La redención por satisfacción , también conocida como satisfacción de legados , es una doctrina de derecho consuetudinario que determina la disposición de bienes bajo un testamento cuando el testador ha hecho donaciones vitalicias a los beneficiarios nombrados en el testamento. Según la doctrina, un regalo que el hacedor del testamento (el testador ) da durante su vida a un beneficiario designado del testamento se trata como un pago anticipado de la herencia de ese beneficiario. [1] Si la sucesiónEl tribunal determina que el testador tenía la intención de que la donación vitalicia satisficiera un legado en virtud del testamento, la cantidad de la donación vitalicia se deduce de la cantidad que el beneficiario habría recibido en virtud del testamento. [2]
Solicitud
En los Estados Unidos, la ley estatal determina qué obsequios de por vida se tratan como obsequios en satisfacción de un legado. Según el Código Uniforme de Sucesiones , § 2-609, un regalo de por vida se trata como satisfacción de un legado solo si (i) el testamento prevé la deducción del regalo, (ii) el testador indicó en un escrito contemporáneo que el regalo de por vida fue destinado a satisfacer un legado en el testamento, o (iii) el destinatario del obsequio reconoció por escrito que el obsequio estaba destinado a satisfacer un legado en el testamento. [3] [2] [4] Los tribunales pueden suponer que los obsequios de dinero de un padre a un hijo después de la ejecución del testamento de los padres son obsequios en satisfacción del legado del niño en virtud del testamento, incluso sin una indicación por escrito de la intención de satisfacer la provisión bajo el testamento. [2] Los tribunales se muestran reacios a aplicar la doctrina a ciertos tipos de legados, por ejemplo, bienes inmuebles específicos o legados de propiedad personal. Estos legados específicos son considerados por los tribunales como únicos y no pueden ser reemplazados con una donación de dinero u otra propiedad de por vida. [2]
Cuando el tribunal de sucesiones determina que la doctrina se aplica a una donación de por vida hecha a un beneficiario de un testamento, la cantidad de la donación del beneficiario según el testamento se reduce por la cantidad que el beneficiario ya ha recibido. Por ejemplo, si el testamento lega $ 5,000 a un beneficiario, pero el beneficiario recibió un regalo de por vida de $ 4,000 del testador con la intención de satisfacer parcialmente el regalo bajo el testamento, el beneficiario recibirá solo $ 1,000 bajo el testamento. Si el testamento dispone que el beneficiario recibe un porcentaje del patrimonio del testador, el tribunal puede realizar un cálculo de mezcla para determinar la cantidad, si la hubiere, que el beneficiario debería recibir en virtud del testamento. [2] Si el valor del obsequio vitalicio recibido es mayor que la parte calculada del beneficiario según el testamento, el beneficiario no recibe nada conforme al testamento, pero no devuelve ninguno de los obsequios vitalicios.
Ver también
Referencias
- ^ "Ademption by Satisfaction Definition" . Instituto de Información Legal . Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell . Consultado el 16 de octubre de 2014 .
- ^ a b c d e Andersen, Roger (16 de abril de 2009). Comprensión de fideicomisos y sucesiones . LexisNexis. págs. 114-115. ISBN 978-1-4224-8634-4.
- ^ https://malegislature.gov/Laws/GeneralLaws/PartII/TitleII/Chapter190B/ArticleII/Section2-609
- ^ Andersen, Roger; Bloom, Ira Mark (2012). Fundamentos de fideicomisos y sucesiones (4ª ed.). LexisNexis. págs. 232–233. ISBN 978-0-7698-4728-3.