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Obsequium religiosum es una frase latina que significa sumisión religiosa o asentimiento religioso, particularmente en la teología de la Iglesia Católica .

Concilio Vaticano II [ editar ]

El término latino se utiliza en el documento original latino Lumen gentium del Concilio Vaticano II sobre el deber de los fieles de dar obsequium religiosum (en latín, "sumisión religiosa") de voluntad e intelecto a ciertas enseñanzas del Magisterio de la Iglesia. El Magisterio es una referencia al cuerpo docente autorizado de la Iglesia Católica Romana.

La frase aparece en Lumen gentium 25a en el siguiente contexto, aquí traducida como "asentimiento religioso" y "sumisión religiosa":

Los obispos, que enseñan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica. En materia de fe y moral, los obispos hablan en nombre de Cristo y los fieles deben aceptar su enseñanza y adherirse a ella con un asentimiento religioso. Esta sumisión religiosa de espíritu y voluntad debe manifestarse de manera especial al auténtico magisterio del Romano Pontífice, incluso cuando no hable ex cathedra; es decir, debe demostrarse de tal manera que su magisterio supremo sea reconocido con reverencia, los juicios hechos por él sean atendidos sinceramente, según su mente y voluntad manifiesta. Su mente y voluntad en el asunto pueden ser conocidas por el carácter de los documentos, por su frecuente repetición de la misma doctrina o por su manera de hablar.

Las enseñanzas magisteriales de la Iglesia Católica se clasifican según una "jerarquía de verdades". Cuanto más esencialmente vinculada está una "verdad" propuesta al misterio de Cristo (la "Verdad"), mayor debe ser el asentimiento de la voluntad a esa verdad. El documento Donum Veritatis [1] enseña lo siguiente sobre esta gradación de asentimiento:

Cuando el Magisterio de la Iglesia hace un pronunciamiento infalible y declara solemnemente que una enseñanza se encuentra en la Revelación, el asentimiento que se pide es el de la fe teológica. Este tipo de adhesión debe darse incluso a la enseñanza del Magisterio ordinario y universal cuando propone a la fe una enseñanza de la fe revelada divinamente.

Cuando el Magisterio propone "de manera definitiva" verdades sobre la fe y la moral que, aunque no reveladas divinamente, están, sin embargo, estricta e íntimamente ligadas a la Revelación, deben aceptarse y sostenerse firmemente.

Cuando el Magisterio, sin tener la intención de actuar "definitivamente", enseña una doctrina para ayudar a una mejor comprensión de la Revelación y hacer explícito su contenido, o para recordar cómo alguna enseñanza está en conformidad con las verdades de la fe, o, finalmente, para protegerse de las ideas que son incompatibles con estas verdades, la respuesta que se pide es la de la sumisión religiosa de la voluntad y el intelecto. Este tipo de respuesta no puede ser simplemente exterior o disciplinar, sino que debe entenderse dentro de la lógica de la fe y bajo el impulso de la obediencia a la fe.

En su siguiente apartado, Donum Veritatis afirma que "algunos juicios del Magisterio podrían estar justificados en el momento en que fueron hechos, ... (pero) sólo el tiempo ha permitido el discernimiento y, tras un estudio más profundo, la consecución de un verdadero progreso doctrinal. ".

El documento, ″ Comentario doctrinal sobre la fórmula final de la Professio fidei[2] (desplácese hacia abajo para encontrar el documento), da una descripción detallada de estas tres "categorías" de verdades y da ejemplos de cada una.

Retención de asentimiento [ editar ]

Donum VeritatisTambién admite que incluso si "no se equivoca habitualmente en sus juicios prudenciales ... algunos documentos magisteriales pueden no estar libres de todas las deficiencias", y se permite la negación del asentimiento para un teólogo "que podría tener serias dificultades, por razones que parecen él bien fundamentado, al aceptar una enseñanza magistral irreformable ". En tal "incluso si la doctrina de la fe no está en duda, el teólogo no presentará sus propias opiniones o hipótesis divergentes como si fueran conclusiones no discutibles", y debe "abstenerse de darles una expresión pública inoportuna", y "evitar recurrir a los medios de comunicación", pero con espíritu humilde y dócil es su deber "dar a conocer a las autoridades del Magisterio los problemas que plantea la enseñanza en sí,en los argumentos propuestos para justificarlo, o incluso en la forma en que se presenta, "con" una reflexión intensa y paciente por su parte y una disposición, si es necesario, a revisar sus propias opiniones y examinar las objeciones que sus colegas podría ofrecerle ", confiando en oración" que si la verdad realmente está en juego, finalmente prevalecerá ".

Al hacerlo, hace una distinción entre la disensión como oposición pública al Magisterio de la Iglesia y la situación de conciencia personal con dificultades con la enseñanza, y afirma que la Iglesia "siempre ha sostenido que nadie debe ser obligado a abrazar la fe contra su voluntad. voluntad ", mientras que el" asentimiento de fe inmediato y sin vacilaciones a la Palabra de Dios "de la Virgen María se presenta como el ejemplo a seguir en el sometimiento a la enseñanza católica.

Mientras que el teólogo, como todo creyente, debe seguir su conciencia, y Joseph Ratzinger (como sacerdote-teólogo) enseñó que "sobre el Papa, como expresión de la exigencia vinculante de la autoridad eclesiástica, sigue estando la propia conciencia, que debe ser obedecida". ante todo, " [3] no es" una autoridad autónoma y exclusiva para decidir la verdad de una doctrina ", y el católico está obligado a formarla según la doctrina católica. [4]

Ver también [ editar ]

Referencias [ editar ]

  1. ^ Congregación para la Doctrina de la Fe, Donum Veritatis : Instrucción sobre la vocación eclesial del teólogo , 24 de mayo de 1990, no. 23, Documento Vaticano
  2. ^ Congregación para la Doctrina de la Fe, ″ Comentario doctrinal sobre la fórmula final de la Professio fidei ″, 29 de junio de 1998, Documento Vaticano
  3. ^ Joseph Ratzinger, "Comentario sobre los documentos del Vaticano II", ed. Vorgrimler, 1968, sobre Gaudium et spes, parte 1, capítulo 1
  4. ^ 'DONUM VERITATIS , 24, 27–32,38, 42