Resolución 1210 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas


La resolución 1210 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas fue aprobada por unanimidad el 24 de noviembre de 1998, después de recordar todas las resoluciones anteriores sobre el Iraq , incluidas las resoluciones 986 (1995), 1111 (1997), 1129 (1997), 1143 (1997), 1153 (1998) y 1175. (1998) sobre el Programa Petróleo por Alimentos . El Consejo amplió las disposiciones relativas a la exportación de petróleo o productos derivados del petróleo iraquíes suficientes para producir petróleo por valor de 5.256 millones de dólares durante 180 días más. [1]

El Consejo de Seguridad estaba convencido de la necesidad de una medida temporal para brindar asistencia humanitaria al pueblo iraquí hasta que el gobierno iraquí cumpliera las disposiciones de la Resolución 687 (1991) y distribuyera la ayuda por todo el país por igual.

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el consejo prorrogó el Programa de petróleo por alimentos por un período adicional de 180 días a partir de las 00:01 EST del 26 de noviembre de 1998 y las disposiciones de la Resolución 1153 permanecieron en vigor. [2] Dirigiendo los gastos de la peregrinación del Hajj a ser financiados con fondos en la cuenta de depósito en garantía , el Consejo mantuvo la cantidad máxima de petróleo que Irak podía exportar en 5.256 millones de dólares estadounidenses.

Por último, se pidió al secretario general Kofi Annan que informara al consejo antes del 31 de diciembre de 1998 sobre si Irak era capaz de producir el petróleo por valor de 5.256 millones de dólares para exportar y que presentara una lista detallada del equipo que los países estaban proporcionando a ayudar a Irak a aumentar las exportaciones para financiar la ayuda humanitaria. También recibió instrucciones de mejorar el proceso de observación en Irak para garantizar que la ayuda se distribuye por igual entre todos los segmentos de la población y que todo el equipo se utiliza según lo autorizado.