La Regalía de aposento era una tasa o regalía sobre la vivienda que fue instituida por la Corona de Castilla en la Edad Media . [1] [2] [3]
Caracteristicas
De origen medieval, la regalía de aposento consistía en el requisito de ceder la mitad de la vivienda para alojar temporalmente a los funcionarios reales. [2] En la Edad Media y principios de la Edad Moderna, cuando la Corte castellana se convirtió en corte itinerante, este impuesto era generalmente breve, se imponía a una población determinada y sólo surtía efecto durante el tiempo en que el rey y la corte ocupaban el territorio. área. [3] Cuando Felipe II decidió establecer la Corte en Madrid en 1561, el costo de la vivienda fue financiado exclusivamente por los lugareños. [3] [4]
Contrariamente a lo que se pueda creer, ya diferencia de la anterior Regalía de Aposento, esta realeza no fue impuesta por la fuerza. Más bien, las autoridades madrileñas, representantes de la burguesía local, coincidieron en este cargo , no en la realeza, con el Rey a cambio de las ventajas de ser la capital de un importante imperio. [5] Su organización se basó en la Junta de Aposentadores, creada por Alfonso XI en 1341 y los aposentadores de caminos (regalías viales), que visitaban regularmente los lugares donde residía la Corte. A partir de 1621 la institución fue nombrada Junta de Aposento . [1]
Precio de la habitación
El estado de los edificios en Madrid en cuanto a la carga de habitaciones acabó siendo muy variado, debido al paso del tiempo y la complejidad de la tesorería real. Los hogares se clasificaron en uno de los siguientes títulos:
- Las casas sujetas al aposento antes mencionado , estaban sujetas al cargo original: los propietarios debían ceder la mitad de la superficie de sus viviendas.
- Viviendas que, si bien en principio deberían haber estado sujetas al cargo, estaban exentas de la misma, bien porque su tamaño o estructura no permitía la distribución del espacio requerido para albergar al anfitrión (casas de incómoda partición) o porque no cumplían con los requisitos. requisitos mínimos establecidos por los estatutos a tal efecto. Muchas de estas casas fueron construidas expresamente con esas características, por lo que se denominan casas a la malicia . En tales casos, el aposento fue reemplazado por un cargo monetario, estimado entre un tercio y la mitad del valor estimado de los posibles ingresos por alquiler. Al no poder pagar tales cantidades, algunas viviendas terminaron siendo expropiadas y administradas por la Junta, o se llegó a acuerdos con los propietarios, quienes cedieron una casa y se quedaron otra sin cobrar.
- Había otras, llamadas casas privilegiadas, lo que significaba que los propietarios no tenían la obligación de alojar a los funcionarios reales, mediante la compra de la exención o mediante donación real. [6]
Aplicación
El desconocimiento de los funcionarios de la Real Hacienda sobre el estado de muchas propiedades impidió la ejecución efectiva de los cargos. El rápido crecimiento poblacional experimentado por la ciudad (de 2.500 viviendas en 1561 cuadruplicando a 10.000 en 1618) y el ingenio de los constructores de casas a la malicia hicieron que el área urbana se volviera muy compacta por construcción en interior e intersticial (jardines, patios, patios, callejones ...) espacios - ciertos edificios expandieron su superficie por demolición de otros preexistentes o por adición de adyacentes y otros se redujeron por compartimentación - contribuyeron a este problema. [6]
Para mejorar la equidad del impuesto, los funcionarios generalmente visitaban las casas de la ciudad en las que se detectaban anomalías. Los azulejos numerados que se colocaron en las casas como consecuencia de esa visita aún se conservan en las fachadas de las casas de las calles del centro histórico de Madrid. Este esfuerzo tan ambicioso dio sus frutos con el levantamiento de la Planimetría General de Madrid y el Catastro de la Villa y Corte, entre 1749 y 1759, con una exhaustiva documentación que atestiguaba la necesidad de un control de población, especialmente en la ciudad de Madrid por parte de de la burocracia de la monarquía española. Sin embargo, el control fue difícil, como lo demostraron los sucesos de 1766 ( Motines de Esquilache ) poco después. [6]
Referencias
- ^ a b Documentos estatales británicos y extranjeros, volumen 6 de Gran Bretaña - Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Commonwealth
- ^ a b "La Regalía del Aposento" . 14 de octubre de 2010 . Consultado el 24 de noviembre de 2012 .
- ^ a b c Ignacio Jordán de Assó y del Río, Miguel de Manuel y Rodríguez y Joaquín María Palacios. Institutos de Derecho Civil de España Libro II . pag. 150.
- ^ González García, Juan L. (sf). "De ornato y policía en Madrid: casas principales y ordenación viana en el Renacimiento" (PDF) . Madrid, España: Universidad Complutense de Madrid. Archivado desde el original (PDF) el 30 de marzo de 2010 . Consultado en 2009 . Verifique los valores de fecha en:
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( ayuda ) - ^ Francisco, Marín (1988). Planimetría general de Madrid y Regalía de Aposento . Madrid: Ediciones Tabapress.
- ^ a b c Camarero Bullón, Concepción (1989). Dos catastros para Madrid a mediados del siglo XVIII: La "Planimetría General" y el "Catastro de Ensenada" . Universidad Autónoma de Madrid.