El alcalde de Madrid preside el Ayuntamiento de Madrid , el órgano de gobierno de la capital de España . El alcalde tiene el deber de impulsar las políticas locales, dirige la acción de los demás órganos ejecutivos, dirige la Administración Ejecutiva Local y rinde cuentas al Pleno de su gestión política. [2]
Alcalde de Madrid Alcalde de Madrid | |
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Ayuntamiento de Madrid | |
Estilo | El más excelente |
Nombrador | Plenario |
Duración del término | Cuatro años; sin límite. |
Formación | siglo 14 |
Diputado | Teniente Alcalde (Teniente de Alcalde) |
Salario | 106.130,52 € (2019) [1] |
Como jefe de gobierno, el alcalde dirige la Junta de Gobierno y nombra a sus miembros. Al alcalde también se le encomienda la presidencia de los Plenos, aunque esta responsabilidad puede delegarse en otro concejal.
El cargo de alcalde tiene carácter local y no debe confundirse con el presidente de la Comunidad de Madrid , líder del gobierno regional.
Historia
Inicialmente Alcaldes de Madrid tuvo el cargo de ' Corregidor ' cuando se instituyó por primera vez en el Reino de Castilla por Enrique III en 1393 y más tarde formalizado por el Reyes Católicos - Fernando II y de Isabel I -en 1480. [3] El Alcalde de Madrid reportado directamente al presidente del Consejo del Reino de Castilla , y tenía jurisdicción sobre todas las partes del distrito de Madrid , que incluía no solo la ciudad, sino también 36 aldeas vecinas. [4] En 1746, Fernando VI de España abolió el cargo, nombrando un gobernador político y militar en su lugar, pero al año siguiente revirtió esta reforma.
Con la división territorial de España en 1833 el cargo de Corregidor fue reemplazado por el cargo de Alcalde, ha continuado hasta la actualidad salvo dos períodos: durante la dictadura de Primo de Rivera (1920-1930) y después de la Segunda República Española , que suspendió los municipios en España (1934-1936), cuando los gobiernos locales crearon comités de gestión a tal efecto. El alcalde de Madrid, al igual que el de Barcelona, tiene derecho a disfrutar de privilegios de tercer rango político.
Impuestos y poderes
El alcalde tiene la responsabilidad de dirigir el gobierno local y la administración local; representar al Ayuntamiento; convocar y presidir las sesiones del Pleno; gestionar, fiscalizar y potenciar los servicios locales y las obras públicas; dictar regulaciones; ejecutar el presupuesto local; encabezar el servicio civil y contratar, despedir o sancionar al personal a su servicio; jefe de la Policía de Madrid ; liderar la planificación urbana; ejercer todas las acciones judiciales para defender los intereses del Ayuntamiento; y adoptar todas las medidas necesarias en caso de catástrofe. [5]
Elección
El sistema de elección de alcaldes es común a todo el país. Los ciudadanos votan en las asambleas o concejos locales en base al sufragio universal , siendo todos los nacionales mayores de dieciocho años, inscritos en el municipio correspondiente y en pleno goce de todos los derechos políticos con derecho a voto. El alcalde es elegido a su vez por el Pleno, con una cláusula legal que establece que el candidato del partido más votado será elegido automáticamente para el cargo en caso de que ningún otro candidato obtenga la mayoría absoluta de votos. [6]
Cesación
Al igual que en los gobiernos autonómicos o estatales, el alcalde puede ser destituido mediante un voto de censura aprobado por la mayoría del pleno. Esta moción necesariamente debe proponer un candidato alternativo, siendo un voto de censura constructivo . A diferencia de los gobiernos mencionados anteriormente, las asambleas locales tienen el límite de un voto de censura por mandato. [6]
El propio alcalde también puede proponer un voto de confianza para que sea votado en el pleno para aprobar los estatutos o el presupuesto relevantes y si el alcalde no logra superar la moción, cesará automáticamente. El alcalde no puede proponer más de un voto de confianza por año y este tipo de mociones no se pueden proponer en el último año del cuatrimestre. [6]
Los casos generales de cese son muerte, incapacidad o renuncia.
Alcaldes adjuntos
El alcalde tiene la facultad de nombrar, entre los consejeros que forman parte de la rama ejecutiva, vicealcaldes ( Tenientes de Alcalde ). Las funciones de los alcaldes adjuntos son reemplazar al alcalde en caso de vacante, ausencia o enfermedad. [2]
Casa matriz
Ver también
Referencias
- ^ "Retribución de la alcaldesa y de los concejales del ayuntamiento de Madrid" [Salario del alcalde] (PDF) . Transpariencia (en español). Ayuntamiento de Madrid . El 1 de abril de 2019 . Consultado el 1 de octubre de 2019 .
- ^ a b R., Juan Carlos (4 de julio de 2006). Rodríguez Zapatero, José Luis (ed.). "Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid" [Ley de Estatuto de Capital y Régimen Especial de Madrid de 2006]. boe.es (en español). Jefatura del Estado (159) . Consultado el 16 de junio de 2019 .
- ^ de Mesonero Romanos, D. Ramón. "Catálogo de los corregidores de Madrid" . El antiguo Madrid: paseos históricos-anedócticos por las calles y casas de esta villa . 2 . Instituto Cervantes . Consultado el 29 de mayo de 2013 .
- ^ Fernández Montes, Matilde (1996). "Etnología de las Comunidades Autónomas MADRID" (PDF ). Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). hdl : 10261/10662 . ISBN 84-87111-54-8. Consultado el 29 de mayo de 2013 . Cite journal requiere
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( ayuda ) - ^ R., Juan Carlos (3 de abril de 1985). González Márquez, Felipe (ed.). "Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local" [Ley de Bases del Régimen Local de 1985]. boe.es (en español). Jefatura del Estado (80) . Consultado el 16 de junio de 2019 .
- ^ a b c R., Juan Carlos (20 de junio de 1985). González Márquez, Felipe (ed.). "Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General" [ Ley Orgánica del Régimen General Electoral de 1985]. boe.es (en español). Jefatura del Estado (147) . Consultado el 16 de junio de 2019 .
enlaces externos
- Página web oficial