Henderson contra Merrett Syndicates Ltd


Henderson v Merrett Syndicates Ltd [1994] UKHL 5 fue un caso histórico de la Cámara de los Lores . Estableció la posibilidad de la responsabilidad concurrente tanto en el agravio como en el contrato .

Lloyd's of London , un mercado de seguros, está organizado en sindicatos: grupos que comparten el negocio, el riesgo y la recompensa de suscribir pólizas de seguro y proyectos similares. El sindicato actúa como un mercado que ofrece seguros por un lado y oportunidades de inversión por el otro. El negocio activo de un sindicato está a cargo de agentes de suscripción . La responsabilidad de un inversor (conocido como "nombre") es ilimitada : los nombres comparten las ganancias pero también están expuestos a una responsabilidad ilimitada en caso de pérdidas.

En el presente caso, los huracanes en Estados Unidos habían provocado pérdidas sin precedentes para las aseguradoras. Después de los huracanes, Lloyd's pidió a los inversores que cubrieran su parte de estas pérdidas. Siguió un litigio en el que los nombres demandaron a las personas que dirigían los agentes de suscripción por gestión negligente del fondo de inversión. El Sr. Henderson era uno de los nombres y Merrett Syndicates Ltd era uno de los agentes de suscripción.

Se aceptó que los agentes aseguradores tenían el deber de ejercer el debido cuidado y habilidad (ver, por ejemplo, s 13 Supply of Goods and Services Act 1982 ). La cuestión era si los agentes podían ser responsables ante los inversores indirectos (los nombres detrás del sindicato que había formado otro sindicato). El problema era que había una relación contractual entre los administradores principales del sindicato y sus miembros directos, pero no necesariamente una relación contractual entre los administradores principales del sindicato y los miembros del subsindicato. Esto llevó a la pregunta de si un deber podría surgir en responsabilidad extracontractual, planteando la cuestión de la " asunción de responsabilidad "..

Se sostuvo que Merrett Syndicates era responsable ante ambos tipos de accionistas, ya que había suficiente previsibilidad para extender la responsabilidad por pérdidas económicas puras a terceros "no próximos". Sin embargo, la mayor importancia aquí fue la concesión de reclamaciones tanto en el contrato como en el agravio, lo que desdibujó la división entre los dos. Algunos de los nombres de las primeras partes reclaman en responsabilidad extracontractual superar el límite de tres años en los que se debe ejercitar una acción en el contrato. Al permitir tal acción, la Cámara de los Lores anuló expresamente el fallo de Lord Scarman en Tai Hing Cotton Mill Ltd contra Liu Chong Hing Bank Ltd.[1986], en el cual se sostuvo que: “nada es ventajoso para el desarrollo del derecho buscar una responsabilidad extracontractual cuando las partes se encuentran en una relación contractual”. La concesión de acciones concurrentes fue inmensamente controvertida, ya que iba en contra de la ortodoxia legal.