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Partes en el Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
  Estados partes
  signatarios de partidos no estatales
  Partes no estatales no signatarios

El Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos es un tratado internacional que establece un mecanismo de denuncia individual para el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR). Fue adoptado por la Asamblea General de la ONU el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 23 de marzo de 1976. En mayo de 2020, tenía 35 signatarios y 116 Estados partes. [1] Dos de los estados ratificantes, Jamaica y Trinidad y Tobago, han denunciado el protocolo.

Resumen [ editar ]

El Protocolo Facultativo establece un mecanismo de quejas individuales para el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos similar a los del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Artículo 14 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial . Las partes acuerdan reconocer la competencia del Comité de Derechos Humanos de la ONU para considerar las quejas de las personas que afirman que se han violado sus derechos en virtud del Pacto. [2] Varios denunciantes deben haber agotado todos los recursos internos y no se permiten denuncias anónimas. [3] El Comité debe llevar las denuncias a la atención de la parte correspondiente, que debe responder en un plazo de seis meses. [4]Una vez examinado, el Comité debe transmitir sus conclusiones a la parte y al querellante. [5]

Si bien no está expresamente previsto en el Protocolo, el CDH considera que el reconocimiento de su competencia para conocer de denuncias impone la obligación de no obstaculizar el acceso al Comité y evitar cualquier represalia contra los denunciantes. [6] Considera sus conclusiones como determinaciones autorizadas de las obligaciones dimanantes del Pacto, y su adopción como necesaria para proporcionar un "recurso efectivo" en virtud del artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. [7]

El Protocolo Facultativo requirió diez ratificaciones para entrar en vigor. [8]

Reservas [ editar ]

Varias partes han formulado reservas y declaraciones interpretativas a su aplicación del Protocolo Facultativo.

Austria no reconoce la jurisdicción del CDH para considerar quejas que ya han sido examinadas por la Comisión Europea de Derechos Humanos . [1]

Chile , Croacia , El Salvador , Francia, Alemania, Guatemala , Malta , Rusia, Eslovenia , Sri Lanka y Turquía consideran que el Protocolo Facultativo solo se aplica a las quejas que surgieron después de su entrada en vigor para esos países. [1]

Croacia , Dinamarca , Francia, Alemania, Islandia , Irlanda, Italia, Luxemburgo , Malta , Noruega , Polonia , Rumania , Rusia, Eslovenia , España, Sri Lanka , Suecia , Turquía y Uganda no reconocen la jurisdicción del CDH para considerar quejas que ya han sido considerados en otro procedimiento de denuncia internacional. [1]

Alemania y Turquía no reconocen la jurisdicción del CDH para conocer de denuncias derivadas del artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que cubre la discriminación y la igualdad ante la ley, excepto en la medida en que se relacionen con derechos expresamente afirmados en el Pacto. [1]

Guyana y Trinidad y Tobago no reconocen la jurisdicción del CDH para escuchar denuncias relacionadas con el uso de la pena de muerte. [1]

Venezuela no reconoce la competencia del CDH para conocer de denuncias sobre juicios in absentia por delitos contra la república. [1]

Decisiones [ editar ]

  • Toonen c. Australia (1994) - sostuvo que la orientación sexual estaba incluida en las disposiciones contra la discriminación del tratado como un estado protegido.
  • Waldman v. Canadá (1999) - discriminación religiosa en la financiación escolar.
  • Diergaardt c. Namibia (2000) - discriminación lingüística en la comunicación con las autoridades.
  • Ignatāne c. Letonia (2001): forma no objetiva de evaluar las competencias lingüísticas oficiales de un candidato en las elecciones.

Ver también [ editar ]

  • Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
  • Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
  • Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones
  • Protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  • Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Referencias [ editar ]

  1. ^ a b c d e f g "Colección de tratados de la ONU, estado del primer protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos" . ACNUDH . Consultado el 14 de octubre de 2011 .
  2. ^ OP1-ICCPR, artículo 1.
  3. ^ OP1-ICCPR, artículos 2 y 3.
  4. ^ OP1-ICCPR, artículo 4.
  5. ^ OP1-ICCPR, artículo 5.
  6. ^ Párrafo 4, "Comentario general 33 del CDH: Obligaciones de los Estados Partes en virtud del Protocolo Facultativo" (PDF) . ONU HRC. 5 de noviembre de 2008 . Consultado el 22 de diciembre de 2008 .
  7. ^ Comentario general 33 del CDH , párrafos 13-14.
  8. ^ OP1-ICCPR, artículo 9.

Enlaces externos [ editar ]

  • Texto del Protocolo Facultativo
  • Lista de partidos
  • Comité de Derechos Humanos , órgano de seguimiento del Protocolo.