El formulario I-539, Solicitud para extender / cambiar el estatus de no inmigrante es uno de los formularios emitidos por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos . Lo utilizan las personas que se encuentran actualmente en los Estados Unidos en un estado de no inmigrante para cambiar la clasificación de su estado y / o extender su estadía con su estado actual. Tanto el estado actual como el estado al que se busca la transición deben ser estados de visa de no inmigrante. [1]
El formulario correspondiente utilizado para el ajuste de estatus al de residente permanente legal es el formulario I-485. Sin embargo, mientras que el Formulario I-485 siempre es necesario para ajustar el estatus dentro de los Estados Unidos al de Residente Permanente Legal desde un estatus de no inmigrante, el Formulario I-539 solo es necesario para algunos tipos de transiciones o extensiones de estadía. [2] [3]
Prórroga de estancia
Estados actuales ampliables
Para los siguientes estados actuales, cualquier extensión de estadía más allá de la especificada en el Formulario I-94 requiere la presentación del Formulario I-539: [2]
- Una visa : embajadores, ministros públicos, diplomáticos de carrera o funcionarios consulares y sus familiares inmediatos.
- Visa A-3: asistentes, sirvientes y empleados personales de los titulares de la visa A y sus familiares inmediatos
- Visa B (B-1 / B-2 son las visas de negocios y turismo)
- Dependientes de CW-1
- Dependientes de visa E
- Visa F (solo el caso de la escuela secundaria pública) y sus dependientes
- GRAMO
- G-5
- Dependientes H
- K-3 (prometido (a) de ciudadano estadounidense) e hijos menores
- K-4 (cónyuge de ciudadano estadounidense) e hijos menores
- Dependientes L (transferidos intracompañía)
- M (estudiantes de formación profesional) y sus dependientes. Tenga en cuenta que esto incluye a aquellos que solicitan capacitación práctica opcional posterior a la finalización.
- N (padres e hijos de ciertos inmigrantes especiales)
- OTAN-7: asistentes, sirvientes, empleados personales de representantes, funcionarios, empleados y familiares inmediatos de la OTAN
- O (extraterrestres con habilidades extraordinarias) dependientes
- Dependientes de P (deportistas y animadores)
- Dependientes de R (trabajador religioso)
- Dependientes TD de titulares de visas TN
Estados actuales no prorrogables
Para las siguientes categorías, no es posible cambiar el estado mientras se encuentra en los Estados Unidos o extender la estadía más allá de lo especificado en el Formulario I-94 :
- C (extranjero en tránsito)
- D (tripulante)
- K-1 o K-2 (prometido (a) o dependiente de prometido (a))
- K-3 o K-4 (ciertos esposos y esposas de ciudadanos estadounidenses y sus hijos dependientes)
- S (testigo o informante)
- TWOV (Tránsito sin Visa)
- WT o WB (participantes bajo el Programa de exención de visa )
La más significativa numéricamente de estas categorías no elegibles son los participantes en el Programa de exención de visa . No pueden usar el Formulario I-539 excepto en circunstancias excepcionales. [1] Por lo tanto, la gente incluso de países VWP-elegibles que creen que podrían necesitar extender su estancia o cambiar su estado debe obtener visas B .
Para las siguientes categorías, existen restricciones con respecto a la capacidad de una persona para solicitar un cambio en su estado de no inmigrante:
- Visa J-1 (visitante de intercambio sujeto al requisito de residencia en el extranjero de 2 años)
- Visa M-1 (estudiante vocacional, no puede hacer la transición a F-1 o cualquier visa H para la que se entrenó)
Excepción de estudiante universitario
Para estudiantes con visa F (en instituciones postsecundarias) y sus dependientes, si el Formulario I-94 (o cualquier actualización de un Formulario I-539 presentado anteriormente) especifica "Duración del estatus" (abreviado "D / S" ) como la fecha de vencimiento, simplemente se necesita extender la autorización subyacente. [3]
Explícitamente, la oficina internacional de su institución debe emitir al estudiante un Formulario I-20 actualizado , con una nueva fecha de vencimiento. No es necesario presentar el Formulario I-539. Tenga en cuenta que esto solo funciona si el nuevo Formulario I-20 se emite antes de la fecha de vencimiento del antiguo Formulario I-20. Incluso si se transfiere a una institución educativa diferente, no es necesario presentar el Formulario I-539. En general, la responsabilidad de mantener actualizada la información del estudiante recae en el Oficial Escolar Designado en la institución, quien actúa como intermediario entre el estudiante y la burocracia gubernamental. Todos los requisitos de informes impuestos a los estudiantes son para el DSO y no directamente para el USCIS o el DHS. [4]
Además, quienes soliciten Capacitación Práctica Opcional deben obtener primero un nuevo Formulario I-20 que indique la aprobación de su institución para el OPT, y luego obtener un Documento de Autorización de Empleo del USCIS mediante la presentación del Formulario I-765.
