La Oficina del Jefe de Gabinete del Gobernador de Puerto Rico (en español: Secretaría de la Gobernación de Puerto Rico ) es la organización coordinadora y agencia gubernamental de la rama ejecutiva del gobierno de Puerto Rico que administra y supervisa todos los departamentos ejecutivos de Puerto Rico. el gobierno de Puerto Rico y casi todas las agencias ejecutivas. La Oficina está dirigida por el Jefe de Gabinete de Puerto Rico y está compuesta por la Junta Asesora del Gobernador y todo el resto del personal designado por el jefe de gabinete. La Oficina del Jefe de Gabinete está adscrita a la Oficina del Gobernador .
Descripción general de la agencia | |
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Formado | Proclamado por cada gobernador próximo a través de una orden ejecutiva |
Jurisdicción | rama ejecutiva |
Sede | San Juan , Puerto Rico |
Ejecutivo de agencia | |
Agencia matriz | Oficina del gobernador |
Agencia infantil |
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Documento clave |
Deberes y responsabilidades
Los deberes y responsabilidades de la Oficina varían mucho de una administración a otra y, de hecho, no existe un requisito legal de que el Gobernador siquiera la continúe o la cree. Sin embargo, uno de los primeros actos que realiza un nuevo gobernador una vez juramentado es emitir una orden ejecutiva que proclama la continuación de la agencia, aunque con diferentes integrantes. Esta orden también establece los deberes y responsabilidades de la agencia según lo considere oportuno el Gobernador. Esta proclamación se hace en virtud de los poderes ejecutivos conferidos al Gobernador por la Ley No. 104 de 1956, que incluyen la facultad de delegar funciones.
Agencias supervisadas
Tanto la Constitución de Puerto Rico como la ley puertorriqueña generalmente atribuyen todos los cargos ejecutivos al Gobernador oa la Oficina del Gobernador . El gobernador luego emite una orden ejecutiva proclamando la delegación de la administración y supervisión de tales oficinas ejecutivas en la Oficina del Jefe de Personal. Esta proclamación se hace en virtud de los poderes ejecutivos conferidos al Gobernador por la Ley No. 104 de 1956, que incluyen la facultad de delegar funciones.
Las agencias supervisadas por el Jefe de Gabinete incluyen todos los departamentos ejecutivos del gobierno de Puerto Rico y casi todas las oficinas ejecutivas creadas ya sea por orden ejecutiva o por ley. La Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Junta de Planificación son las únicas oficinas ejecutivas que no están adscritas al Jefe de Gabinete, ambas reportan directamente a la Oficina del Gobernador de Puerto Rico . [ ¿por qué? ]
Las agencias supervisadas por el Jefe de Gabinete incluyen las siguientes:
- Comisión de Desarrollo Cooperativo
- Comisión de Seguridad y Protección Pública
- Departamento de Agricultura
- Departamento de Asuntos del Consumidor
- Departamento de Correcciones y Rehabilitación
- Departamento de Desarrollo Económico y Comercio
- Departamento de Educación
- Departamento de Asuntos Familiares
- Departamento de salud
- Departamento de Vivienda
- Departamento de Justicia
- Departamento de Trabajo y Recursos Humanos
- Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
- Departamento de Deportes y Recreación
- Departamento de Estado
- Departamento de Transporte y Obras Públicas
- Departamento del Tesoro
- Banco de Desarrollo Económico
- Administración de Asuntos Federales
- Financiamiento de la Autoridad de Vivienda
- Autoridad de Financiamiento de Instalaciones Industriales, Turísticas, Educativas, Médicas y de Control Ambiental (AFICA)
- Financiamiento de la Autoridad de Infraestructura de Puerto Rico
- Banco Gubernamental de Fomento
- Agencia de Financiamiento Municipal
- Corporación de Financiamiento Público
- Autoridad de Asociaciones Público-Privadas
- Corporación de Fondos de Interés Urgente (COFINA)
Referencias
- [1]
- [2]
- Ley N ° 104 de 1956
- Organigrama del Gobierno de Puerto Rico