El Formulario I-20 (también conocido como Certificado de Elegibilidad para el Estado de Estudiante No Inmigrante (F-1) - Para Estudiantes Académicos y de Idiomas) es un Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos , específicamente ICE y el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) , documento emitido por escuelas certificadas por SEVP ( colegios , universidades y escuelas vocacionales ) que proporciona información de respaldo sobre el estado F o M de un estudiante. [1] [2] Desde la introducción del Sistema de Información para Visitantes de Intercambio y Estudiantes (SEVIS) administrado por SEVP, el formulario también incluye el número de seguimiento del estudiante ( SEVISNúmero de identificación) y código de la escuela. El Formulario I-20 es solo para estados F-1, F-2, M-1 y M-2. Los titulares de estatus J-1 y J-2 tienen un Formulario DS-2019 equivalente que es emitido por un programa de visitantes de intercambio J designado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos .
El I-20 se actualizó a partir de junio de 2015, con todos los nuevos I-20 emitidos utilizando el nuevo formato a partir del 26 de junio de 2015, y el nuevo I-20 necesario para todos los estudiantes que buscan ingresar o reingresar a partir de julio de 2016. La razón principal para la actualización del formulario fue la estandarización de nombres en SEVIS. Los cambios incluyen: [3]
El nuevo Formulario I-20 tiene tres páginas. Cada dependiente recibe tres páginas adicionales, con el mismo formato. [4]
La página 1 contiene lo siguiente:
La página 2 contiene lo siguiente (esta es información que apareció en la página 3 en el I-20 anterior):
En el caso de historias largas de eventos, la página 2 podría extenderse a varias páginas.
La página 3 contiene instrucciones.
El Formulario I-20 utilizado hasta junio de 2015 tiene tres páginas, de las cuales la segunda página era una página de instrucciones, de modo que solo la primera y la tercera página contenían información específica del registro SEVIS del estudiante. [5]
La página 1 contiene lo siguiente:
La página 3 incluye lo siguiente:
Se puede incluir una página 4 adicional para obtener información sobre los dependientes del estudiante, si los hubiera.
El Formulario I-20 es emitido por un Oficial Escolar Designado (DSO) en la institución (colegio, universidad o escuela vocacional). Solo las instituciones que están certificadas por SEVP pueden emitir los Formularios I-20. Una institución puede adquirir la certificación SEVP presentando el Formulario I-17 ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (Este es un proceso de una sola vez). [6] Tenga en cuenta que una institución puede obtener la certificación SEVP a pesar de no tener acreditación nacional o regional. [2] Por el contrario, una institución puede tener acreditación nacional o regional, pero puede haber optado por no obtener la certificación SEVP si no tiene la intención de admitir estudiantes internacionales en el estado F, J o M.
Una gran universidad suele tener una oficina internacional que gestiona su participación en la SEVP, y todos los DSO trabajan para esta oficina. La oficina internacional gestiona las actualizaciones del registro SEVIS y la emisión de un nuevo Formulario I-20 en papel. Los estudiantes que tengan algún cambio en sus planes (como la fecha de finalización del programa, la carga del curso, la licencia, el regreso de la licencia) deben comunicar estos cambios con su oficina internacional.
En el momento en que se emite el primer Formulario I-20 al estudiante (después de aceptar la oferta de admisión de la institución), se crea un registro para el estudiante en el Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). En cualquier momento, la responsabilidad de mantener actualizado el registro SEVIS del estudiante recae en la institución certificada por SEVP en la que el estudiante está actualmente inscrito. Si el estudiante se transfiere a otra institución certificada por SEVP, la responsabilidad de actualizar el registro SEVIS ahora recae sobre la nueva institución. [7]
El Formulario I-20 se puede considerar como una representación en papel de la información SEVIS más actualizada registrada para la inscripción actual del estudiante. Siempre que hay cambios sustanciales en la información, el registro SEVIS se actualiza y la institución emite un nuevo Formulario I-20 al estudiante con la información actualizada. El estudiante debe usar el Formulario I-20 más actualizado cuando demuestre su condición de estudiante. [8]
Una vez que el estudiante potencial ha aceptado la oferta de admisión de la institución, la institución emite un Formulario I-20 al estudiante. [1] [2]
Además de la información biográfica sobre el estudiante (incluido el nombre del estudiante, fecha de nacimiento, ciudadanía, etc.), hay dos piezas principales de información que deben ingresarse en el registro SEVIS del estudiante y en el Formulario I-20 inicial.
