En la ley de los Estados Unidos , el triple de daños es un término que indica que un estatuto permite que un tribunal triplique el monto de los daños reales / compensatorios que se otorgarán a un demandante prevaleciente . Los daños triples son un múltiplo y no una adición a los daños reales en algunos casos. Sin embargo, en ocasiones, como en CAL. CIV. CODIGO § 1719, son aditivos. Cuando dichos daños se multiplican y una persona recibe una indemnización de $ 100 por una lesión, un tribunal que aplique una indemnización por daños triplicados aumentaría la indemnización a $ 300. [1] Algunos estatutos exigen indemnizaciones por daños triplicados por todas las violaciones. Ejemplos de estatutos con disposiciones obligatorias sobre daños triples son losLey Clayton Antimonopolio [2] y RICO . [3] Algunos estatutos permiten una indemnización por daños triplicados solo si se demuestra que la violación fue deliberada. Por ejemplo, un tribunal de los Estados Unidos puede otorgar "hasta tres veces la cantidad encontrada o tasada" por infracción intencional de patente . [4] La idea detrás de la creación de tales daños es que alentarán a los ciudadanos a demandar por violaciones que son perjudiciales para la sociedad en general, [5] y disuadirán al infractor de cometer futuras violaciones. [6]
La Corte Suprema de los Estados Unidos determinó en el caso Commissioner v. Glenshaw Glass Co. que, al igual que los daños compensatorios, que no están exentos del impuesto federal sobre la renta (a menos que la indemnización sea de un reclamo por lesiones personales), dichos impuestos deben pagarse sobre el monto excedente ( la cantidad que excede los daños reales) de daños triplicados. Además, algunos gobiernos extranjeros ayudarán a los ciudadanos estadounidenses a cobrar daños, pero no triplicarán las indemnizaciones por daños, que se consideran penales. [ cita requerida ]
Ver también
- Daños punitivos : daños evaluados para castigar al acusado por conducta indignante.
Referencias
- ^ Véase, por ejemplo, Lowry v. Tile, Mantel & Grate Asso. , 106 F. 38, 46 ( Tribunal de Apelaciones de los EE . UU. ): Corresponde al tribunal, al ejecutar las disposiciones del estatuto al dictar sentencia sobre el veredicto (si encuentra a los demandantes), triplicar el monto de los daños ; es decir, cualquier veredicto dictado por usted, y sobre el cual el tribunal dictará sentencia, se multiplicará por tres, y se dictará sentencia por esos daños triplicados.
- ^ 15 USC § 15 .
- ^ Título 18 del Código de los Estados Unidos, § 1964 .
- ^ 35 USC § 284 .
- ^ Véase, por ejemplo, Agency Holding Corp. v. Malley-Duff & Associates, Inc., 483 US 143, 151 (1987) ( Tribunal Supremo de EE . UU. ): Tanto RICO como la Ley Clayton están diseñadas para remediar el daño económico al disponer la recuperación de daños triplicados, costos y honorarios de abogados. Ambos estatutos ejercen presión sobre los "fiscales generales privados" sobre un grave problema nacional para el que los recursos de la fiscalía se consideran insuficientes; el mecanismo elegido para alcanzar el objetivo tanto en la Ley Clayton como en RICO es la zanahoria de los daños triples. Además, ambos estatutos tienen como objetivo compensar el mismo tipo de lesión; cada uno requiere que un demandante muestre una lesión "en su negocio o propiedad a causa de" una infracción.
- ^ J. Gregory Sidak, Repensar los daños antimonopolio, 33 STAN. L. REV. 329, 330 (1981), https://www.criterioneconomics.com/docs/rethinking_antitrust_damages1.pdf .