Estudiantes M que entraron por una duración fija o curso de estudio, así como los estudiantes F que no recibieron "D / S", como su fecha de vencimiento (esto incluye a todos aquellos que están estudiando en el nivel K-12) hacen necesidad de archivo Formulario I-539 para extender el estatus o transferirlo a otra institución. [5]
Cambio de estado
A un trabajador temporal no inmigrante
Cualquier cambio de estatus a un estatus de trabajador no inmigrante temporal debe realizarse presentando el Formulario I-129 . El Formulario I-539 no es necesario para lograr este cambio de estatus. Por lo tanto, por ejemplo, si intenta hacer la transición del estado F al estado H-1B, solo debe presentar el Formulario I-129 y no el Formulario I-539. [3] De manera similar, el Formulario I-129 debe presentarse al realizar la transición de un estado de trabajador no inmigrante temporal a otro. Dado que los estados de los trabajadores no inmigrantes temporales están vinculados a trabajos específicos, se debe presentar un nuevo Formulario I-129 incluso cuando se cambia a un nuevo empleador con el mismo tipo de estado.
Al dependiente de un trabajador temporal no inmigrante
Al cambiar de estado a dependiente de un trabajador no inmigrante temporal, se debe presentar el Formulario I-539. Un ejemplo es un cambio de estatus de estudiante a estatus H-4 , el estatus para dependientes de personas con otras visas H. [3] Se puede presentar un solo Formulario I-539 para todos los dependientes (como el cónyuge e hijos) del beneficiario del Formulario I-129. [1]
A un estudiante
Aquellos que quieran hacer la transición a un estado de estudiante o académico o dependiente (como F, J o M) primero deben obtener la autorización correspondiente de la institución (como el Formulario I-20 para el estado F y el Formulario DS-2019 para el estado J ) y luego utilícelo para presentar el Formulario I-539. [3] Si se transfiere a la condición de estudiante usando el Formulario I-539, primero es necesario pagar la misma tarifa SEVIS que los solicitantes de fuera de los Estados Unidos deben pagar para solicitar su visa. [5]
Hasta que se apruebe el Formulario I-539, la persona no tiene oficialmente la condición de estudiante y no puede comenzar las clases. [6] [7] Esto también se aplica a las personas que pasan del estado F-2 al estado F-1. [7]
El proceso generalmente toma de 3 a 6 meses, lo que puede ser considerablemente más largo que viajar fuera de los Estados Unidos y obtener una nueva visa. [8]
Para aquellos que ingresaron a los Estados Unidos con una visa B , tener una anotación en la visa que indique que el participante es un "posible estudiante" es generalmente un requisito previo para que se acepte la solicitud del Formulario I-539. [7]
En general, el USCIS no aprueba la transición al estado de estudiante con una fecha de inicio de más de 30 días antes de la fecha de inicio del programa. Por lo tanto, es probable que las solicitudes en las que el estado actual del solicitante expire más de 30 días antes de la fecha de inicio de su programa sean rechazadas. [1]
Detalles de presentación
Modalidades
Papel
El formulario I-539 siempre se puede enviar en papel. El formulario está disponible para descargar desde el sitio web de USCIS. [9] La dirección de presentación depende del tipo de cambio de estado o extensión que solicita el solicitante. Las posibles direcciones de presentación incluyen instalaciones de caja fuerte, centros de servicio y (en el caso de estatus diplomáticos) organismos internacionales apropiados.
