Título largo | Una ley para enmendar la ley con respecto a la constitución y extensión de los distritos del condado, y para enmendar la Ley (Ajustes) de Gobierno Local de 1913. |
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Citación | 16 y 17 Geo. 5 c.38 |
Extensión territorial | Inglaterra y Gales |
fechas | |
Asentimiento real | 15 de diciembre de 1926 |
Otra legislación | |
Derogado por | Ley de gobierno local de 1929 |
Estado: derogado |
La Ley de Gobierno Local (Municipios y Ajustes del Condado) de 1926 ( 16 y 17 Geo. 5 c.38) fue una Ley del Parlamento del Reino Unido que enmendó la Ley de Gobierno Local de 1888 , cambiando el proceso por el cual los distritos del condado podían ser creado o ampliado.
La Ley respondió a los problemas causados por el hecho de que un número creciente de distritos municipales estaban ganando el estatus de distrito de condado tan pronto como alcanzaban la población requerida de 50.000 habitantes. Esto estaba provocando la pérdida de territorio por parte de los condados administrativos . La consiguiente pérdida de población y base tarifaria afectó a las finanzas de los consejos provinciales .
El 16 de febrero de 1923, se nombró una Comisión Real bajo la presidencia del Conde de Onslow para "investigar la ley y el procedimiento existentes relacionados con las extensiones de los distritos del condado y la creación de nuevos distritos del condado en Inglaterra y Gales, y el efecto tales ampliaciones o creaciones sobre la administración de los Consejos de Condados y de Municipios, Distritos Urbanos y Distritos Rurales no Comarcales; para investigar las relaciones entre estas diversas autoridades locales; y en general para hacer recomendaciones en cuanto a su constitución, áreas y funciones " . [1]
La comisión publicó su primer informe en 1925, y entre sus recomendaciones estaban las siguientes:
La Ley de 1926 implementó la mayoría de las recomendaciones de la comisión al realizar los siguientes cambios:
La última ciudad del condado constituida en virtud de la Ley de 1888 fue Doncaster , con una población de aproximadamente 60.000 habitantes, en 1927. No se creó otra ciudad del condado hasta 1964.
Las disposiciones de la ley se incorporaron más tarde en la Ley de gobierno local de 1933 . El límite de población para los distritos del condado se elevó a 100.000 por la Ley de Gobierno Local de 1958 .