Lex loci protectionis (latín: "[la] ley del lugar donde se [reclama] la protección") es unaregla de elección de ley aplicada a casos relacionados con la infracción de derechos de propiedad intelectual (PI), como derechos de autor o patentes .
Establece que la ley que se aplica a tales casos es la ley del locus protectionis , es decir, la ley del país para el cual se reclama la protección legal de la propiedad intelectual. [1] En consecuencia, no se aplica la ley del país donde se creó o registró la propiedad intelectual.
Lex loci protectionis se acepta generalmente como la norma jurídica de elección predominante para los derechos de propiedad intelectual, al menos en lo que respecta a la existencia, validez, alcance y duración de los derechos. [1] El artículo 8 (1) de la Unión Europea 's Reglamento Roma II codifica como sigue:
La ley aplicable a una obligación extracontractual derivada de una infracción de un derecho de propiedad intelectual será la ley del país para el que se reclama la protección.
Ver también
Referencias
- ↑ a b Rosen, enero (2012). Individualismo y Colectividad en el Derecho de la Propiedad Intelectual . Edward Elgar Publishing. pag. 57. ISBN 9780857938978.