Electrónico
El Formulario I-539 se puede presentar electrónicamente utilizando el Sistema de Información Electrónico (ELIS) para algunas categorías. Una sola cuenta ELIS creada por una persona se puede utilizar para la presentación repetida del Formulario I-539 para la extensión de la estadía o el cambio de estado. [2] [3]
Documentos de respaldo
El Formulario I-539 generalmente no se presenta de forma aislada; debe estar respaldado por dos tipos de pruebas. [1]
- El primer conjunto de pruebas establece la buena reputación del solicitante con la ley de inmigración hasta el momento: el solicitante ingresó con una visa válida basada en una autorización válida y tiene un Formulario I-94 válido.
- El segundo conjunto de pruebas depende de si el solicitante solicita una extensión de estadía o un cambio de estado:
- En el caso de una extensión de la estadía, el solicitante debe demostrar que puede financiar el resto de su estadía, y también planea partir una vez finalizada la estadía prolongada.
- En el caso de cambio de estatus, el solicitante debe demostrar elegibilidad para el nuevo estatus. Por ejemplo, si pasa al estado de visa F , el solicitante debe incluir una copia del Formulario I-20 . En general, al solicitar un cambio de estatus, el conjunto de pruebas presentadas debe ser similar a las que se necesitarían si solicita una visa con el nuevo estatus. El solicitante también debe demostrar que la fecha más temprana en la que puede comenzar en el nuevo estado es antes de la fecha de vencimiento en el Formulario I-94 para el estado actual.
Tarifa
En la mayoría de los casos, la tarifa de presentación es de $ 370, sin tarifas adicionales. [9] Hay algunas excepciones:
- Para los no inmigrantes V y la concesión de estatus inicial de CNMI, hay una tarifa biométrica adicional de $ 85.
- Para las extensiones A y G, no hay tarifa de presentación.
Relación con el Formulario I-94 y el cronograma de aprobación
Fecha de caducidad
Las personas que no son ciudadanos de los Estados Unidos o residentes permanentes legales, cuando ingresan a los Estados Unidos en un puerto de entrada designado con una visa válida, reciben un Formulario I-94 (aquellos que ingresan usando el VWP reciben un Formulario I-94W , pero no son elegibles para presentar el Formulario I-539). Este formulario contiene una entrada para la fecha de vencimiento. Hay dos formas de ingresar la fecha de vencimiento:
- Una fecha real. En este caso, la estadía del solicitante en los Estados Unidos es válida si el estado en el que ingresó el solicitante sigue siendo válido y la fecha de vencimiento aún no ha pasado. Si se viola alguna de las condiciones, la estadía del solicitante en los Estados Unidos no está autorizada.
- "D / S" o "EOS" que indica que el I-94 no impone ninguna restricción a la validez de la estadía de la persona, de modo que la persona puede permanecer mientras esté autorizado.
La Sección 3 del Formulario I-539 le da al solicitante la oportunidad de especificar una nueva fecha de finalización solicitada (en 1.a.) o solicitar o indicar que ya se le ha otorgado D / S. La fecha de finalización del Formulario I-539 aprobado (ya sea una fecha real o D / S) anula lo que estaba en el Formulario I-94.
Cronograma de presentación
Es importante asegurarse de que la solicitud del Formulario I-539 se envíe (e idealmente, que esté aprobada) antes de la fecha de vencimiento del Formulario I-94. [1] El USCIS recomienda presentar el Formulario I-539 al menos 45 días antes de la fecha de vencimiento del Formulario I-94. [2] Es probable que las presentaciones tardías den lugar a la denegación. [10]
Sin el Formulario I-94
En el caso de que el solicitante no tenga un Formulario I-94 (ya sea un formulario en papel o un formulario electrónico que pueda imprimir), el solicitante debe comunicarse con su Sitio de Inspección Diferida más cercano administrado por la Oficina de Aduanas y Fronteras de EE. UU. Protección , con el fin de obtener prueba de entrada legal a los Estados Unidos. [11]
Después de la expiración
El USCIS dice que si no ha tomado una decisión sobre el Formulario I-539 antes de la fecha de vencimiento del Formulario I-94, el solicitante ya no está en estado autorizado. Sin embargo, es poco probable que se inicien procedimientos de deportación contra el solicitante y, de ser así, el Formulario I-539 pendiente se puede utilizar como factor atenuante contra la deportación. Además, a pesar de no encontrarse en un estatus legal, el solicitante no acumula "presencia ilegal" a efectos de inadmisibilidad en los Estados Unidos. Una vez que se aprueba la solicitud, la aprobación legaliza retroactivamente el tiempo que pasa el solicitante en los Estados Unidos después de la expiración del Formulario I-94 original. Si se rechaza la solicitud, el solicitante debe salir inmediatamente de los Estados Unidos (si se rechaza antes de la fecha de vencimiento, el solicitante tiene hasta la fecha de vencimiento del Formulario I-94 para partir). [2]
Después de la aprobación
Una vez que se aprueba el Formulario I-539, el solicitante está en condiciones de extender la estadía o la transición al nuevo estado (desde la fecha de inicio indicada en el Formulario I-539). Hasta que reciba la aprobación, el solicitante no puede participar en ninguna actividad que requiera estar en el nuevo estado. [2]
Efecto sobre la visa
Como regla general, el Formulario I-539 no extiende la validez de las visas existentes. Por el contrario, un cambio de estatus logrado a través del Formulario I-539 puede invalidar la visa existente.
