Ley Federal de Elecciones Impugnadas


La Ley Federal de Elecciones Impugnadas de 1969 ( 2 USC §§ 381 et seq. ) proporciona un procedimiento para que los candidatos a la Cámara de Representantes de los Estados Unidos impugnen las elecciones generales mediante la presentación ante el Secretario de la Cámara . La ley delega todos los asuntos relacionados con elecciones impugnadas primero al Comité de Administración de la Cámara , que recibe jurisdicción sobre tales asuntos según las reglas de la Cámara.

El Artículo I, Sección 5 de la Constitución establece: "Cada Cámara será el Juez de las Elecciones, Resúmenes y Calificaciones de sus propios Miembros ". Como resultado, la Cámara o el Senado tienen la autoridad final para decidir una elección impugnada, reemplazando incluso a una legislatura o tribunal estatal. Los casos judiciales han sostenido que las decisiones de la Cámara de Representantes sobre elecciones impugnadas no pueden ser apeladas ante los tribunales , ni siquiera ante la Corte Suprema de los Estados Unidos , ya que son de naturaleza política. [1] [2] En el caso de la Corte Suprema de 1969, Powell v. McCormack, se sentó un precedente con respecto al significado de "calificaciones", lo que resultó en la conclusión de que el representante Powell había sido excluido injustamente de su escaño.

La ley explica el proceso: la presentación de un aviso de impugnación por parte del perdedor de la elección, la toma de testimonio de los testigos y la celebración de audiencias sobre las deposiciones y documentos presentados ante el Secretario de la Cámara [ cita requerida ] . La carga de la prueba recae en el retador para producir evidencia suficiente para cambiar el resultado de la elección. Un examen de una elección impugnada también puede ser iniciado por cualquier miembro en el piso que desee cuestionar la legitimidad del juramento del cargo de otro miembro. El desafío comienza en forma de resolución . Luego se remite al Comité de Administración de la Cámara para su revisión. Los electores individuales del estado en cuestión también pueden solicitar a la Cámara una revisión de la elección.

Después de que el Comité completa su examen de la elección, emite un informe a la Cámara en pleno, en forma de resolución con recomendaciones. La Cámara entonces adopta o rechaza esta resolución por mayoría de votos. Los precedentes de la Cámara establecen que la resolución puede:

Los recuentos se llevan a cabo si el perdedor de las elecciones puede demostrar que ha agotado todas las apelaciones en los tribunales estatales según la ley estatal. Sin embargo, la Cámara a veces se ha negado a ordenar un recuento si la corte suprema del estado ya lo ha realizado.

La resolución que contiene las recomendaciones del Comité se debate en la Cámara. La modificación es posible, pero difícil. La resolución está sujeta a una moción para volver a comprometerse (reenviarla al comité) con instrucciones de la Cámara para tomar medidas adicionales. La adopción o derrota es por mayoría de votos de los presentes.