de Pamierseligió a un administrador diocesano de la sede vacante , para elperíodo de sede vacante , sin admitir a lafacciónpro régale a votar. Fue resistido por el gobierno; lafacciónpro régale se abrió paso a la fuerza en la catedral e intentó anular la elección, pero fue violentamente denunciada desde el púlpito por uno de sus oponentes y amenazada con la excomunión. La revuelta se intensificó y se envió una fuerza armada desde Toulouse para restablecer el orden. Joseph de Montpezat de Carbon , arzobispo de Toulouse , también intervino y reemplazó a los nominados del capítulo catedralicio por un sacerdote de su elección como administrador diocesano. El cabildo catedralicio, por su parte, nombróadministrador diocesano aJean Cerle, vicario general de Caulet. Cerle no pudo actuar públicamente ya que lafacciónpro régale ejercía la autoridad en la diócesis, con el apoyo de la autoridad civil, pero Cerle escribió cartas pastorales, ordenanzas, apelaciones al Papa y anatemas contra sus adversarios, desde su escondite ". con una rapidez y virulencia que provocó airadas represalias ". El Parlamento de Toulouse procesó a Cerle por sedición y traición y, como se negó a comparecer, fue juzgado en rebeldía , condenado a muerte por contumacia y ejecutado en efigie tanto en Toulouse como en Pamiers. Inocencio XI, en un escrito, declaró nulo el nombramiento de los vicarios generales por parte de Montpezat, anuló sus procedimientos por carecer de competencia y excomulgó a todos los que los alentaron a desobedecer sus órdenes, incluido Montpezat. Inocencio XI también declaró que las facultades otorgadas a los sacerdotes por eladministrador diocesano de la facciónpro régale , para absolver de los pecados "no tenían efecto" y los matrimonios celebrados por sacerdotes eran inválidos. [10]
- ^ a b c d Las traducciones de los cuatro artículos varían. Dégert y Otten son prácticamente idénticos. Denzinger tiene más autoridad. Jervis incluye una traducción de todo el documento al igual que Ehler y Morrall. [13]
- ↑ Según Ehler y Morrall, el artículo 2 se refiere al decreto del Concilio de Constanza Haec sancta Synodus , también conocido como Sacrosancta , promulgado el 6 de abril de 1415, que fue confirmado por el Concilio de Basilea e incluido en la Pragmática Sanción de Bourges. [14]
- ↑ La constitución dogmática del Concilio Vaticano I , Pastor aeternus, definió el dogma de que las definiciones del magisterio papal extraordinarioson irreformables y no provienen del consentimiento de la iglesia. [18] Costigan explica que su "fraseología está claramente calculada para contrarrestar" este artículo. [19]
- ↑ Los candidatos estaban facultados para administrar sus diócesis en virtud de comisiones de los capítulos catedralicios que los designaban vicarios generales o grandes vicarios, según la práctica habitual en el caso de las sedes vacantes. [25] [ contradictorio ]
Citas
- ^ Dégert 1909 ; Kelly y Ojetti 1908 .
- ^ Aubenas 2008 , p. 86.
- ↑ a b Aubenas , 2008 , p. 85.
- ↑ a b c Kelly y Ojetti, 1908 .
- ^ a b c d e f g h i j k Dégert 1909 .
- ^ a b c Ott, 1911 .
- ^ Costigan 2005 , p. 13.
- ^ a b c d e f g h Sicard 1907 .
- ↑ a b Sicard 1907 ; Ott 1911 .
- ^ Jervis 1872b , págs. 29-30.
- ^ Schrantz 1908 ; Otten 1918 , pág. 512; Costigan 2005 , pág. 17.
- ^ Dégert 1909 ; Otten 1918 , págs. 512-513; Denzinger 2012 , n. 2281.
- ^ Dégert 1909 ; Otten 1918 , págs. 512-513; Denzinger 2012 , nn. 2281–2284; Jervis 1872b , págs. 49–51; Ehler y Morrall 1967 , págs. 207–208.
- ↑ a b Ehler y Morrall, 1967 .
- ^ Dégert 1909 ; Otten 1918 , pág. 513; Denzinger 2012 , n. 2282.
- ^ Dégert 1909 ; Otten 1918 , pág. 513; Denzinger 2012 , n. 2283.
- ^ Dégert 1909 ; Otten 1918 , pág. 513; Denzinger 2012 , n. 2284.
- ^ Denzinger 2012 , nn. 3073–3074.
- ^ Costigan 2005 , p. 2.
- ↑ Jervis 1872a , pág. 14.
- ↑ Otten , 1918 , pág. 511.
- ↑ Jervis 1872b , pág. 53.
- ^ Sicard 1907 ; Dégert 1909 .
- ^ Jervis 1872b , págs. 54–55.
- ↑ Jervis 1872b , pág. 54.
- ^ Dégert 1909 ; Denzinger 2012 , pág. 487.
Referencias
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Otras lecturas
- Bergin, Joseph (2004). Corona, iglesia y episcopado bajo Luis XIV . 5 . New Haven: Prensa de la Universidad de Yale. ISBN 9780300103564.
- Whiteman, Anne (2008) [1961]. "La Iglesia y el Estado" . En Carsten, Francis L. (ed.). La nueva historia moderna de Cambridge . 5 . Cambridge: Cambridge University Press. págs. 122-148. doi : 10.1017 / CHOL9780521045445.007 . ISBN 9781139055802 - a través de Cambridge Histories Online.