En caso de prolongación de la estadía
El Formulario I-539 se puede usar para extender la estadía en el mismo estado que uno tiene actualmente. Esta extensión de estadía no cambia los términos de la visa de entrada. En particular, no cambia si la visa era una visa de entrada única o una visa de entradas múltiples, ni cambia el período de validez (es decir, la fecha de vencimiento) de la visa.
En caso de cambio de estatus
Cuando el Formulario I-539 se utiliza para cambiar el estado, invalida cualquier visa obtenida que estuviera asociada con el estado anterior del solicitante. Por lo tanto, cada vez que el solicitante viaja fuera de los Estados Unidos, se requiere que obtenga una nueva visa para volver a ingresar a los Estados Unidos.
Revalidación automática de visa
Si el nuevo estatus del solicitante es una categoría elegible para la revalidación automática de visa , entonces, después de realizar la transición con éxito al nuevo estatus, él o ella puede usar la revalidación automática de visa para viajar a México, Canadá o (para algunos estados) las islas del Caribe y regresar en menos de 30 días. En lugar de la "visa", lo que se revalida es el cambio de estatus y, por lo tanto, en lugar de la visa, el solicitante debe llevar el Aviso de aprobación del Formulario I-797 además de toda la demás documentación de respaldo. En particular, no importa si el solicitante nunca ha obtenido una visa para el nuevo estatus, ni importa si el estatus anterior para el cual el solicitante tenía una visa no permitió la revalidación automática de la visa. [12]
Referencias
- ^ a b c d e f "Instrucciones para la solicitud para extender / cambiar el estatus de no inmigrante" (PDF) . USCIS . Servicios de ciudadanía e inmigración de EE. UU. 23 de diciembre de 2016 . Consultado el 6 de marzo de 2018 .
- ^ a b c d e f "Soy un no inmigrante. ¿Cómo puedo extender mi estadía de no inmigrante en los Estados Unidos?" (PDF) . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ a b c d e f "Soy un no inmigrante. ¿Cómo cambio a otro estatus de no inmigrante?" (PDF) . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ "Requisitos de informes de SEVIS para funcionarios escolares designados" . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ a b "¿Qué es el Formulario I-539?" . Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU . 18 de junio de 2013 . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ "Método 2: Formulario I-539" . William & Mary College . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ a b c "Cambio de estado de no inmigrante a estado F-1" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 6 de septiembre de 2015 . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ "Cambio de estatus de no inmigrante" . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ a b "I-539, Solicitud para extender / cambiar el estatus de no inmigrante" . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos . Consultado el 1 de febrero de 2016 .
- ^ "Guía de referencia de servicio al cliente: servicios para no inmigrantes" (PDF) . USCIS . Servicios de ciudadanía e inmigración de EE. UU . Consultado el 6 de marzo de 2018 .
- ^ "Quiero extender o cambiar mi estatus de no inmigrante, pero no me dieron un I-94" . Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU . Consultado el 13 de junio de 2020 .
- ^ "Revalidación automática de visado" . Virginia Tech. Archivado desde el original el 22 de mayo de 2016 . Consultado el 9 de febrero de 2016 .