Cada oficina internacional puede seguir sus propias reglas o pautas con respecto al tipo de documentación que solicita al estudiante oa otros departamentos para poder emitir el I-20. La jerga utilizada para esta documentación también variará según la institución. Por ejemplo, la Universidad de Chicago y la Universidad de Michigan utilizan el término "Declaración de recursos financieros" para la declaración que los estudiantes deben presentar con respecto a cómo cubrirán sus gastos, [9] [10] mientras que la Universidad de Illinois en Urbana –Champaign usa el término "Declaración y Certificación de Finanzas para la Solicitud I-20 / DS-2019". [11]
Después de recibir información del estudiante y la institución con respecto a la duración del programa y la fecha de finalización, la oficina internacional crea el registro SEVIS del estudiante, obtiene un número SEVIS para el estudiante y emite un Formulario I-20. Se puede enviar una copia física del formulario al estudiante en el extranjero. En el caso de que el estudiante tenga un registro SEVIS del estado de estudiante anterior, se debe transferir el registro SEVIS existente. [7]
La oficina internacional puede negarse a emitir un Formulario I-20 si el estudiante no puede demostrar cómo planea cubrir los gastos del primer año.
El Formulario I-20 se utiliza en las siguientes etapas de la transición a la condición de estudiante en los Estados Unidos:
Para aquellos que ingresan a los Estados Unidos con estatus de estudiante, la fecha de ingreso a los Estados Unidos se trata como la fecha de inicio para el estudiante que tiene el estatus de estudiante F o M (incluso si esto es antes de la fecha de inicio del programa). Para aquellos que hacen la transición al estado de estudiante desde otro estado, la fecha de transición indicada en el Formulario I-539 se trata como la fecha de inicio.
El Formulario I-20 sirve como evidencia de la legalidad de la presencia actual del estudiante en los Estados Unidos. Tenga en cuenta que una visa válida no es necesaria para tener un estatus de estudiante legal; solo se necesita una visa válida para ingresar o reingresar a los Estados Unidos. [15]
El Formulario I-20 se puede utilizar para demostrar el estado del estudiante al solicitar documentos y beneficios del gobierno de los Estados Unidos, como el Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN) y el Número de Seguro Social . [16] También se requiere demostrar autorización para trabajar para estudiantes en Formación Práctica Curricular . [17]
Siempre que el estudiante vuelva a entrar a los Estados Unidos después de viajar, el estudiante debe tener todos estos en el momento de su llegada al puerto de entrada: [18]
Dado que las firmas de viaje son válidas solo por un año, los estudiantes deben obtener periódicamente firmas de viaje actualizadas en su I-20 de la oficina de estudiantes internacionales. El propósito de este requisito es evitar casos en los que las personas que ya no están inscritas como estudiantes en una institución sigan usando un Formulario I-20 desactualizado para ingresar. En particular, al agregar una nueva firma de viaje al OPT, es responsabilidad de la oficina de estudiantes internacionales para asegurarse de que el estudiante todavía esté inscrito en la institución. En caso de que el Formulario I-20 se quede sin espacio para las firmas de viaje, la oficina internacional puede imprimir un nuevo Formulario I-20 para el estudiante.
En el caso especial de la revalidación automática de visa , en el cual el estudiante regresa a los Estados Unidos después de un viaje a Canadá, México o una isla cercana por un máximo de 30 días, no es necesario tener una visa válida al momento de la revalidación. entrada. Sin embargo, aún es necesario tener un Formulario I-20 válido y una firma de viaje. [19]
En general, siempre que haya cambios en la información del Formulario I-20, se emite un nuevo Formulario I-20. [8] Se aconseja al estudiante que guarde todos los Formularios I-20 históricos para el registro, pero solo la copia más reciente debe usarse para viajar o como prueba del estado actual del estudiante.
Puede suceder que la fecha de finalización real del programa del estudiante sea anterior o posterior a lo que el estudiante esperaba. Es necesario que se emita un nuevo I-20 que refleje la fecha de finalización actual del programa, tanto antes del final real del programa como antes de la fecha de finalización del programa indicada en el Formulario I-20.
Si se abrevia el Formulario I-20, la oficina internacional puede requerir que el estudiante presente evidencia que demuestre que el estudiante tiene suficientes créditos académicos para graduarse antes de tiempo. [20] Si se está ampliando el Formulario I-20, entonces, además de cualquier evidencia del estudiante sobre cambios en los planes académicos, la oficina internacional también necesita una declaración actualizada de recursos financieros para que el nuevo I-20 cubra hasta un año de la extensión I-20.
Después de que se realiza el cambio a la fecha de finalización del programa en el registro SEVIS del estudiante, se le entrega al estudiante el nuevo Formulario I-20.
Es importante tener en cuenta que la fecha de finalización del programa en el Formulario I-20 no tiene por qué coincidir con la fecha de graduación. Más bien, es la fecha de finalización de la inscripción del estudiante en los cursos. No es posible extender la fecha de finalización del programa simplemente para poder quedarse hasta la ceremonia de graduación. Si la ceremonia de graduación cae fuera del período de gracia de 60 días para completar el trabajo del curso, entonces el estudiante debe encontrar alguna otra forma de estar presente legalmente para ello (por ejemplo, permaneciendo en la Capacitación Práctica Opcional u obteniendo una visa B para el ceremonia de graduación). [20]
Los siguientes son algunos otros tipos de actualizaciones importantes del registro SEVIS del estudiante que requieren cambios en el Formulario I-20. En todos los casos, el estudiante debe comunicarse con la oficina internacional de antemano y tener un nuevo I-20 emitido con anticipación: [21]